{"id":56137,"date":"2026-09-12T22:55:00","date_gmt":"2026-09-12T22:55:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.iprofesional.com\/legales\/464342-empleada-domestica-que-pasa-jubila-sigue-trabajando"},"modified":"2026-09-12T22:55:00","modified_gmt":"2026-09-12T22:55:00","slug":"jubilacion-y-empleo-domestico-que-derechos-mantiene-la-trabajadora-y-que-debe-pagar-el-empleador","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/?p=56137","title":{"rendered":"Jubilaci\u00f3n y empleo dom\u00e9stico: qu\u00e9 derechos mantiene la trabajadora y qu\u00e9 debe pagar el empleador"},"content":{"rendered":"<p><img src=\"http:\/\/economiapoliticacba.com\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/jubilacion-y-empleo-domestico-que-derechos-mantiene-la-trabajadora-y-que-debe-pagar-el-empleador.jpg\"><\/p>\n<div><img src=\"http:\/\/economiapoliticacba.com\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/jubilacion-y-empleo-domestico-que-derechos-mantiene-la-trabajadora-y-que-debe-pagar-el-empleador-2.jpg\" class=\"ff-og-image-inserted\"><\/div>\n<p>Una trabajadora de casas particulares que obtiene la jubilaci\u00f3n puede continuar trabajando para el mismo empleador o ser contratada por otro. <strong>El acceso al beneficio previsional no implica por s\u00ed solo que deba finalizar la relaci\u00f3n laboral<\/strong>.<\/p>\n<p>Si la trabajadora contin\u00faa en actividad, mantiene los derechos laborales correspondientes al r\u00e9gimen de casas particulares, mientras que cambian algunos de los conceptos que el empleador debe ingresar a la seguridad social.<\/p>\n<p><span>El R\u00e9gimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, establecido por la Ley 26.844, alcanza a quienes realizan tareas en hogares particulares, sin importar la cantidad de horas diarias o jornadas semanales trabajadas.<\/span> La propia ley establece que las normas de la Ley de Contrato de Trabajo se aplican cuando resultan compatibles con este r\u00e9gimen especial.<\/p>\n<h2 class=\"title\">Una empleada dom\u00e9stica jubilada puede seguir trabajando<\/h2>\n<p>La jubilaci\u00f3n no impide que una trabajadora de casas particulares contin\u00fae prestando servicios. Tambi\u00e9n puede ser contratada directamente por un empleador despu\u00e9s de haber obtenido el beneficio previsional.<\/p>\n<p>La condici\u00f3n de jubilada debe quedar correctamente registrada. Para la seguridad social, ARCA establece importes diferenciados seg\u00fan la cantidad de horas trabajadas y la condici\u00f3n de la persona, distinguiendo entre trabajadores activos y jubilados.<\/p>\n<p><span>La principal diferencia est\u00e1 en los conceptos que integra el pago mensual: para una trabajadora jubilada, no se ingresa el aporte destinado a los agentes del seguro de salud, mientras que s\u00ed corresponde la contribuci\u00f3n al SIPA y la cuota de ART.<\/span><\/p>\n<p>Por ejemplo, para junio de 2026, ARCA estableci\u00f3 para una trabajadora jubilada una cotizaci\u00f3n total de <strong>$7.783,56 cuando trabaja menos de 12 horas semanales<\/strong>, <strong>$11.669,24 cuando trabaja entre 12 y menos de 16 horas<\/strong> y <strong>$16.966,24 cuando trabaja 16 horas o m\u00e1s<\/strong>. En esos importes no hay aporte destinado a los agentes del seguro de salud, mientras que se incluyen la contribuci\u00f3n al SIPA y la cuota de ART.<\/p>\n<p>Los valores se actualizan de acuerdo con las disposiciones vigentes, por lo que el empleador debe consultar la tabla correspondiente al per\u00edodo que deba cancelar.<\/p>\n<h2 class=\"title\">Qu\u00e9 pasa si la empleada se jubila mientras ya est\u00e1 trabajando<\/h2>\n<p>La trabajadora puede obtener el beneficio previsional y continuar con el mismo v\u00ednculo laboral. En ese caso, debe registrarse su nueva condici\u00f3n para que los conceptos de seguridad social se ingresen de acuerdo con el r\u00e9gimen aplicable a una persona jubilada.