{"id":47797,"date":"2026-02-13T14:54:00","date_gmt":"2026-02-13T14:54:00","guid":{"rendered":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/?p=47797"},"modified":"2026-02-13T14:54:00","modified_gmt":"2026-02-13T14:54:00","slug":"reforma-laboral-que-quedo-y-que-se-fue-de-los-titulos-fiscales-aprobada-por-senadores","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/?p=47797","title":{"rendered":"Reforma laboral: qu\u00e9 qued\u00f3 y qu\u00e9 se fue de los t\u00edtulos fiscales aprobada por Senadores"},"content":{"rendered":"<p>En la madrugada de este jueves, la C\u00e1mara de Senadores dio luz verde al proyecto de <a href=\"https:\/\/eleconomista.com.ar\/politica\/todos-cambios-reforma-laboral-banco-horas-despidos-cuotas-adios-indemnizacion-limites-n92604\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><strong>modernizaci\u00f3n laboral<\/strong><\/a> impulsado por el Gobierno nacional, con 42 votos a favor, 30 en contra y ninguna abstenci\u00f3n. <\/p>\n<p>La iniciativa, adem\u00e1s de modificaciones en la Ley de Contrato de Trabajo y otras normas relacionadas, incorpor\u00f3 una serie de cambios en materia impositiva que, en la previa, generaron mucho ruido. <\/p>\n<p>En efecto, en las giras realizadas por el ministro del Interior, Diego Santilli, los gobernadores manifestaron rechazo por las reformas que se pretend\u00edan hacer en relaci\u00f3n al Impuesto a las Ganancias.&nbsp; <\/p>\n<p>En la negociaci\u00f3n final, encabezada por Patricia Bullrich, finalmente el oficialismo cedi\u00f3 ante la reducci\u00f3n de las al\u00edcuotas aplicables a las sociedades (la idea era que la del segundo escal\u00f3n pase de 30 a 27 por ciento, y la del tercero, de 35 a 31,5 por ciento). <\/p>\n<p>Sin embargo, seg\u00fan pudo averiguar El Economista, \u00e9ste fue el \u00fanico punto que se elimin\u00f3. El resto de los cambios propuestos en los t\u00edtulos XXIV y XXV se aprobaron casi sin modificaciones. <\/p>\n<h2><strong>El art\u00edculo que \u00bfse fue?<\/strong><\/h2>\n<p>En el&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.senado.gob.ar\/parlamentario\/parlamentaria\/ordenDelDiaResultadoLink\/2025\/699\">orden del d\u00eda 699<\/a>, que fue el que comenz\u00f3 a tratar el mi\u00e9rcoles y termin\u00f3 por aprobar en la madrugada de este jueves, se puede observar que figura, en el T\u00edtulo XXIV, el art\u00edculo 191 que define una baja en las al\u00edcuotas aplicables a las sociedades.&nbsp; <\/p>\n<p>El mismo es el que establece una reducci\u00f3n de las al\u00edcuotas m\u00e1s altas que actualmente rigen para sociedades en Ganancias. Vale recordar que hoy en d\u00eda se aplica el siguiente esquema: <\/p>\n<figure class=\"image\"><img src=\"http:\/\/economiapoliticacba.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/reforma-laboral-que-quedo-y-que-se-fue-de-los-titulos-fiscales-aprobada-por-senadores.png\"><figcaption>&nbsp;<\/figcaption><\/figure>\n<p>El art\u00edculo 191, buscaba reducir las dos al\u00edcuotas m\u00e1s altas: pretend\u00eda que la del 30% pase a ser del 27%, y la del 35% se reduzca a 31,5%. Si se aprobaba, las al\u00edcuotas para personas f\u00edsicas hubieran sido m\u00e1s gravosas que para las sociedades. <\/p>\n<p>Pese a que este art\u00edculo figur\u00f3 en el orden del d\u00eda y que el T\u00edtulo XXIV fue aprobado en particular -solo se agreg\u00f3 algo sobre la residencia fiscal para extranjeros-, lo cierto es que muchos senadores aseguraron que la propuesta votada no inclu\u00eda el cambio de al\u00edcuotas.&nbsp; <\/p>\n<p>La clave para saber qu\u00e9 es lo que finalmente se discutir\u00e1 en Diputados se develar\u00e1 cuando el texto aprobado por Senadores entre a la C\u00e1mara baja para ser tratado por las respectivas comisiones, primero, y en el recinto, despu\u00e9s.