{"id":39604,"date":"2025-06-13T09:25:00","date_gmt":"2025-06-13T09:25:00","guid":{"rendered":"https:\/\/comercioyjusticia.info\/?p=471249"},"modified":"2025-06-13T09:25:00","modified_gmt":"2025-06-13T09:25:00","slug":"thiago-correa-defenderse-de-delincuentes-es-un-delito","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/?p=39604","title":{"rendered":"Thiago Correa: \u00bfDefenderse de delincuentes es un delito?"},"content":{"rendered":"<p><em>Por Nicol\u00e1s Panario (*)<\/em><\/p>\n<div class=\"wp-block-image\">\n<figure class=\"alignleft size-full is-resized\"><img loading=\"lazy\" fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" width=\"394\" height=\"410\" src=\"https:\/\/comercioyjusticia.info\/wp-content\/uploads\/2025\/06\/WhatsApp-Image-2025-06-12-at-10.59.45.jpeg\" alt class=\"wp-image-471250\" srcset=\"https:\/\/comercioyjusticia.info\/wp-content\/uploads\/2025\/06\/WhatsApp-Image-2025-06-12-at-10.59.45.jpeg 394w, https:\/\/comercioyjusticia.info\/wp-content\/uploads\/2025\/06\/WhatsApp-Image-2025-06-12-at-10.59.45-288x300.jpeg 288w\" sizes=\"(max-width: 394px) 100vw, 394px\"><\/figure>\n<\/div>\n<p>El hecho es brutal y tristemente real: un ni\u00f1o de siete a\u00f1os muere por una bala perdida en Ciudad Evita. Del otro lado, un joven polic\u00eda de la PFA, de apenas 21 a\u00f1os que se encontraba fuera de servicio, enfrenta de noche a cuatro delincuentes armados mientras intenta proteger a su madre. En segundos, dispara once veces. Uno de esos disparos termina con la vida de Thiago y otro, con la vida de uno de los presuntos ladrones.&nbsp;<\/p>\n<p>Como juristas, no nos corresponde ofrecer consuelos f\u00e1ciles, pero s\u00ed explicar con claridad qu\u00e9 pas\u00f3, c\u00f3mo se analiza penalmente, y qu\u00e9 respuestas puede \u2014y debe\u2014 ofrecer el Derecho Penal.<\/p>\n<p>Este no es un caso de laboratorio. Pasa en la calle, con miedo, adrenalina y vidas en juego. Por eso, lo primero que debemos hacer es distinguir: no es lo mismo quien dispar\u00f3 que quienes provocaron el robo. No es lo mismo defender que matar.&nbsp;<\/p>\n<p>\u00bfEstuvo justificado el accionar del polic\u00eda? El art\u00edculo 34 inciso 6 del C\u00f3digo Penal establece que hay leg\u00edtima defensa cuando alguien repele una agresi\u00f3n ileg\u00edtima, actual y con necesidad racional del medio empleado. Y s\u00ed, frente a un ataque m\u00faltiple y armado, con la vida de su madre en riesgo, el disparo puede entenderse como acto leg\u00edtimo (leg\u00edtima defensa de terceros).&nbsp;<\/p>\n<p>Nadie puede hablar con certeza absoluta de cu\u00e1ntos disparos eran necesarios para repeler tal agresi\u00f3n, aunque el fiscal de la causa ya lo haya catalogado como un homicidio con dolo eventual por la cantidad de disparos, por ser un lugar p\u00fablico y por haber ocurrido en un horario transitado.&nbsp;<\/p>\n<p>Seguramente, en una clase te\u00f3rica en la academia policial o desde el Instituto Max Planck (uno de los m\u00e1s prestigiosos del mundo), se dir\u00e1 que 11 disparos es una barbaridad.&nbsp;<\/p>\n<p>El Derecho pone l\u00edmites: Lo que no est\u00e1 permitido es perseguirlo para matarlo.&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;En caso de que se determine que existi\u00f3 un exceso -intensivo o extensivo- en la leg\u00edtima defensa (art. 35 del C\u00f3digo Penal), estaremos frente a un delito, pero con una culpabilidad atenuada, es decir, la pena baja, pero no desaparece.