{"id":46661,"date":"2026-01-05T23:04:00","date_gmt":"2026-01-05T23:04:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.iprofesional.com\/legales\/445384-fallo-clave-le-roban-el-celular-vacian-su-cuenta-y-el-banco-debera-devolver-dinero-a-victima"},"modified":"2026-01-05T23:04:00","modified_gmt":"2026-01-05T23:04:00","slug":"fallo-clave-le-roban-el-celular-vacian-su-cuenta-y-la-justicia-ordena-al-banco-devolver-el-dinero","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/?p=46661","title":{"rendered":"Fallo clave: le roban el celular, vac\u00edan su cuenta y la Justicia ordena al banco devolver el dinero"},"content":{"rendered":"<p><img src=\"http:\/\/economiapoliticacba.com\/wp-content\/uploads\/2026\/01\/fallo-clave-le-roban-el-celular-vacian-su-cuenta-y-la-justicia-ordena-al-banco-devolver-el-dinero.jpg\"><\/p>\n<div><img src=\"http:\/\/economiapoliticacba.com\/wp-content\/uploads\/2026\/01\/fallo-clave-le-roban-el-celular-vacian-su-cuenta-y-la-justicia-ordena-al-banco-devolver-el-dinero.webp\" class=\"ff-og-image-inserted\"><\/div>\n<p>Una sentencia de la <a href=\"https:\/\/www.iprofesional.com\/politica\/444988-la-justicia-declaro-nulo-el-protocolo-antipiquetes-y-el-gobierno-anticipo-que-apelara\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">Justicia<\/a> Federal de Rosario orden\u00f3 a una <strong>entidad bancaria restituir 700.000 <\/strong>pesos a una mujer que fue <strong>v\u00edctima del robo de su <a href=\"https:\/\/www.iprofesional.com\/tecnologia\/443931-como-aprovechar-tu-celular-en-vacaciones-gadgets-clave-para-la-playa-y-la-montana\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">tel\u00e9fono celular<\/a><\/strong> y, pocos minutos despu\u00e9s, de una <a href=\"https:\/\/www.iprofesional.com\/servicios\/445199-arca-te-vigila-desde-que-monto-controla-tus-transferencias-enero-2026\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">transferencia bancaria<\/a> no autorizada realizada desde su cuenta.<\/p>\n<p><span>El fallo estableci\u00f3 que el banco deb\u00eda asumir la responsabilidad por los riesgos derivados del uso de su aplicaci\u00f3n digital<\/span>, al tratarse de una operatoria promovida e impuesta por la propia entidad financiera.<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n fue dictada por el Juzgado Federal de Rosario N\u00b0 1, a cargo del juez Gast\u00f3n Alberto Salmain, y se conoci\u00f3 luego de un extenso proceso judicial iniciado por la damnificada, una docente de la ciudad de Rosario, quien denunci\u00f3 la falta de resguardo adecuado en los canales electr\u00f3nicos del banco.<\/p>\n<h2>Le robaron el celular y le vaciaron la cuenta: el fallo de la Justicia<\/h2>\n<p>El hecho ocurri\u00f3 el 7 de febrero de 2023, cuando la mujer caminaba por la calle Catamarca. Seg\u00fan consta en la demanda, <span>fue interceptada por una persona que circulaba en moto, golpeada en el rostro y despojada de su celular<\/span>. El dispositivo ten\u00eda instalada la <strong>aplicaci\u00f3n oficial del banco<\/strong>, vinculada a su caja de ahorro, lo que permiti\u00f3 que los delincuentes accedieran a la cuenta.<\/p>\n<p>Minutos despu\u00e9s del asalto y sin autorizaci\u00f3n de la titular, se concret\u00f3 una <strong>transferencia electr\u00f3nica por 700.000 pesos<\/strong> hacia una cuenta de otra entidad bancaria, a nombre de un tercero desconocido. La v\u00edctima advirti\u00f3 el movimiento irregular tras comunicarse con su ejecutivo de cuentas, quien le confirm\u00f3 la operaci\u00f3n y le indic\u00f3 los pasos para iniciar el reclamo correspondiente.<\/p>\n<p>Ese mismo d\u00eda, la mujer realiz\u00f3 la <strong>denuncia penal<\/strong> ante el Ministerio P\u00fablico de la Acusaci\u00f3n, bloque\u00f3 el equipo telef\u00f3nico y dio inicio al tr\u00e1mite administrativo ante el banco. Durante el proceso judicial se incorporaron como prueba la denuncia penal, la constancia m\u00e9dica por las lesiones sufridas durante el robo y un informe psicol\u00f3gico que acredit\u00f3 las secuelas emocionales posteriores al episodio violento.