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n puede ocurrir que la relaci\u00f3n laboral finalice y que, posteriormente, la trabajadora sea nuevamente contratada como jubilada. Si existe una nueva contrataci\u00f3n, debe registrarse el nuevo v\u00ednculo.<\/p>\n<p>La obtenci\u00f3n de la jubilaci\u00f3n y la extinci\u00f3n de la relaci\u00f3n laboral son, por lo tanto, situaciones que deben analizarse por separado.<\/p>\n<p>Mientras contin\u00fae el v\u00ednculo, la trabajadora conserva los derechos laborales previstos por el r\u00e9gimen de casas particulares, entre ellos <strong>el salario, las vacaciones, el aguinaldo, los descansos y las licencias que correspondan<\/strong>, adem\u00e1s de la cobertura de riesgos del trabajo.<\/p>\n<h2 class=\"title\">\u00bfEl empleador puede obligarla a jubilarse?<\/h2>\n<p>La obtenci\u00f3n de una jubilaci\u00f3n antes de los 70 a\u00f1os no significa que el empleador pueda disponer autom\u00e1ticamente la finalizaci\u00f3n de la relaci\u00f3n laboral.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 252 de la Ley de Contrato de Trabajo establece que, cuando el trabajador cumple 70 a\u00f1os y re\u00fane los requisitos para acceder a la Prestaci\u00f3n B\u00e1sica Universal, el empleador puede intimarlo a iniciar los tr\u00e1mites jubilatorios. <strong>Desde esa intimaci\u00f3n debe mantener la relaci\u00f3n laboral hasta que se obtenga el beneficio y por un plazo m\u00e1ximo de un a\u00f1o<\/strong>. Concedido el beneficio o vencido ese plazo, el contrato queda extinguido sin obligaci\u00f3n de pagar la indemnizaci\u00f3n por antig\u00fcedad. La norma tambi\u00e9n aclara que el trabajador puede solicitar el beneficio antes de cumplir 70 a\u00f1os.<\/p>\n<p>Estas disposiciones de la Ley de Contrato de Trabajo pueden aplicarse al personal de casas particulares en cuanto resulten compatibles con el r\u00e9gimen especial establecido por la Ley 26.844.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, desde marzo de 2026 el art\u00edculo 253 de la Ley de Contrato de Trabajo contempla expresamente la situaci\u00f3n del trabajador que ya es titular de un beneficio previsional y vuelve a prestar servicios en relaci\u00f3n de dependencia. Tambi\u00e9n alcanza al trabajador que contin\u00faa prestando tareas para el mismo empleador despu\u00e9s de obtener la jubilaci\u00f3n. <span>En estos casos, si el empleador decide extinguir el v\u00ednculo invocando la condici\u00f3n de jubilado, debe otorgar el preaviso correspondiente y, <a href=\"https:\/\/www.iprofesional.com\/legales\/451586-jubilados-siguen-trabajando-argentina-reglas-clave-no-perder-beneficios-abril-2026\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">para determinar la antig\u00fcedad indemnizable, se computa el tiempo de servicios posterior al otorgamiento del beneficio.<\/a><\/span><\/p>\n<p>En casas particulares, esta regla debe analizarse junto con la indemnizaci\u00f3n por antig\u00fcedad prevista espec\u00edficamente por el art\u00edculo 48 de la Ley 26.844, que establece <strong>una indemnizaci\u00f3n equivalente a un mes de sueldo por cada a\u00f1o de servicio o fracci\u00f3n mayor de tres meses<\/strong> en los despidos sin causa.<\/p>\n<h2 class=\"title\">C\u00f3mo dar de baja a una empleada dom\u00e9stica que se jubila<\/h2>\n<p>Si, adem\u00e1s de obtener la jubilaci\u00f3n, finaliza la relaci\u00f3n laboral, <a href=\"https:\/\/www.iprofesional.com\/management\/416907-arca-afip-que-pasa-cuando-empleada-domestica-se-jubila\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">el empleador debe realizar la baja correspondiente en el registro<\/a>.