{"id":793,"date":"2022-10-07T00:05:57","date_gmt":"2022-10-07T00:05:57","guid":{"rendered":"https:\/\/comercioyjusticia.info\/?p=329715"},"modified":"2022-10-07T00:05:57","modified_gmt":"2022-10-07T00:05:57","slug":"la-corte-condiciona-inconstitucionalmente-los-otros-poderes","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/?p=793","title":{"rendered":"La Corte condiciona inconstitucionalmente los otros poderes"},"content":{"rendered":"<div><img src=\"https:\/\/comercioyjusticia.info\/wp-content\/uploads\/2022\/10\/Horacio-Rosatti.jpg\" class=\"ff-og-image-inserted\"><\/div>\n<p><strong>Por Miguel Julio Rodr\u00edguez Villafa\u00f1e (*)<\/strong><\/p>\n<p>Vivimos una grave ruptura de la din\u00e1mica propia de la arquitectura institucional b\u00e1sica del pa\u00eds.&nbsp;<\/p>\n<p>Los poderes Legislativo y Ejecutivo, neutralizados en el cumplimiento de tareas esenciales para el funcionamiento constitucional; y partidos pol\u00edticos sin identidad, diluidos en coaliciones que condicionan cualquier acuerdo con direcci\u00f3n clara en pol\u00edticas de Estado para el bien com\u00fan.&nbsp;<\/p>\n<p>Desde hace 13 a\u00f1os no se logra nombrar al defensor del Pueblo de la Naci\u00f3n. Hace cinco a\u00f1os que no hay acuerdo sobre el procurador General de la Rep\u00fablica. Hace casi un a\u00f1o que no se nombra a una reemplazante mujer en la vacante existente en la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n (CSJN).<\/p>\n<p>Se sustituye a jueces puestos en comisi\u00f3n, indebidamente, con car\u00e1cter \u00abprovisorio\u00bb (Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi), durante la gesti\u00f3n de Mauricio Macri. Se necesita reformar la din\u00e1mica de la Corte y existe un 25 por ciento de cargos vacantes en la Justicia nacional y federal. Todos estos, entre otros aspectos urgentes a encarar, \u00edntegramente, entre todos los responsables.<\/p>\n<p>En este contexto, el M\u00e1ximo Tribunal del pa\u00eds ha sido cooptado irregularmente en su poder por <strong>Horacio Rosatti,<\/strong> actual presidente de la Corte y, simult\u00e1neamente, presidente del Consejo de la Magistratura de la Naci\u00f3n, quien ejerce la suma del poder p\u00fablico judicial.&nbsp;<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, con el vicepresidente <strong>Carlos Rosenkrantz<\/strong> se autoeligieron para esos cargos, por tres a\u00f1os, desde octubre de 2021 hasta octubre de 2024. Reuni\u00f3n electiva irregular en la que se autovotaron con la colaboraci\u00f3n del otro miembro, <strong>Juan Carlos Maqueda<\/strong>. No se esper\u00f3, para dicha ocasi\u00f3n, a los otros dos miembros, como debi\u00f3 hacerse: a <strong>Ricardo Lorenzetti<\/strong> y a la ministra <strong>Elena Highton de Nolasco<\/strong>, quien renunci\u00f3 luego desde noviembre de 2021.<\/p>\n<p>A su vez, particularmente el presidente y el vicepresidente de la Corte se han dedicado, en los \u00faltimos tiempos, a recorrer el pa\u00eds para hacer proselitismo judicial entre jueces y juezas, y dejar en claro un poder soberbio por sobre los otros poderes del Estado. Actitudes \u00e9stas del Poder Judicial que no tienen justificativo constitucional alguno.<\/p>\n<p>As\u00ed, recientemente, al cerrar el XXII Encuentro de Jueces de Tribunales Orales Federales y Nacionales de la Argentina, celebrado en la ciudad de Catamarca el 29 y 30 de septiembre pasados, Rosatti expres\u00f3: \u201cCreo que la reforma judicial profunda, que involucre aspectos sustantivos y procesales, va a ser la que cuente con el consenso del Poder Judicial, porque tenemos much\u00edsimo para decir. Eso queremos desde la CSJN\u201d.&nbsp;<\/p>\n<p>Pero despu\u00e9s condicion\u00f3 la aceptaci\u00f3n de los cambios y dijo: \u201cEn la medida de nuestras posibilidades, vamos a llevar adelante las reformas que sean necesarias\u201d.&nbsp;<\/p>\n<p>O sea, la CSJN ha limitado, inconstitucionalmente, los otros dos poderes democr\u00e1ticos.&nbsp;<\/p>\n<p>Una cosa es consultar a la Corte y otra muy distinta es que los planteos de \u00e9sta se hagan amenazando con que, como poder contramayoritario no elegido por el pueblo, pueda condicionar lo que decidan constitucionalmente los poderes democr\u00e1ticos (el Congreso y el Poder Ejecutivo), y que agreguen que las normas que se dicten las llevar\u00e1n adelante en la medida de sus posibilidades y mientras las consideren necesarias.&nbsp;<\/p>\n<p>Los dichos de Rosatti implican un verdadero alzamiento contra el orden constitucional, con el agravante de que lo hizo transformando en c\u00f3mplices involuntarios al resto de los titulares de diversos tribunales del pa\u00eds reunidos en el encuentro de Catamarca.