<\/p>\n<p>El tema central es que jam\u00e1s puede existir dos leg\u00edtimas defensas: la del agresor y la del agredido, es decir no puede haber dos causas de justificaci\u00f3n dando vuelta. Solamente prevalece la del agredido contra el agresor. Pero esta causa justificaci\u00f3n solo cubre este acto y no lo que le suceda a un tercero inocente como da\u00f1o colateral (Thiago en este caso).&nbsp;<\/p>\n<p>Ahora bien, el homicidio del presunto ladr\u00f3n producido por el polic\u00eda que fue en el marco de la leg\u00edtima defensa no debe ser imputable a nadie porque est\u00e1 cubierto bajo esta causa de justificaci\u00f3n. Anteriormente, hubo cierta jurisprudencia, que en este tipo de casos (tiroteo de polic\u00edas contra ladrones), la muerte de uno de los ladrones era atribuible a sus adl\u00e1teres. Al d\u00eda de hoy, se sostiene que la causa de justificaci\u00f3n elimina el injusto para todos.&nbsp;<\/p>\n<p>En cambio, la muerte de Thiago (tercero inocente) es perfectamente imputable tanto al polic\u00eda como a los tres ladrones que quedaron vivos.&nbsp;<\/p>\n<p>\u00bfQuiso el polic\u00eda matar al chico? Claramente no. No lo vio. No le apunt\u00f3. El Derecho Penal cataloga este tipo de situaciones como \u201caberratio ictus\u201d: el autor dirige su ataque hacia A, pero por error impacta a B. En ese caso, si el acto contra A est\u00e1 justificado (por leg\u00edtima defensa), no hay delito all\u00ed. Pero s\u00ed lo hay respecto a B, si el resultado fue causado por una conducta imprudente. En otras palabras: no es homicidio doloso. Es homicidio culposo.&nbsp;<\/p>\n<p>\u00bfSe puede atenuar a\u00fan m\u00e1s esa responsabilidad? Tal vez. El C\u00f3digo Penal prev\u00e9 en su art\u00edculo 34 inciso 2 el \u201cmiedo insuperable\u201d o la perturbaci\u00f3n an\u00edmica que hace que una conducta no sea exigible. Defenderse en segundos, con la madre al lado, contra cuatro ladrones armados de noche, puede provocar un estado emocional l\u00edmite. Si se prueba que el disparo fatal fue producto de esa perturbaci\u00f3n, entonces podr\u00eda no haber reproche penal.&nbsp;<\/p>\n<p>Ahora bien, \u00bfqu\u00e9 pasa con los ladrones? \u00bfTienen responsabilidad en la muerte del chico? Aqu\u00ed hay un dato clave que no suele decirse: el art\u00edculo 165 del C\u00f3digo Penal \u2014homicidio en ocasi\u00f3n de robo\u2014 no exige que el robo se haya consumado. Basta con la tentativa (o que se consume) del apoderamiento y una muerte. As\u00ed lo ha dicho la doctrina y lo ha reconocido la jurisprudencia.<\/p>\n<p>De modo que s\u00ed, es jur\u00eddicamente viable imputarles a los ladrones la muerte de Thiago, porque iniciaron un hecho violento, crearon un riesgo jur\u00eddicamente desaprobado, y ese riesgo deriv\u00f3 en un resultado fatal. El polic\u00eda no dispar\u00f3 al vicio: lo hizo porque fue atacado y de ser suprimido el ataque de los ladrones, Thiago ni el presunto ladr\u00f3n habr\u00edan muerto.&nbsp;<\/p>\n<p>El Derecho penal correcto no es necesariamente el m\u00e1s duro, sino el m\u00e1s justo. Que la pena, antes que castigo, debe ser expresi\u00f3n de un reproche medido, necesario, y, sobre todo, humano.<\/p>\n<p>(*) Abogado.Magister en Derecho Penal (Austral)<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Nicol\u00e1s Panario (*) El hecho es brutal y tristemente real: un ni\u00f1o de siete a\u00f1os muere por una bala perdida en Ciudad Evita. 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