&nbsp; <\/p>\n<h2><strong>Qu\u00e9 impuestos se modificaron<\/strong><\/h2>\n<p>Tal como se explic\u00f3, el T\u00edtulo XXIV incorpor\u00f3 varios cambios en la Ley del Impuesto a las Ganancias. Entre ellos figuran los siguientes: <\/p>\n<ul>\n<li><strong>Quebrantos<\/strong>: se establece una actualizaci\u00f3n por IPC para los quebrantos que se generen en los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 1 de enero de 2026. Este art\u00edculo termina por reconocer que los quebrantos impositivos necesitan una actualizaci\u00f3n. Sin embargo, tambi\u00e9n deja en claro la postura adoptada por la Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero (ARCA) que rechaz\u00f3 todo tipo de actualizaci\u00f3n en per\u00edodos anteriores y hasta propuso un plan de pagos para quienes ajustaron por inflaci\u00f3n esas p\u00e9rdidas.&nbsp;(se puede sumar este link, de un art\u00edculo nuestro sobre el que hablamos del tema: https:\/\/eleconomista.com.ar\/economia\/quebrantos-proyecto-modernizacion-laboral-pone-punto-final-conflicto-sobre-actualizacion-n91576)<\/li>\n<li><strong>Renta financiera<\/strong>: tal como diera cuenta&nbsp;<a href=\"https:\/\/eleconomista.com.ar\/economia\/los-blanquearon-dejaron-sus-dolares-depositados-tendran-nuevas-exenciones-ganancias-n91520\">este medio<\/a>, quedaron eximidos del impuesto los intereses obtenidos por los dep\u00f3sitos bancarios en pesos o d\u00f3lares (incluye caja de ahorro, cuentas especiales de ahorro, plazos fijos y dep\u00f3sitos de terceros u otras captaciones que defina el Banco Central). Tambi\u00e9n tendr\u00e1n ese beneficio las ganancias de capital producto de los resultados obtenidos por la compraventa, cambio, permuta o disposici\u00f3n de valores, sea que coticen o no en mercados autorizados por la Comisi\u00f3n Nacional de Valores (CNV).&nbsp;<br \/>Los que, pese a los pedidos de varios sectores, todav\u00eda pagar\u00e1n Ganancias ser\u00e1n las rentas derivadas de la compraventa de monedas digitales (tales como Bitcoins o Ethereums).<\/li>\n<li><strong>Inmuebles<\/strong>: se exime a las ganancias obtenidas por alquiler de inmuebles con destino a casa-habitaci\u00f3n, as\u00ed como los resultados por la venta de inmuebles y por transferencia de derechos sobre estos activos.<\/li>\n<\/ul>\n<p>El T\u00edtulo XXIV tambi\u00e9n estableci\u00f3 que &#8220;la provisi\u00f3n de energ\u00eda el\u00e9ctrica utilizada en sistemas y\/o equipos de riego con destino al sector agroindustrial&#8221; pasar\u00e1 a tener una al\u00edcuota del 10,5% en el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Antes, ten\u00eda la del 21 por ciento. <\/p>\n<p>Por su parte, el T\u00edtulo XXV deja sin efecto el&nbsp;<strong>Impuesto Interno<\/strong> que recae sobre los algunos conceptos. Dicho m\u00e1s simple, a partir del primer d\u00eda del mes inmediato siguiente al de la entrada en vigencia de la ley, dejar\u00e1n de pagar el gravamen:&nbsp; <\/p>\n<ul>\n<li>Los seguros.<\/li>\n<li>Los servicios de telefon\u00eda celular y satelital.&nbsp;<\/li>\n<li>Los objetos suntuarios.<\/li>\n<li>Los veh\u00edculos autom\u00f3viles y motores.<\/li>\n<li>Las embarcaciones de recreo o deportivas.<\/li>\n<li>Las aeronaves.&nbsp;<\/li>\n<\/ul>\n<p>Por \u00faltimo, se incorpor\u00f3 un cambio en la Ley de Fomento de la Actividad Cinematogr\u00e1fica Nacional que quita como parte del financiamiento &#8220;el importe de intereses, recargos, multas y toda otra sanci\u00f3n&#8221; derivados de la Ley 11.683 (de Procedimientos Tributarios). <\/p>\n<p>Ahora, los cap\u00edtulos fiscales del proyecto de Modernizaci\u00f3n Laboral quedan en manos de la C\u00e1mara de Diputados. Ser\u00e1n ellos los que definan si aprueban, rechazan o modifican las propuestas impositivas que aprobaron los senadores.&nbsp; <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En la madrugada de este jueves, la C\u00e1mara de Senadores dio luz verde al proyecto de modernizaci\u00f3n laboral impulsado por el Gobierno nacional, con 42 votos a favor, 30 en contra y ninguna abstenci\u00f3n. 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