{"id":56295,"date":"2026-09-16T19:07:00","date_gmt":"2026-09-16T19:07:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.iprofesional.com\/legales\/464563-confirman-multa-millonaria-contra-fast-cambio-por-maniobras-con-dolar"},"modified":"2026-09-16T19:07:00","modified_gmt":"2026-09-16T19:07:00","slug":"confirman-multa-millonaria-contra-fast-cambio-por-maniobras-con-dolar-durante-el-cepo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/?p=56295","title":{"rendered":"Confirman multa millonaria contra Fast Cambio por maniobras con d\u00f3lar durante el cepo"},"content":{"rendered":"<p><img src=\"http:\/\/economiapoliticacba.com\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/confirman-multa-millonaria-contra-fast-cambio-por-maniobras-con-dolar-durante-el-cepo.jpg\"><\/p>\n<div><img src=\"http:\/\/economiapoliticacba.com\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/confirman-multa-millonaria-contra-fast-cambio-por-maniobras-con-dolar-durante-el-cepo-2.jpg\" class=\"ff-og-image-inserted\"><\/div>\n<p>La C\u00e1mara en lo Contencioso Administrativo Federal rechaz\u00f3 una medida cautelar y dej\u00f3 firme una <strong>multa <\/strong>del<strong> Banco Central <\/strong>por $31.000 millones contra Fast Cambio S.A. y sus directivos, sancionados por operar con el <strong>d\u00f3lar oficial <\/strong>cuando reg\u00eda el <strong>cepo cambiario.<\/strong><\/p>\n<p><span>La casa de cambio no figura legalmente como perteneciente al empresario El\u00edas Piccirillo, ex marido de J\u00e9sica Cirio. Sin embargo, el juez federal Ariel Lijo est\u00e1 investigando qu\u00e9 relaci\u00f3n hay. <\/span><\/p>\n<p>En una resoluci\u00f3n de las \u00faltimas horas, la sala V del tribunal, integrada por los jueces Guillermo Treacy y Pablo Gallegos Fedriani, desestim\u00f3 el recurso con el que la firma buscaba dejar sin efecto una decisi\u00f3n adoptada en 2025 por la m\u00e1xima autoridad monetaria.<\/p>\n<p>Mediante ese acto administrativo, se impuso una <strong><a href=\"https:\/\/www.iprofesional.com\/finanzas\/453450-banco-central-argentina-multo-por-18000-millones-pesos-a-financiera-ligada-a-chiqui-tapia\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">multa astron\u00f3mica a la sociedad de $19.553.000.000<\/a><\/strong>, adem\u00e1s de sanciones pecuniarias individuales por <strong>$5.865.900.256 a cada uno de sus propietarios<\/strong>, Adri\u00e1n Dolezel y Fernando Ribeiro.<\/p>\n<p>El Banco Central tambi\u00e9n le revoc\u00f3 a la empresa la autorizaci\u00f3n para funcionar como operador de cambio y dispuso una <strong>inhabilitaci\u00f3n de seis a\u00f1os<\/strong> para que los directivos desempe\u00f1en cargos en entidades financieras o cambiarias.<\/p>\n<h2 class=\"title\">El ardid para acceder al d\u00f3lar sin impuestos<\/h2>\n<p>Seg\u00fan surge de la causa, el expediente administrativo que deriv\u00f3 en la intervenci\u00f3n de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias del BCRA dej\u00f3 al descubierto un complejo esquema contable y operativo.<\/p>\n<p>De acuerdo con los elementos recabados, la firma incurri\u00f3 en <strong>tres faltas graves:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Obstaculizar de manera deliberada los procedimientos de inspecci\u00f3n<\/li>\n<li>Violar los l\u00edmites normativos de venta de moneda extranjera entre entidades (seg\u00fan la Comunicaci\u00f3n &#8220;A&#8221; 7901)<\/li>\n<li>Desplegar una operatoria expresamente prohibida para su tipo de licencia<\/li>\n<\/ul>\n<p>La investigaci\u00f3n de la autoridad monetaria se focaliz\u00f3 en las maniobras realizadas <strong>entre febrero y marzo de 2024<\/strong>: en ese lapso detect\u00f3 que Fast Cambio adquiri\u00f3 un total de <strong>u$s7.960.000 al tipo de cambio oficial<\/strong>, es decir, exento de la carga impositiva aplicable al resto de los actores del mercado. La firma adujo el uso de &#8220;fondos propios&#8221; originados en supuestos aportes de capital.<\/p>\n<p><span>Sin embargo, el BCRA determin\u00f3 que ese dinero proven\u00eda de pr\u00e9stamos contratados con una firma del sector del agro, &#8220;Agricultura y Ganader\u00eda El Molinillo S.A.&#8221;, entidad que <strong>no pose\u00eda la solvencia financiera necesaria<\/strong> para justificar semejante transferencia patrimonial.<\/span><\/p>\n<p>Lejos de volcar esos d\u00f3lares al mercado cambiario minorista o a las operaciones autorizadas con clientes, la entidad utiliz\u00f3 las divisas para comprar t\u00edtulos valores con liquidaci\u00f3n en moneda extranjera, los cuales vendi\u00f3 posteriormente contra pesos.<\/p>\n<p><span>Seg\u00fan surge del expediente, con este mecanismo, la casa de cambio <strong>gener\u00f3 una ganancia abultada estimada en $1.648.480.000<\/strong>, utilizando su estatus regulatorio como pantalla para realizar un arbitraje financiero vedado para el com\u00fan de los operadores.