{"id":41296,"date":"2025-07-26T07:41:00","date_gmt":"2025-07-26T07:41:00","guid":{"rendered":"https:\/\/comercioyjusticia.info\/?p=476093"},"modified":"2025-07-26T07:41:00","modified_gmt":"2025-07-26T07:41:00","slug":"la-arca-respondio-a-fallas-frecuentes-en-el-sistema-iva-simple","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/?p=41296","title":{"rendered":"La ARCA respondi\u00f3 a fallas frecuentes en el sistema IVA Simple"},"content":{"rendered":"<div><img src=\"https:\/\/comercioyjusticia.info\/wp-content\/uploads\/2022\/05\/contadores.jpg\" class=\"ff-og-image-inserted\"><\/div>\n<p><strong>Brind\u00f3 una serie de aclaraciones sobre los problemas recurrentes en la implementaci\u00f3n de ese r\u00e9gimen<\/strong><\/p>\n<p>En un encuentro con federaciones profesionales, la Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero (ARCA) abord\u00f3 desde inconvenientes para contribuyentes agropecuarios hasta errores en saldos negativos y operaciones exentas. Entre las soluciones destacadas, la ARCA explic\u00f3 que la liquidaci\u00f3n para agropecuarios anuales se procesa autom\u00e1ticamente, reconociendo su caracterizaci\u00f3n desde el Sistema Registral. Para el reintegro agropecuario y el r\u00e9gimen TurIVA, se debe seleccionar la opci\u00f3n correspondiente en la secci\u00f3n \u201cDatos Iniciales\u201d para habilitar los campos necesarios.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, la entidad detall\u00f3 que las operaciones exentas deben cargarse en el m\u00f3dulo de \u201cRegistraci\u00f3n Electr\u00f3nica de Operaciones\u201d, y las devoluciones mensuales, de forma manual en la tarjeta \u201cAdministraci\u00f3n de Saldos\u201d. El ente recaudador tambi\u00e9n confirm\u00f3 que el problema de arrastre incorrecto de saldos negativos entre per\u00edodos, espec\u00edficamente del 04 al 06, ya fue resuelto. Para casos de comprobantes no importados en el Libro IVA Digital de contribuyentes exentos, se recomienda enviar datos y capturas de pantalla para un an\u00e1lisis individual.<\/p>\n<p>A continuaci\u00f3n se detallan las preguntas con sus respectivas respuestas que fueron cursadas por medio del Espacio de Di\u00e1logo:<\/p>\n<p><strong>Consulta:<\/strong> Para los agropecuarios anuales que presentaban el F. 810 no est\u00e1 la opci\u00f3n en la p\u00e1gina.<\/p>\n<p><strong>Respuesta:<\/strong> La liquidaci\u00f3n es igual a un contribuyente no agropecuario. En el marco de simplificaci\u00f3n, el dato se toma directamente de Sistema Registral (reconoce la caracterizaci\u00f3n 17, IVA anual agropecuario)<br \/>Esta identificaci\u00f3n se realiza para la generaci\u00f3n del VEP con las ICS 30-450-450. El Sistema de Cuentas Tributarias gestiona la obligaci\u00f3n teniendo en cuenta la caracterizaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Consulta<\/strong>: Para la solicitud de reintegros agropecuarios, en la que hay que detallar el D\u00e9bito Fiscal computable del periodo de las operaciones comprendidas en el r\u00e9gimen de reintegro agropecuario, no est\u00e1 la opci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Respuesta<\/strong>: Como concepto general, la declaraci\u00f3n jurada se simplifica ofreciendo s\u00f3lo las pantallas y\/o datos a declarar necesarios en funci\u00f3n del perfil del contribuyente.En este caso espec\u00edfico, en Datos Iniciales debe seleccionar bajo el t\u00edtulo Reg\u00edmenes Especiales la opci\u00f3n R\u00e9gimen de Reintegro de Retenciones Agropecuarias, as\u00ed se habilita en la tarjeta Exportaciones, operaciones exentas y reg\u00edmenes especiales.<\/p>\n<p><strong>Consulta<\/strong>: No est\u00e1 la opci\u00f3n para el TurIVA (el r\u00e9gimen por el que no se cobra IVA en hoteles a turistas extranjeros).