{"id":36394,"date":"2025-03-18T22:00:32","date_gmt":"2025-03-18T22:00:32","guid":{"rendered":"https:\/\/comercioyjusticia.info\/?p=462078"},"modified":"2025-03-18T22:00:32","modified_gmt":"2025-03-18T22:00:32","slug":"implementan-el-tribunal-de-gestion-asociada-de-conciliacion-y-trabajo-n-3-de-capital","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/?p=36394","title":{"rendered":"Implementan el Tribunal de Gesti\u00f3n Asociada de Conciliaci\u00f3n y Trabajo N\u00b0 3 de Capital"},"content":{"rendered":"<div><img src=\"https:\/\/comercioyjusticia.info\/wp-content\/uploads\/2021\/08\/Tribunales-Laborales.jpg\" class=\"ff-og-image-inserted\"><\/div>\n<p><strong>Entre otras cuestiones, la norma dispone que las causas de los Juzgados de Conciliaci\u00f3n y Trabajo de 5ta. y 6ta. nominaci\u00f3n se remitan al Tribunal de Gesti\u00f3n Asociada de Conciliaci\u00f3n y Trabajo N\u00b0 3 de Capital a partir de su puesta en marcha el&nbsp; 1 de abril de 2025<\/strong><\/p>\n<p><strong>Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de C\u00f3rdoba<\/strong><\/p>\n<p><strong>Acuerdo Reglamentario N\u00b0 1897 \u2013 Serie: \u201cA\u201d<\/strong><\/p>\n<p>En la ciudad de C\u00d3RDOBA, 13\/03\/2025, con la Presidencia de su Titular Dr. Luis Eugenio ANGULO, se reunieron para resolver los Se\u00f1ores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Luis Enrique RUBIO, Mar\u00eda Marta C\u00c1CERES de BOLLATI y Sebasti\u00e1n Cruz L\u00d3PEZ PE\u00d1A, con la asistencia del Se\u00f1or Administrador General del Poder Judicial, Dr. Luis SOSA LANZA CASTELLI y ACORDARON: VISTO: Lo dispuesto por los Acuerdos Reglamentarios \u2013 AR \u2013 1792 Serie \u201cA\u201d del 25\/11\/2022, AR \u2013 1836 Serie \u201cA\u201d del 14\/03\/2024 y su modificatoria por AR 1862-Serie \u201cA\u201d del 25\/07\/2024, que implementaron los Tribunales de Gesti\u00f3n Asociada de Conciliaci\u00f3n y Trabajo de Capital N\u00b0 1 y N\u00b0 2, respectivamente.<\/p>\n<p>Y CONSIDERANDO:<\/p>\n<p>1. La reforma introducida por la ley 10596 y sus modificatorias al C\u00f3digo Procesal del Trabajo (Ley 7987) fue acompa\u00f1ada por un proceso de transformaci\u00f3n de las estructuras tradicionales de los Juzgados de Conciliaci\u00f3n y Trabajo. Dicho cambio se materializ\u00f3 con la creaci\u00f3n de los Tribunales de Gesti\u00f3n Asociada de Conciliaci\u00f3n y Trabajo en la sede capitalina.<\/p>\n<p>2. Los nuevos modelos de gesti\u00f3n permiten que los jueces se concentren en sus funciones jurisdiccionales esenciales, mientras que las tareas administrativas y de soporte se centralizan en oficinas especializadas. Esta distinci\u00f3n entre funciones administrativas y jurisdiccionales en la nueva estructura organizacional contribuye a la materializaci\u00f3n de la justicia social en plazos razonables, otorgando al juez mayor tiempo para emitir resoluciones judiciales basadas en los hechos y las pruebas presentadas durante el proceso (art. 155 CP).