<\/p>\n<p>La comunicaci\u00f3n de la baja debe efectuarse <strong>dentro de los cinco d\u00edas corridos desde la fecha en que termin\u00f3 el v\u00ednculo<\/strong>, cualquiera sea la causa. Una vez vencido ese plazo, el sistema permite realizar una baja retroactiva, pero ARCA aclara que eso no elimina las posibles sanciones por el incumplimiento.<\/p>\n<p>El tr\u00e1mite se realiza desde el sistema de casas particulares y requiere informar la fecha de finalizaci\u00f3n de la relaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La jubilaci\u00f3n tampoco elimina las reglas sobre preaviso cuando la extinci\u00f3n se produce por voluntad de alguna de las partes. Si la decisi\u00f3n corresponde a la trabajadora, debe avisar con 10 d\u00edas de anticipaci\u00f3n. Si corresponde al empleador, <strong>el preaviso es de 10 d\u00edas cuando la antig\u00fcedad es inferior a un a\u00f1o y de 30 d\u00edas cuando supera ese per\u00edodo<\/strong>.<\/p>\n<p>Cuando el empleador no otorga el preaviso o lo hace de manera insuficiente, debe abonar la indemnizaci\u00f3n sustitutiva correspondiente, adem\u00e1s de los conceptos que correspondan por la extinci\u00f3n del v\u00ednculo.<\/p>\n<h2 class=\"title\">Qu\u00e9 debe cobrar la empleada al finalizar el v\u00ednculo<\/h2>\n<p>Si la relaci\u00f3n termina, el empleador debe realizar la liquidaci\u00f3n final correspondiente.<\/p>\n<p>Entre los conceptos que pueden integrar esa liquidaci\u00f3n se encuentran:<\/p>\n<ul>\n<li>Los d\u00edas trabajados que todav\u00eda no hayan sido abonados<\/li>\n<li>El aguinaldo proporcional<\/li>\n<li>Las vacaciones proporcionales<\/li>\n<li>Cuando corresponda, <strong>las indemnizaciones derivadas de la forma en que finaliza la relaci\u00f3n laboral<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>Si existe una indemnizaci\u00f3n sustitutiva del preaviso, tambi\u00e9n debe incorporarse a la liquidaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Una vez extinguido el v\u00ednculo, adem\u00e1s, debe realizarse la baja registral dentro del plazo establecido por ARCA.<\/p>\n<h2 class=\"title\">Qu\u00e9 obligaciones mantiene el empleador si la jubilada contin\u00faa trabajando<\/h2>\n<p>La condici\u00f3n de jubilada no elimina la obligaci\u00f3n de registrar la relaci\u00f3n laboral ni los derechos derivados del v\u00ednculo.<\/p>\n<p>El empleador debe:<\/p>\n<ul>\n<li>Registrar la relaci\u00f3n laboral<\/li>\n<li>Informar correctamente la condici\u00f3n de trabajadora jubilada<\/li>\n<li>Respetar la categor\u00eda correspondiente a las tareas realizadas<\/li>\n<li>Pagar la remuneraci\u00f3n m\u00ednima vigente<\/li>\n<li>Emitir el recibo de sueldo correspondiente<\/li>\n<li>Abonar el salario en los plazos establecidos<\/li>\n<li>Ingresar los aportes y contribuciones que correspondan a una trabajadora jubilada<\/li>\n<li>Mantener la cobertura de ART<\/li>\n<\/ul>\n<p>ARCA establece que los importes de seguridad social se determinan seg\u00fan la cantidad de horas trabajadas y la condici\u00f3n de la persona, diferenciando entre trabajadores activos y jubilados.<\/p>\n<p>La cobertura de riesgos del trabajo tambi\u00e9n contin\u00faa siendo obligatoria. <strong>La cuota de ART integra los pagos que debe realizar el empleador<\/strong> por el personal de casas particulares.<\/p>\n<h2 class=\"title\">Cu\u00e1nto cobra una empleada dom\u00e9stica jubilada en septiembre de 2026<\/h2>\n<p>La jubilaci\u00f3n no reemplaza el salario por las tareas realizadas. La trabajadora contin\u00faa teniendo derecho a cobrar la remuneraci\u00f3n correspondiente a su categor\u00eda y jornada, aunque adem\u00e1s perciba su haber previsional.