lunes, 04 mayo
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¿Revolución judicial por el fallo “Levinas”?

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El fallo del máximo tribunal en la causa “Ferrari María Alicia c/ Levinas Gabriel Isaias s/ incidente de incompetencia“, dictado el 27 de diciembre del año pasado, sigue generando un intenso debate en el ámbito doctrinario y judicial.

Dicha resolución estableció que la intervención de la Corte, de carácter excepcional, solo es procedente cuando la decisión cuestionada haya sido previamente revisada por el tribunal superior de la causa. En otras palabras, antes de recurrir al máximo tribunal, los casos tramitados en los fueros nacionales en lo civil, comercial, laboral y penal deben ser revisados por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires.

Este criterio ha recibido fuertes críticas desde distintos sectores jurídicos. Sus detractores argumentan que, en primer lugar, implica una transferencia de competencias a la Ciudad de Buenos Aires. En segundo término, genera un conflicto de jurisdicción, ya que un tribunal local podría resolver cuestiones propias del fuero nacional. Además, impone a los justiciables una instancia adicional, extendiendo el proceso judicial a cuatro etapas: Primera Instancia, Cámara de Apelaciones, Tribunal Superior de Justicia porteño y, recién entonces, la Corte Suprema. Esto se traduce en mayores demoras y costos.

En los últimos días, distintas voces del ámbito judicial han manifestado su descontento con el criterio adoptado por la Corte Suprema.

Primero, la Procuración General del Tesoro solicitó la suspensión del fallo, argumentando que coloca al Ministerio Público en una situación compleja para actuar.

Luego, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo rechazó remitir una causa al Tribunal Superior de Justicia porteño al sostener que, si el demandado es un organismo federal, la resolución no puede quedar en manos de un tribunal local. Esto ocurrió en la causa “Asociación de Empleados Fiscales e Ingresos Públicos (AEFIP) y Otro c/ Poder Ejecutivo Nacional y Otro s/ Medida Cautelar”.

Ahora, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (CNAC), mediante una acordada del 4 de febrero, criticó en duros términos el fallo “Levinas”. Sostuvo que ningún tribunal puede atribuir jurisdicción a una instancia local y enfatizó que la transferencia de la justicia nacional a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires debe ser dispuesta por una ley del Congreso.

Por otro lado, quienes respaldan la decisión de la Corte entienden que este criterio busca acelerar el traspaso de la justicia nacional a la órbita local.

El debate sobre la transferencia de los tribunales nacionales a la Ciudad es una cuestión clave para los justiciables, los operadores jurídicos y los miembros del Poder Judicial. Su resolución debe darse en un marco de consenso, con la debida planificación y bases que garanticen su viabilidad y sustentabilidad.

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