<\/p>\n<p>3. Los resultados estad\u00edsticos publicados en el \u00faltimo \u201cInforme de Gesti\u00f3n Conciliaci\u00f3n y Trabajo en Capital, R\u00edo Cuarto, Villa Mar\u00eda y San Francisco, Provincia de C\u00f3rdoba \u2013 S\u00edntesis \u2013 Febrero 2025 (per\u00edodo 01\/07\/2023 \u2013 31\/12\/2024)\u201d, elaborado por la Oficina de Gesti\u00f3n Judicial del Fuero Laboral, en particular en lo que respecta al procedimiento declarativo abreviado y la eficacia de los nuevos modelos de organizaci\u00f3n judicial, evidencian que<\/p>\n<p>a. En los \u00faltimos 12 meses, al fuero de Conciliaci\u00f3n y Trabajo de las sedes de Capital, R\u00edo Cuarto, Villa Mar\u00eda y San Francisco ingresaron 20.325 nuevas causas -entre juicios ordinarios, PDA y especiales- al tiempo que resolvi\u00f3 21.307, y alcanzaron una tasa de resoluci\u00f3n del 105%.<\/p>\n<p>b. El inicio de causas por PDA aument\u00f3 su participaci\u00f3n en el total de los ingresos del \u00faltimo semestre de 2024 al 21,7% (cuando hab\u00edan sido el 19,7% en igual semestre del a\u00f1o anterior).<\/p>\n<p>c. La cantidad de causas de PDA resueltas se increment\u00f3 un 32% en el \u00faltimo semestre de 2024 en comparaci\u00f3n con igual semestre del a\u00f1o 2023.<\/p>\n<p>d. La duraci\u00f3n de un juicio que tramita por PDA desde el inicio hasta su resoluci\u00f3n es en promedio de 190 d\u00edas corridos (6 meses y 10 d\u00edas), para las causas resueltas en el semestre julio-diciembre 2024.<\/p>\n<p>e. Los procesos ordinarios se elevan a juicio en promedio en 419 d\u00edas corridos (1 a\u00f1o, 1 mes y 24 d\u00edas), desde su inicio.<\/p>\n<p>f. El PDA es el proceso que obtiene la mayor tasa de conciliaci\u00f3n sobre los casos resueltos: 54,4% en el segundo semestre de 2024.<\/p>\n<p>g. La cantidad de audiencias de PDA celebradas aument\u00f3 en un 27% tanto para la Audiencia \u00danica Primera Parte (AUPP) como para las Audiencia de Continuaci\u00f3n (AUC) en el semestre julio-diciembre 2024 en comparaci\u00f3n con igual semestre de 2023.<\/p>\n<p>h. La satisfacci\u00f3n de los usuarios\/as y abogados\/as encuestados\/as luego de participar en una audiencia PDA supera el 98,3% en todos los aspectos consultados.<\/p>\n<p>4. Teniendo en cuenta los \u00f3ptimos resultados que ha experimentado el fuero laboral a partir de la implementaci\u00f3n de esta nueva estructura organizacional y con la finalidad de consolidar los objetivos de la reforma procesal establecidos en la Ley 10596, resulta oportuno la creaci\u00f3n y puesta en funcionamiento de un tercer Tribunal de Gesti\u00f3n Asociada de Conciliaci\u00f3n y Trabajo en Capital integrado por:<\/p>\n<p>a. Un Colegio de Jueces bajo la conducci\u00f3n de un Presidente, y<\/p>\n<p>b. Una Oficina de Gesti\u00f3n Judicial Com\u00fan. Dicha Oficina est\u00e1 a su vez conformada por:<\/p>\n<p>I. Una Unidad de Coordinaci\u00f3n (UC),<\/p>\n<p>II. una Unidad de Gesti\u00f3n de Audiencias (UGA),<\/p>\n<p>III. una Unidad de Gesti\u00f3n de Procesos Ordinarios y PDA (UGP) y<\/p>\n<p>IV. una Unidad de Gesti\u00f3n de Procesos Especiales (UGPE). <\/p>\n<p>5. Inicialmente, la puesta en funcionamiento del Tribunal de Gesti\u00f3n Asociada N\u00b0 3 de sede Capital tendr\u00e1 la siguiente