
Al no lograr unanimidad de criterios, los ministros de la Corte Suprema Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti convocaron a dos conjueces para intervenir en una causa vinculada a la validez del artículo 154 del DNU 70/23, que derogó la Ley de Tierras Rurales.
Los magistrados analizaron un escrito de una ONG ambiental que se presentó la semana pasada como una “solicitud de aclaratoria”. Fue tras el fallo del martes pasado que rechazó por falta de legitimación la presentación de la agrupación CECIM, de ex combatientes.
La nueva causa que tratan la impulsó la Asociación Civil “Árbol de Pie”, que también cuestionó el artículo 154 del DNU 70/23.
“Árbol de Pie” se ampara en el derecho a la protección de ambiente, expresamente contemplado en la Constitución Nacional. Esa demanda no fue tratada por la justicia federal de Bariloche, donde se radicó la presentación, ni por la Cámara Federal de La Plata, donde se derivó el caso.
Tras la polémica por el fallo “CECIM”, el máximo tribunal aclaró que solo resolvió una cuestión procesal sobre la legitimación de una asociación para pedir una cautelar y no definió la constitucionalidad ni la vigencia del régimen de tierras.