<\/span><\/p>\n<p>A estas irregularidades se sum\u00f3 el bloqueo a la labor de los inspectores del BCRA en septiembre de 2023. Cuando los agentes se presentaron en las oficinas de la firma para llevar a cabo un arqueo de valores en sus cajas de seguridad, las autoridades adujeron la imposibilidad de acceder porque las llaves se encontraban en poder del presidente del directorio, quien supuestamente estaba de viaje.<\/p>\n<p>La posterior falta de entrega de la documentaci\u00f3n requerida tambi\u00e9n configur\u00f3, para la autoridad de aplicaci\u00f3n, una clara maniobra para ocultar la verdadera situaci\u00f3n contable.<\/p>\n<h2 class=\"title\">Para la casa de cambio, las multas son &#8220;confiscatorias&#8221;<\/h2>\n<p>En su presentaci\u00f3n ante la C\u00e1mara, la defensa de Fast Cambio S.A. y de sus accionistas plante\u00f3 un cuadro de &#8220;asfixia financiera e inminente quiebra&#8221;.<\/p>\n<p>Detall\u00f3 que el <strong>patrimonio neto de la empresa asciende a poco m\u00e1s de $260 millones<\/strong>, por lo cual la multa impuesta por la autoridad monetaria equivale a casi <strong>75 veces el activo total de la compa\u00f1\u00eda<\/strong> y 215 veces su Responsabilidad Patrimonial Computable. Bajo estos guarismos, sostuvo: &#8220;Las sanciones resultaban confiscatorias, desproporcionadas y la falta de suspensi\u00f3n cautelar implicar\u00eda la destrucci\u00f3n inmediata de la empresa y la p\u00e9rdida de puestos de trabajo&#8221;. Actualmente, la firma se encuentra cerrada.<\/p>\n<p>Asimismo, los abogados solicitaron la inconstitucionalidad del art\u00edculo 42 de la Ley de Entidades Financieras (N\u00b0 21.526), que establece que las apelaciones contra las multas del Banco Central se conceden &#8220;al solo efecto devolutivo&#8221;; es decir, sin suspender la ejecuci\u00f3n del cobro mientras el expediente se tramita en los tribunales.<\/p>\n<p>No obstante, los magistrados de la Sala V desestimaron de plano esa pretensi\u00f3n. En el fallo, Treacy y Gallegos Fedriani recordaron que las medidas cautelares contra el Estado exigen probar de forma fehaciente una &#8220;arbitrariedad manifiesta&#8221; en el dictado del acto administrativo, un extremo que en esta etapa inicial del proceso no qued\u00f3 acreditado.<\/p>\n<p>&#8220;La decisi\u00f3n del Banco Central de la Rep\u00fablica Argentina aparece sustentada en las circunstancias f\u00e1cticas del caso y en la normativa aplicable en la especie&#8221;, remarcaron los jueces.<\/p>\n<p><span>En esa l\u00ednea, el tribunal valid\u00f3 el criterio del BCRA al considerar que la entidad cambiaria fue utilizada &#8220;deliberadamente por quienes eran sus accionistas y directivos como veh\u00edculo y pantalla para canalizar pesos, cuyo origen l\u00edcito no est\u00e1 exento de dudas, intentando darle la apariencia de fondos propios (&#8230;) para acceder al <strong>MULC (Mercado \u00danico y Libre de Cambios)<\/strong> y hacerse de d\u00f3lares al valor oficial&#8221;.<\/span><\/p>\n<h2 class=\"title\">La causa que vincular\u00eda a Fast Cambio con Piccirillo<\/h2>\n<p>El juez Lijo tiene a su cargo un expediente en el que se investiga a <a href=\"https:\/\/www.iprofesional.com\/politica\/454623-el-paso-a-paso-de-la-presunta-estafa-cambiaria-del-siglo-cuevas-bancos-y-sira\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">la firma N\u00e1poli Inversiones y al Banco Sucr\u00e9dito de Tucum\u00e1n, muy ligado a Piccirillo<\/a>, seg\u00fan surge del expediente. Se los acusa de la adquisici\u00f3n de d\u00f3lares a valor oficial, compra de bonos y su posterior venta como <strong>d\u00f3lar MEP<\/strong>.<\/p>\n<p>En esas operaciones habr\u00eda intervenido Fast Cambio, la misma casa de cambio a la que ahora la Justicia le confirm\u00f3 las millonarias multas y sanciones impuestas por el BCRA.<\/p>\n<p>Desde N\u00e1poli Inversiones dijeron en una ocasi\u00f3n al diario La Naci\u00f3n: &#8220;La casa de cambios por entonces estaba autorizada a funcionar por el BCRA y a valor de mercado&#8221;.<\/p>\n<p>&#8220;No es todo lo mismo. No somos Piccirillo. Ac\u00e1 el gran problema es el Banco Central&#8221;, se defendieron.<\/p>\n<p>Actualmente, Piccirillo cumple prisi\u00f3n domiciliaria en el marco de una causa en la que est\u00e1 imputado de ser el presunto organizador de un operativo policial ilegal y armado para perjudicar al empresario Francisco Hauque, con quien manten\u00eda un conflicto econ\u00f3mico y una deuda millonaria.<\/p>\n<p>Seg\u00fan la investigaci\u00f3n, en enero de 2025 se le plant\u00f3 un arma y m\u00e1s de un kilo de coca\u00edna en el veh\u00edculo a Hauque tras una cena, lo que deriv\u00f3 en su detenci\u00f3n temporal.<\/p>\n<div class=\"relation-row\">\n<div class=\"share-this\">\n<p>COMPARTIR ESTA NOTA<\/p>\n<\/p><\/div><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La C\u00e1mara en lo Contencioso Administrativo Federal rechaz\u00f3 una medida cautelar y dej\u00f3 firme una multa del Banco Central por $31.000 millones contra Fast Cambio S.A. y sus directivos, sancionados por operar con el d\u00f3lar oficial cuando reg\u00eda el cepo cambiario. 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