dotaci\u00f3n de personal:<\/p>\n<p>a. Cinco (5) jueces de Conciliaci\u00f3n y Trabajo, a saber: el actual Juez de Conciliaci\u00f3n y Trabajo de 5ta nominaci\u00f3n de Capital; el actual Juez de Conciliaci\u00f3n y Trabajo de 6ta nominaci\u00f3n de Capital y tres (3) nuevos jueces de Conciliaci\u00f3n y Trabajo,<\/p>\n<p>b. Las Secretar\u00edas correspondientes a los citados juzgados con la totalidad de sus agentes y el resto del personal que resulte necesario. El Colegio de Jueces previsto estar\u00e1 compuesto por los mismos cinco (5) jueces que una vez por a\u00f1o designan a uno de ellos como Presidente. Cada Juez mantiene su propia jurisdicci\u00f3n y competencia. Sus integrantes se reunir\u00e1n peri\u00f3dicamente para unificar criterios jurisdiccionales y metas.<\/p>\n<p>6. A la par, la Oficina de Gesti\u00f3n Judicial Com\u00fan, se organizar\u00e1 como se expres\u00f3, en cuatro (4) unidades, que responder\u00e1n a la organizaci\u00f3n jer\u00e1rquica y funcional que seguidamente se explica:<\/p>\n<p>a. La Unidad de Coordinaci\u00f3n (UC) a cargo de un\/a Secretario\/a de Primera Instancia con dependencia de la Presidencia de la Sala Laboral del Tribunal Superior (Oficina de Gesti\u00f3n Judicial espec\u00edfica proyectada por el art. 16 de la Ley 10.596). Dicha Unidad desarrollar\u00e1 las tareas de planificaci\u00f3n, gesti\u00f3n y seguimiento de resultados de la Oficina de Gesti\u00f3n Judicial Com\u00fan. En su \u00e1mbito funcionar\u00e1n los equipos de Recepci\u00f3n y Relator\u00eda;<\/p>\n<p>b. Una Unidad de Gesti\u00f3n de Audiencias (UGA) a cargo de un\/a Secretario\/a de Primera Instancia con dependencia jer\u00e1rquica y funcional de la Secretario\/a Coordinador\/a. Desarrollar\u00e1 la funci\u00f3n de administraci\u00f3n y gesti\u00f3n de los recursos humanos y tecnol\u00f3gicos con la finalidad de cumplir con el proceso de audiencias de todo tipo, desde su programaci\u00f3n hasta la efectiva celebraci\u00f3n, incluyendo el seguimiento oficioso, cuando corresponde, de la prueba y la promoci\u00f3n de espacios de conciliaci\u00f3n,<\/p>\n<p>c. Una Unidad de Gesti\u00f3n de Procesos Ordinarios y PDA (UGP) a cargo de un\/a Secretario\/a de Primera Instancia con dependencia jer\u00e1rquica y funcional de la Secretario\/a Coordinador\/a. Dicha unidad gestiona el tr\u00e1mite de expedientes ordinarios y PDA a trav\u00e9s de decretos de mero tr\u00e1mite aquellos que requieran sustanciaci\u00f3n, y emitir\u00e1 directamente las comunicaciones automatizadas, y<\/p>\n<p>d. Una Unidad de Gesti\u00f3n de Procesos Especiales (UGPE) a cargo de un\/a Secretario\/a de Primera Instancia con dependencia jer\u00e1rquica y funcional del Secretario\/a Coordinador\/a. Dicha unidad gestiona el tr\u00e1mite de acciones sindicales, sumarios, los procesos ejecutivos y ejecuciones de sentencia coactivas a trav\u00e9s de decretos de mero tr\u00e1mite o aquellos que requieran sustanciaci\u00f3n, y emitir\u00e1 directamente las comunicaciones automatizadas.