<\/p>\n<p><strong>Respuesta:<\/strong> La opci\u00f3n se informa en el M\u00f3dulo \u201cRegistraci\u00f3n Electr\u00f3nica de Operaciones\u201d. Para ello se debe tildar la opci\u00f3n \u201cIncluido en el R\u00e9gimen TurIVA\u201d en la pantalla de Datos Iniciales de cada per\u00edodo.Luego se visualizar\u00e1 una nueva pesta\u00f1a denominada TurIVA, tanto en el Libro Ventas como en el Libro Compras, con los datos espec\u00edficos de carga para este tipo de comprobantes (carga manual o importaci\u00f3n de archivos). Si el comprobante T es emitido por el contribuyente, debe registrar ese comprobante solo en el Libro IVA Ventas, y si es receptor del comprobante T, debe registrar ese comprobante s\u00f3lo en el Libro IVA Compras. En ambos casos, se visualizar\u00e1 un campo especial denominado \u201cImporte Reintegro Decreto 1043\/2016\u201d a fin de informar el valor correspondiente.<\/p>\n<p><strong>Consulta<\/strong>: Los contribuyentes que tiene operaciones exentas y gravadas informan todo bien en el Libro IVA pero en la DJ nueva no hay donde informar las operaciones exentas que son meramente informativas.<\/p>\n<p><strong>Respuesta<\/strong>: Las operaciones exentas se informan en el M\u00f3dulo \u201cRegistraci\u00f3n Electr\u00f3nica de Operaciones\u201d.<\/p>\n<p><strong>Consulta<\/strong>: En los IVA Exento, cuyo vencimiento de la presentaci\u00f3n del libro IVA opera hoy, no trae casi ning\u00fan comprobante. En \u201cMis Comprobantes\u201d se encuentran incluidos pero el libro no los importa desde la propia ARCA.<\/p>\n<p><strong>Respuesta<\/strong>: De ser posible, pueden enviarnos los datos de alg\u00fan contribuyente y print de pantalla con lo que se observa en Mis comprobantes y Libro IVA Digital a fin de poder analizar cu\u00e1l fue el inconveniente.<\/p>\n<p><strong>Consulta<\/strong>: No se encuentra donde cargar el ITC, ya que deja cargar solo los que tienen transporte internacional.<\/p>\n<p><strong>Respuesta<\/strong>: Como concepto general, la declaraci\u00f3n jurada se simplifica ofreciendo s\u00f3lo las pantallas y\/o datos a declarar necesarios en funci\u00f3n del perfil del contribuyente. En este caso espec\u00edfico, en Datos Iniciales debe seleccionar bajo el t\u00edtulo Saldos a Favor y Pagos a cuenta la opci\u00f3n Otros pagos a cuenta adem\u00e1s de retenciones y percepciones, as\u00ed se habilita en la tarjeta Pagos a Cuenta bajo el titulo Pago a cuenta Restringido- Art. a continuaci\u00f3n del 15, Ley 23966. Para ello debe tener una actividad econ\u00f3mica relacionada.<\/p>\n<p><strong>Consulta<\/strong>: Trae el saldo de libre disponibilidad del periodo 04 en negativo, y ese saldo fue utilizado en el periodo 05 porque el saldo de la DDJJ dio a pagar, no deber\u00eda traerlo en el periodo 06.<\/p>\n<p><strong>Respuesta<\/strong>: El tema est\u00e1 solucionado, por favor volver a probar.<br \/>Consulta: No trae devoluciones mensuales.<\/p>\n<p><strong>Respuesta<\/strong>: Las devoluciones se ingresan en forma manual en la tarjeta Administraci\u00f3n de Saldos en el campo Devoluciones y transferencias.<\/p>\n<p>Finalmente, estas respuestas buscan simplificar la adaptaci\u00f3n al nuevo sistema, que reemplaza el esquema tradicional de liquidaci\u00f3n del impuesto, y asegurar una operatoria m\u00e1s fluida para los contribuyentes<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Brind\u00f3 una serie de aclaraciones sobre los problemas recurrentes en la implementaci\u00f3n de ese r\u00e9gimen En un encuentro con federaciones profesionales, la Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero (ARCA) abord\u00f3 desde inconvenientes para contribuyentes agropecuarios hasta errores en saldos negativos y operaciones exentas. 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