<\/p>\n<p>Lo dicho se agrava toda vez que la declaraci\u00f3n se hace luego de que la gran mayor\u00eda de los gobernadores de Argentina consensu\u00f3 un proyecto de reforma de la Corte que recientemente tuvo media sanci\u00f3n en el Senado.<\/p>\n<p>Por otro lado, ha quedado claro c\u00f3mo ha surgido en las discusiones en comisi\u00f3n en el Senado que trat\u00f3 el proyecto que los ministros de la Corte no pueden ver ni analizar la gran mayor\u00eda de los fallos ya que, en promedio, firman entre 71 y 80 resoluciones diarias. As\u00ed, porque lo declar\u00f3 en la comisi\u00f3n, el 5 de mayo pasado, el ex miembro del tribunal Eugenio Zaffaroni.&nbsp;<\/p>\n<p>La Corte emite entre 15.000 y 17.000 resoluciones al a\u00f1o. Todo lo cual hace que sus sentencias sean, en los hechos, una gran escenograf\u00eda y no el resultado de jueces que se ocupan personalmente de cada caso o deciden sobre temas sobre los que no tienen especialidad.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, la CSJN, con modos mon\u00e1rquicos, funciona sin tiempos para resolver sus casos y muchas veces con resoluciones tard\u00edas sin fundamentos, a tenor del inconstitucional art\u00edculo 280 del C\u00f3digo Procesal de la Naci\u00f3n que habilita poder decidir, sin dar razones, s\u00f3lo mencionando el art\u00edculo del c\u00f3digo.<\/p>\n<p>Esto \u00faltimo se potencia negativamente cuando se advierte de que, en medio de ajustes en los que muchos sectores gravemente sufren, la CSJN ha mandado su presupuesto para el a\u00f1o 2023, publicado en el Bolet\u00edn Oficial de la Naci\u00f3n, el 15 de septiembre pasado. Presupuesto que el Ministerio de Econom\u00eda ha agregado textualmente.&nbsp;<\/p>\n<p>En \u00e9l surge que los miembros de la Corte fijaron \u201cel Presupuesto de Gastos de la CSJN para el ejercicio 2023 -aprobado por Acordada 21\/22-, en la suma de $54.672.144.449.&nbsp;<\/p>\n<p>De dicho monto, $47.905.179.309 se destina al pago del personal del tribunal, es decir, 87,6% del total del gasto va a sueldos para 4.732 cargos. \u00bfPuede ser que s\u00f3lo la Corte tenga un gasto promedio de $10.123.664 anual por cada persona de su dependencia (desde magistrados, funcionarios a empleados) o, dicho de otra forma, que para mantener a la CSJN se deban destinar, en gastos de empleados, en proporci\u00f3n, por cada uno de los cinco miembros que la integran, la suma de diez mil millones de pesos por a\u00f1o?&nbsp;<\/p>\n<p>La CSJN intima a los otros poderes a que le consulten cualquier reforma para que, si est\u00e1 de acuerdo, garantizar que la har\u00e1 cumplir, pero a la vez exige que se le otorgue, sin consultar con los otros poderes, los montos referidos sin demostrar pauta alguna de austeridad en gastos, necesarias en la crisis econ\u00f3mica que vivimos.&nbsp;<\/p>\n<p>Mientras tanto, a tenor del presupuesto presentado por el Poder Ejecutivo, el monto solicitado por la Corte para el pago de sueldos de su personal es igual al monto de 50 mil millones de pesos que se le recorta al Plan Conectar Igualdad del Ministerio de Educaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El Poder Judicial pierde la autoridad constitucional y moral necesaria cuando se asume como superpoder por sobre los otros poderes democr\u00e1ticos y por sobre las necesidades del pa\u00eds todo.&nbsp;&nbsp;<\/p>\n<p>(*) <em>Abogado constitucionalista<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Miguel Julio Rodr\u00edguez Villafa\u00f1e (*) Vivimos una grave ruptura de la din\u00e1mica propia de la arquitectura institucional b\u00e1sica del pa\u00eds.&nbsp; Los poderes Legislativo y Ejecutivo, neutralizados en el cumplimiento de tareas esenciales para el funcionamiento constitucional; y partidos pol\u00edticos sin identidad, diluidos en coaliciones que condicionan cualquier acuerdo con direcci\u00f3n clara en pol\u00edticas de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":794,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0},"categories":[21],"tags":[],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/793"}],"collection":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=793"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/793\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/794"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=793"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=793"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=793"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}