<\/p>\n<p>7. A los fines de conocer las funciones, tareas y estructura del Tribunal de Gesti\u00f3n Asociada de Conciliaci\u00f3n y Trabajo de C\u00f3rdoba N\u00b0 3 corresponde remitirse a los siguientes documentos:<\/p>\n<p>a. Dise\u00f1o organizacional del Tribunal Gesti\u00f3n Asociada de Conciliaci\u00f3n y Trabajo (Roles por Procesos) como Anexo 1 del AR N\u00b0 1792.<\/p>\n<p>b. Manual de procesos de Trabajo \u2013 Tribunal de Gesti\u00f3n Asociada de Conciliaci\u00f3n y Trabajo- Actualizaci\u00f3n N\u00b0 1, que se encuentra como Anexo \u00fanico correspondiente al AR 1826, Serie \u201cA\u201d del 28\/09\/2023.<\/p>\n<p>8. Cabe facultar a la Presidencia de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia para que adecue tales cuestiones a las particulares necesidades del Tribunal de Gesti\u00f3n Asociada de Conciliaci\u00f3n y Trabajo, en funci\u00f3n de la experiencia que se recabe. A tal fin proceder\u00e1 al dictado de los instrumentos necesarios para la especificaci\u00f3n de las cuestiones operativas de la presente decisi\u00f3n.<\/p>\n<p>Por todo ello y en virtud de las atribuciones de Superintendencia previstas por los art\u00edculos 166 incisos 1 y 2 de la Constituci\u00f3n Provincial y 12 incisos 1, 2, 24, 25, 32, y 33 de la Ley Org\u00e1nica del Poder Judicial de C\u00f3rdoba N\u00b08435;<\/p>\n<p>SE RESUELVE:<\/p>\n<p>1. IMPLEMENTAR el Tribunal de Gesti\u00f3n Asociada de Conciliaci\u00f3n y Trabajo N\u00b0 3 de Capital con id\u00e9ntica competencia material y territorial que la que actualmente corresponde a los juzgados de Conciliaci\u00f3n y Trabajo de Capital. Dicho Tribunal se integrar\u00e1 con:<\/p>\n<p>a) Cinco (5) jueces de Conciliaci\u00f3n y Trabajo unipersonales: dos (2) transferidos de los actuales juzgados de 5ta y 6ta y tres (3) nuevos jueces designados al efecto. Cada juez mantendr\u00e1 su jurisdicci\u00f3n y competencia. Se denominar\u00e1n Juez N\u00b0 5, 6, 17, 18 y 19 del Tribunal de Gesti\u00f3n Asociada de Conciliaci\u00f3n y Trabajo N\u00b0 3 de Capital. Juntos conforman el Colegio de Jueces que anualmente designar\u00e1 un Presidente de entre quienes lo integran.<\/p>\n<p>2. PRECISAR que el Tribunal de Gesti\u00f3n Asociada de Conciliaci\u00f3n y Trabajo habr\u00e1 de estar orientado a la satisfacci\u00f3n de los principios de Distinci\u00f3n de funciones, Responsabilidad, Simplificaci\u00f3n, Estandarizaci\u00f3n y Especializaci\u00f3n.<\/p>\n<p>3. ESTABLECER que la puesta en funcionamiento del Tribunal creado por el art\u00edculo 1 que antecede ser\u00e1 el d\u00eda 01\/04\/2025. De modo previo habr\u00e1n de efectuarse los traslados de personal, designaciones y restructuraci\u00f3n de espacios que resulten necesarios por las \u00e1reas.<\/p>\n<p>4. DISPONER que las causas de los Juzgados de Conciliaci\u00f3n y Trabajo de 5ta. y 6ta. nominaci\u00f3n se remitan al Tribunal de Gesti\u00f3n Asociada de Conciliaci\u00f3n y Trabajo N\u00b0 3 de Capital a partir de su puesta en marcha el 01\/04\/2025.<\/p>\n<p>5. ENCOMENDAR al \u00c1rea de Modernizaci\u00f3n, Sub \u00c1rea de Investigaci\u00f3n Desarrollo e Innovaci\u00f3n Tecnol\u00f3gica, que efectu\u00e9 las adecuaciones necesarias en el Sistema de Administraci\u00f3n de Causas \u2013 SAC \u2013 de modo tal que a partir de su puesta en funcionamiento se efect\u00faen las necesarias compensaciones y asignaciones.