<\/p>\n<p>Para septiembre de 2026, las remuneraciones m\u00ednimas informadas para el personal de casas particulares quedaron de la siguiente manera:<\/p>\n<p><strong>Supervisora<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Con retiro: <strong>$5.049,58 por hora<\/strong> y $579.493,14 mensuales<\/li>\n<li>Sin retiro: <strong>$5.344,33 por hora<\/strong> y $640.641,55 mensuales<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Personal para tareas espec\u00edficas<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Con retiro: <strong>$4.809,80 por hora<\/strong> y $541.402,49 mensuales<\/li>\n<li>Sin retiro: <strong>$4.645,33 por hora<\/strong> y $597.854,36 mensuales<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Casera<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>$529.261,78 mensuales<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Asistencia y cuidado de personas<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Con retiro: <strong>$4.641,90 por hora<\/strong> y $529.261,78 mensuales<\/li>\n<li>Sin retiro: <strong>$4.185,94 por hora<\/strong> y $584.936,09 mensuales<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Personal para tareas generales<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Con retiro: <strong>$4.185,94 por hora<\/strong> y $480.247,85 mensuales<\/li>\n<li>Sin retiro: <strong>$3.914,64 por hora<\/strong> y $529.261,78 mensuales<\/li>\n<\/ul>\n<p>Estos valores corresponden a los salarios m\u00ednimos de septiembre y deben complementarse, cuando corresponda, con los adicionales previstos por la normativa.<\/p>\n<h2 class=\"title\">Antig\u00fcedad, zona desfavorable y horas extras<\/h2>\n<p>Adem\u00e1s del salario b\u00e1sico, pueden corresponder otros conceptos.<\/p>\n<p>El adicional por antig\u00fcedad es del <strong>1% del salario por cada a\u00f1o trabajado<\/strong>, de acuerdo con el r\u00e9gimen vigente.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n existe un adicional por zona desfavorable del <strong>31% sobre los salarios m\u00ednimos<\/strong> para quienes trabajan en La Pampa, R\u00edo Negro, Neuqu\u00e9n, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Ant\u00e1rtida e Islas del Atl\u00e1ntico Sur y el partido bonaerense de Carmen de Patagones. La Comisi\u00f3n Nacional de Trabajo en Casas Particulares fij\u00f3 ese porcentaje en 31% desde abril de 2026.<\/p>\n<p>Si la trabajadora realiza horas suplementarias, tambi\u00e9n corresponde el pago con los recargos establecidos para las horas extras.<\/p>\n<p>Estos conceptos deben reflejarse en la liquidaci\u00f3n y el recibo de sueldo cuando correspondan.<\/p>\n<h2 class=\"title\">C\u00f3mo sigue la escala salarial durante 2026<\/h2>\n<p>La escala informada para el sector establece nuevos incrementos para los meses siguientes. Luego del aumento de septiembre, se prev\u00e9 <strong><a href=\"https:\/\/www.iprofesional.com\/impuestos\/463672-oficializan-las-nuevas-escalas-salariales-del-empleo-domestico-de-agosto-a-diciembre-2026\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">un incremento del 1,7% en octubre, del 1,6% en noviembre y del 1,6% en diciembre<\/a><\/strong>, seg\u00fan el esquema informado por el Consejo mencionado en la nota.<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n salarial de 2026 tambi\u00e9n estableci\u00f3 la incorporaci\u00f3n progresiva a los salarios b\u00e1sicos de la suma no remunerativa acordada previamente. En particular, la Resoluci\u00f3n 4\/2026 dispuso incorporar el 50% de esa suma al salario b\u00e1sico de abril y el 50% restante al salario b\u00e1sico de julio.<\/p>\n<p>Por lo tanto, el sueldo de una trabajadora jubilada que contin\u00faa en actividad no queda congelado por haber obtenido el beneficio previsional: debe ajustarse a las escalas m\u00ednimas vigentes para la categor\u00eda y jornada que correspondan.