{"id":35044,"date":"2025-02-11T20:10:00","date_gmt":"2025-02-11T20:10:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.iprofesional.com\/legales\/422393-el-nuevo-paquete-de-leyes-que-promueve-el-gobierno-nacional-giro-de-180"},"modified":"2025-02-11T20:10:00","modified_gmt":"2025-02-11T20:10:00","slug":"el-nuevo-paquete-de-leyes-que-promueve-el-gobierno-nacional-giro-de-180","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/?p=35044","title":{"rendered":"El nuevo paquete de leyes que promueve el Gobierno nacional: \u00bfgiro de 180\u00b0?"},"content":{"rendered":"<p><img src=\"http:\/\/economiapoliticacba.com\/wp-content\/uploads\/2025\/02\/el-nuevo-paquete-de-leyes-que-promueve-el-gobierno-nacional-giro-de-180.jpg\"><\/p>\n<div><img src=\"http:\/\/economiapoliticacba.com\/wp-content\/uploads\/2025\/02\/el-nuevo-paquete-de-leyes-que-promueve-el-gobierno-nacional-giro-de-180.webp\" class=\"ff-og-image-inserted\"><\/div>\n<p>El actual Gobierno ha <a href=\"https:\/\/www.iprofesional.com\/politica\/422170-avanzan-las-leyes-para-instaurar-el-juicio-en-ausencia-y-combate-a-la-inseguridad\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">presentado en el Congreso un paquete de reformas judiciales <\/a>que prometen transformar profundamente el <strong>sistema de justicia.<\/strong> La necesidad de una justicia m\u00e1s r\u00e1pida, efectiva y confiable es una deuda pendiente con la sociedad, que exige castigo para los responsables y procesos \u00e1giles. En este contexto, el Ministerio de Justicia ha impulsado una serie de <strong>leyes alineadas con esas demandas<\/strong>. Analicemos en detalle cada una de ellas y sus implicancias.\n<\/p>\n<h2>El juicio en ausencia<\/h2>\n<p><strong>El juicio en ausencia en uno de los t\u00f3picos m\u00e1s debatidos en los \u00faltimos tiempos.<\/strong> La aprobaci\u00f3n de este proyecto implicar\u00eda<span> la posibilidad de llevar adelante un proceso judicial penal sin contar con la presencia f\u00edsica del imputado,<\/span> cumpliendo una serie de requisitos previos, en especial la debida notificaci\u00f3n.\n<\/p>\n<p>Como siempre, surgen posturas contrapuestas: Un sector que entiende que el proceso no puede ser llevado en ausencia del imputado atento la posible violaci\u00f3n de las garant\u00edas de defensa en juicio y otro que sostiene que cumplidas las notificaciones de ley, no pude detenerse la prosecuci\u00f3n de un proceso por el hecho de que el imputado no se presente.\n<\/p>\n<p>El juicio en ausencia no es un &#8220;invento argentino&#8221;, sino que <strong>encuentra acogida en otros pa\u00edses, en especial europeos<\/strong>. La Directiva (UE) 2016\/343 del Parlamento Europeo y del Consejo de fecha 9 de marzo de 2016 se expidi\u00f3 sobre el asunto en su art\u00edculo octavo.\n<\/p>\n<p>Seg\u00fan la norma, los estados deben garantizar que<strong> el acusado tenga el derecho de encontrarse presente en el proceso<\/strong>, pero ello no obsta a que pueda celebrarse el juicio aun en ausencia del acusado. El proceso ser\u00e1 v\u00e1lido si fue cumplida la notificaci\u00f3n del juicio, informadas las consecuencias de la incomparecencia y se encuentra designado letrado defensor. Del proceso podr\u00e1 obtenerse una resoluci\u00f3n condenatoria o absolutoria. Cumplidos estos par\u00e1metros, la sentencia se torna ejecutoria.\n<\/p>\n<p>Es cierto que no se puede obligar f\u00edsicamente a un acusado a presentarse, especialmente si se encuentra en el extranjero. Sin embargo, <span>el derecho a la defensa no puede transformarse en una estrategia para eludir la justicia<\/span>. Si una persona, tras haber sido notificada correctamente, decide no comparecer, no deber\u00eda paralizar el proceso ni perjudicar a las v\u00edctimas, que tambi\u00e9n tienen derecho a obtener justicia.