<\/p>\n<p>6. ORDENAR que a partir de la puesta en marcha del Tribunal, la Unidad de Gesti\u00f3n de Procesos Ordinarios y PDA (UGP) receptar\u00e1 la totalidad de las causas que sean asignadas mediante sorteo inform\u00e1tico SAC a los actuales jueces y a los jueces nuevos<\/p>\n<p>7. DEJAR SIN EFECTO a partir de la puesta en funcionamiento del nuevo Tribunal las disposiciones y acuerdos referidos a la actual estructura de los Juzgados de Conciliaci\u00f3n y Trabajo de 5ta y 6ta nominaci\u00f3n de Capital que se opongan a lo dispuesto por el presente.<\/p>\n<p>8. FACULTAR a la Presidencia de la Sala Laboral del Tribunal Superior, para que proceda al dictado de los instrumentos necesarios para la ejecuci\u00f3n de lo dispuesto por el presente.<\/p>\n<p>9. PROTOCOL\u00cdCESE. Notif\u00edquese a los Juzgados de Conciliaci\u00f3n y Trabajo de Capital y a los Tribunales de Gesti\u00f3n Asociada de Conciliaci\u00f3n y Trabajo N\u00b0 1 y 2 de Capital.&nbsp; Comun\u00edquese a todos los tribunales, oficinas y dependencias jurisdiccionales, a la Federaci\u00f3n de Colegios de Abogados, al Colegio de Abogados de C\u00f3rdoba y a la Asociaci\u00f3n de Magistrados y Funcionarios de C\u00f3rdoba. Publ\u00edquese en el Bolet\u00edn Oficial de la Provincia. Incorp\u00f3rese en la p\u00e1gina web del Poder Judicial y dese amplia difusi\u00f3n. Con lo que termin\u00f3 el acto que previa lectura y ratificaci\u00f3n de su contenido, firman el Se\u00f1or Presidente y los Se\u00f1ores Vocales, con la asistencia del Se\u00f1or Administrador General Dr. Luis SOSA LANZA CASTELLI.<\/p>\n<p>FDO.: DR. LUIS EUGENIO ANGULO, PRESIDENTE. DR. LUIS ENRIQUE RUBIO, DRA. MAR\u00cdA MARTA CACERES DE BOLLATI, DR. SEBASTI\u00c1N CRUZ LOPEZ PE\u00d1A, VOCALES. DR. LUIS MAR\u00cdA, SOSA LANZA CASTELLI, ADMINISTRADOR GENERAL.<\/p>\n<p><strong>N. de R.- Publicada en el Bolet\u00edn Oficial de la Provincia de C\u00f3rdoba N\u00ba 18 de marzo de 2025.<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Entre otras cuestiones, la norma dispone que las causas de los Juzgados de Conciliaci\u00f3n y Trabajo de 5ta. y 6ta. nominaci\u00f3n se remitan al Tribunal de Gesti\u00f3n Asociada de Conciliaci\u00f3n y Trabajo N\u00b0 3 de Capital a partir de su puesta en marcha el&nbsp; 1 de abril de 2025 Tribunal Superior de Justicia de la [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":36395,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0},"categories":[21],"tags":[],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/36394"}],"collection":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=36394"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/36394\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/36395"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=36394"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=36394"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=36394"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}