<\/p>\n<h2>El deber de seguridad y la responsabilidad del banco<\/h2>\n<p>En su defensa,<strong> la entidad bancaria neg\u00f3 cualquier responsabilidad <\/strong>y sostuvo que la transferencia solo pod\u00eda haberse realizado mediante la validaci\u00f3n de identidad a trav\u00e9s de un PIN o un m\u00e9todo biom\u00e9trico. En ese sentido, intent\u00f3 atribuir el hecho a una supuesta negligencia de la clienta en el cuidado de sus credenciales de acceso.<\/p>\n<p>Sin embargo, durante la investigaci\u00f3n administrativa interna, el propio banco reconoci\u00f3 que <strong>la transferencia fue rechazada en un primer intento por razones de seguridad <\/strong>y que luego se ejecut\u00f3 minutos m\u00e1s tarde, sin poder determinar con precisi\u00f3n el mecanismo de autenticaci\u00f3n utilizado para acceder a la aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El juez destac\u00f3 que <span>entre la usuaria y el banco exist\u00eda una relaci\u00f3n de consumo, amparada por la Ley de Defensa del Consumidor, que impone a las entidades financieras un deber de seguridad en la gesti\u00f3n de fondos y en el funcionamiento de los servicios digitales<\/span>. En ese marco, subray\u00f3 que la aplicaci\u00f3n bancaria fue impuesta como canal habitual de operatoria, por lo que el riesgo tecnol\u00f3gico no puede ser trasladado al usuario.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el fallo valor\u00f3 que la transferencia fue completamente ajena al patr\u00f3n habitual de movimientos de la cuenta, que no exist\u00edan antecedentes de operaciones con el destinatario y que no se activaron alertas pese a tratarse de un monto elevado. Para el magistrado, estos elementos evidenciaron falencias en los controles preventivos y reactivos del sistema.<\/p>\n<h2>La retribuci\u00f3n que deber\u00e1 pagar el banco y los reclamos rechazados<\/h2>\n<p>Tras analizar las pruebas y los argumentos de ambas partes, el juzgado resolvi\u00f3 hacer lugar parcialmente a la demanda y<strong> conden\u00f3 al banco a reintegrar los 700.000 pesos sustra\u00eddos<\/strong>, m\u00e1s los intereses correspondientes calculados desde la fecha de la transferencia. La entidad deber\u00e1 cumplir con la devoluci\u00f3n dentro de un plazo de quince d\u00edas h\u00e1biles una vez que la sentencia quede firme.<\/p>\n<p>No obstante, la resoluci\u00f3n rechaz\u00f3 el reclamo por da\u00f1o moral, al considerar que los padecimientos acreditados por la actora se vincularon principalmente con el hecho delictivo violento del robo y no con el accionar posterior del banco. En la misma l\u00ednea, <strong>desestim\u00f3 la aplicaci\u00f3n de da\u00f1o punitivo<\/strong>, al entender que no se prob\u00f3 la existencia de dolo ni de culpa grave por parte de la entidad financiera.<\/p>\n<p><span>Durante el tr\u00e1mite judicial, el banco tambi\u00e9n solicit\u00f3 la suspensi\u00f3n del proceso civil hasta tanto se resolviera la causa penal<\/span>. Sin embargo, el juzgado descart\u00f3 ese planteo al comprobar que la investigaci\u00f3n penal hab\u00eda sido archivada por la imposibilidad de identificar a los autores del robo.<\/p>\n<p>El fallo concluy\u00f3 que la digitalizaci\u00f3n de los servicios financieros, decidida y promovida por las propias entidades, implica una carga y un riesgo que no pueden trasladarse al usuario cuando se producen hechos il\u00edcitos como robos, fraudes o estafas. En ese sentido, reafirm\u00f3 que los bancos deben prever y responder ante las contingencias derivadas de fallas de seguridad en los canales electr\u00f3nicos que ponen a disposici\u00f3n de sus clientes.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Una sentencia de la Justicia Federal de Rosario orden\u00f3 a una entidad bancaria restituir 700.000 pesos a una mujer que fue v\u00edctima del robo de su tel\u00e9fono celular y, pocos minutos despu\u00e9s, de una transferencia bancaria no autorizada realizada desde su cuenta. 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