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La Provincia fijó un nuevo valor de la Unidad Fija de Multa (UF)

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La Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito la estipuló en $1261. Ese monto corresponde al menor precio de venta al público correspondiente a un litro de nafta súper informado por la Federación de Expendedores de Combustibles y Afines del Centro de la República (Fecac) al 5 de mayo del año en curso

Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito

Resolución N° 27

Córdoba, 05 de mayo de 2025

VISTO: El expediente N° 0458-073651/2025 y lo establecido por el artículo 121 de la Ley Provincial de Tránsito N°8560 (T.O 2004).

Y CONSIDERANDO:

Que la norma dispone que el valor de la multa por infracciones a la Ley Provincial de Transito N°8560 (T.O 2004), se determina en Unidades Fijas denominadas U.F, cada una de las cuales equivale al menor precio de venta al público correspondiente a un (1) litro de nafta súper.

Que conforme lo informado por la Federación de Expendedores de Combustibles y Afines del Centro de la República (FECAC), el valor del referido combustible al día 5 de mayo del corriente año es de pesos Un Mil doscientos sesenta y uno con cero centavos ($1.261,00) registrando una variación con relación al valor dispuesto por la resolución anterior. 

Por ello, en virtud de lo dispuesto por la ley 8560 (T.O 2004), y sus modificatorias.

EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO

RESUELVE:

1°: ESTABLECER, el valor de la Unidad Fija de Multa (UF) por infracciones a la Ley Provincial de Transito 8560 (T.O 2004) en la suma de pesos Un mil doscientos sesenta y uno con cero centavos ($1.261,00).

2°: DISPONER como período de vigencia del valor de la Unidad Fija señalada por el punto que antecede, el comprendido desde el día de la publicación de la presente y hasta que se determine un nuevo valor mediante la resolución respectiva.

3°: ORDENAR, que, por el Área correspondiente, se proceda a notificar a las Autoridades avocadas al juzgamiento de actas labradas por infracción a Ley Provincial de Tránsito N°8560 (T.O 2004), a la Dirección General de la Policía Caminera, a la Dirección General de Rentas y a la Dirección de Sistemas del Ministerio de Seguridad.

4°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. RESOLUCION N° 27/2025

FDO.: DR. MIGUEL ÁNGEL RIZZOTTI, DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 85 del 6 de mayo de 2025.

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