\n<\/p>\n<p>As\u00ed, el punto central del debate recaer\u00e1 sobre la notificaci\u00f3n al acusado y su renuncia a comparecer, que en palabras de la Mercedes Serrano Masip, letrada especialista en derecho procesal, debe de ser inequ\u00edvoca (&#8220;Incorporaci\u00f3n del Enjuiciamiento en <strong>Ausencia de Menores al Sistema Procesal Penal Espa\u00f1ol con Apoyo en la Jurisprudencia del TEDH y la Normativa de la Uni\u00f3n Europea<\/strong>&#8220;).\n<\/p>\n<p>Inclusive el Tribunal Europeo de Derechos Humanos se ha expedido sobre la materia en varios antecedentes: Sejdovic c. Italia -2006-, Lena Atanasova c. Bulgaria -2017- y Karemani c. Albania -2018-.\n<\/p>\n<h2>La baja de la edad de imputabilidad<\/h2>\n<p>Otro de los puntos que ha puesto sobre la mesa la actual administraci\u00f3n es<a href=\"https:\/\/www.iprofesional.com\/politica\/408759-la-propuesta-del-gobierno-para-bajar-la-edad-de-imputabilidad\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\"> la reducci\u00f3n de la edad de imputabilidad.<\/a> Esta discusi\u00f3n <strong>no puede reducirse solo a la cuesti\u00f3n punitiva<\/strong>. Si bien es necesario que los menores que cometan delitos enfrenten consecuencias, cualquier reforma debe ir acompa\u00f1ada de pol\u00edticas de prevenci\u00f3n y contenci\u00f3n para los j\u00f3venes en situaci\u00f3n de vulnerabilidad.\n<\/p>\n<p>Castigo y prevenci\u00f3n no son conceptos opuestos, sino complementarios. Para abordar el problema de manera efectiva, <span>es fundamental evitar los discursos polarizados y apostar por soluciones integrales <\/span>que combinen sanciones adecuadas con programas que impidan que los menores ingresen en el circuito del delito.\n<\/p>\n<h2>La Ley de Reiterancia<\/h2>\n<p>Con media sanci\u00f3n en la C\u00e1mara de Diputados,<a href=\"https:\/\/www.iprofesional.com\/politica\/422001-de-que-se-tratan-los-otros-dos-proyectos-de-javier-milei-que-aprobara-diputados\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\"> la Ley de Reiterancia busca que quienes cometan nuevos delitos<\/a> y ya tengan condenas previas firmes esperen el juicio en prisi\u00f3n. De aprobarse, los jueces ya no solo evaluar\u00edan el riesgo de fuga o de entorpecimiento del proceso al decidir una detenci\u00f3n preventiva, sino tambi\u00e9n los antecedentes del acusado.\n<\/p>\n<p>Esta norma responde a un reclamo social leg\u00edtimo. La reincidencia de delincuentes que, pese a tener condenas previas,<strong> siguen en libertad y vuelven a delinquir, es una prueba del fracaso del sistema penal y carcelario.<\/strong> La tolerancia de la sociedad est\u00e1 agotada ante un modelo que no logra garantizar seguridad ni justicia.\n<\/p>\n<h2>El nexo entre la Justicia penal y desarrollo econ\u00f3mico<\/h2>\n<p>A menudo se habla de la necesidad de <strong>&#8220;reglas claras&#8221;<\/strong> para atraer inversiones y garantizar estabilidad econ\u00f3mica. Sin embargo, <strong>poco se menciona el impacto que tiene la sensaci\u00f3n de seguridad en el crecimiento econ\u00f3mico.<\/strong>\n<\/p>\n<p>Una sociedad con un marco legal s\u00f3lido, que equilibre incentivos y sanciones de manera justa, puede concentrarse en generar empleo, promover inversiones y fomentar el consumo. La incertidumbre jur\u00eddica y la falta de seguridad, en cambio, alejan la inversi\u00f3n y obstaculizan el desarrollo. <strong>Una sociedad acosada por la violencia y el miedo no puede prosperar.<\/strong>\n<\/p>\n<p>El desaf\u00edo para los legisladores ser\u00e1 encontrar el equilibrio entre garantizar derechos y <strong>dar respuestas efectivas a las demandas sociales<\/strong>. La implementaci\u00f3n de las leyes promovidas por la actual gesti\u00f3n requerir\u00e1 responsabilidad, di\u00e1logo y la b\u00fasqueda de consensos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El actual Gobierno ha presentado en el Congreso un paquete de reformas judiciales que prometen transformar profundamente el sistema de justicia. La necesidad de una justicia m\u00e1s r\u00e1pida, efectiva y confiable es una deuda pendiente con la sociedad, que exige castigo para los responsables y procesos \u00e1giles. 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