<\/p>\n<h2 class=\"title\">Recibo de sueldo y registraci\u00f3n<\/h2>\n<p>La condici\u00f3n de jubilada debe quedar correctamente reflejada en la relaci\u00f3n registrada. El empleador debe utilizar el sistema correspondiente para declarar la situaci\u00f3n y confeccionar el recibo.<\/p>\n<p>La Resoluci\u00f3n General 5850\/2026 de ARCA estableci\u00f3 <strong><a href=\"https:\/\/www.iprofesional.com\/legales\/455449-empleadas-domesticas-arca-como-emitir-el-recibo-de-sueldo-por-lo-trabajado-en-mayo-2026\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">la emisi\u00f3n obligatoria del recibo de sueldo en forma electr\u00f3nica<\/a><\/strong> a trav\u00e9s del Registro Especial del Personal de Casas Particulares. La medida se aplica desde el per\u00edodo devengado mayo de 2026.<\/p>\n<p>El empleador debe ingresar con Clave Fiscal al servicio correspondiente, seleccionar al trabajador y generar el recibo electr\u00f3nico con la remuneraci\u00f3n y los dem\u00e1s conceptos que correspondan. El trabajador tambi\u00e9n puede consultar el recibo desde el sistema.<\/p>\n<p>Cuando el pago se realiza en efectivo o la trabajadora solicita el comprobante impreso, el recibo electr\u00f3nico debe imprimirse por duplicado: el original se entrega a la trabajadora y el empleador conserva el duplicado firmado como constancia del pago.<\/p>\n<h2 class=\"title\">Qu\u00e9 pasa con la jubilaci\u00f3n que cobra la trabajadora<\/h2>\n<p>La trabajadora jubilada puede percibir su haber previsional y, al mismo tiempo, el salario derivado de su actividad laboral, siempre que la actividad sea compatible con el beneficio previsional.<\/p>\n<p>El salario contin\u00faa determinado por la categor\u00eda, cantidad de horas, modalidad de prestaci\u00f3n y escala vigente. La jubilaci\u00f3n no reemplaza la remuneraci\u00f3n por el trabajo realizado.<\/p>\n<p>Para el empleador, la diferencia principal se encuentra en los conceptos de seguridad social: para una trabajadora jubilada no se ingresa el aporte destinado a los agentes del seguro de salud, mientras que se mantiene la contribuci\u00f3n al SIPA y la cuota de ART, de acuerdo con la cantidad de horas trabajadas.<\/p>\n<p>De esta manera, una trabajadora de casas particulares puede jubilarse y continuar trabajando, ser contratada despu\u00e9s de obtener el beneficio o finalizar definitivamente su relaci\u00f3n laboral. <strong>La jubilaci\u00f3n y la extinci\u00f3n del contrato no son necesariamente simult\u00e1neas<\/strong>: mientras exista una relaci\u00f3n laboral, deben mantenerse la registraci\u00f3n, el salario y los derechos laborales correspondientes.<\/p>\n<div class=\"relation-row\">\n<div class=\"share-this\">\n<p>COMPARTIR ESTA NOTA<\/p>\n<\/p><\/div><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Una trabajadora de casas particulares que obtiene la jubilaci\u00f3n puede continuar trabajando para el mismo empleador o ser contratada por otro. El acceso al beneficio previsional no implica por s\u00ed solo que deba finalizar la relaci\u00f3n laboral. Si la trabajadora contin\u00faa en actividad, mantiene los derechos laborales correspondientes al r\u00e9gimen de casas particulares, mientras que [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":56138,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0},"categories":[20],"tags":[],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/56137"}],"collection":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=56137"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/56137\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/56138"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=56137"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=56137"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=56137"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}