{"id":34004,"date":"2025-01-16T19:43:19","date_gmt":"2025-01-16T19:43:19","guid":{"rendered":"https:\/\/comercioyjusticia.info\/?p=456339"},"modified":"2025-01-16T19:43:19","modified_gmt":"2025-01-16T19:43:19","slug":"lucha-contra-la-ciberdelincuencia-aprueban-plan-federal-de-prevencion-2025-2027","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/?p=34004","title":{"rendered":"Lucha contra la ciberdelincuencia: aprueban Plan Federal de Prevenci\u00f3n 2025-2027"},"content":{"rendered":"<div><img src=\"https:\/\/comercioyjusticia.info\/wp-content\/uploads\/2023\/07\/deepfake-jpg.webp\" class=\"ff-og-image-inserted\"><\/div>\n<p><strong>Permitir\u00e1 fortalecer la respuesta del Estado Nacional frente a los nuevos desaf\u00edos en la materia, as\u00ed como promover una cultura de ciberseguridad y protecci\u00f3n de las infraestructuras cibern\u00e9ticas. El objetivo general es garantizar, en la medida de lo t\u00e9cnico y jur\u00eddicamente posible, el uso seguro del ciberespacio para proteger los derechos y garant\u00edas reconocidos en la normativa vigente para los habitantes de la Rep\u00fablica Argentina<\/strong><\/p>\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 72\/25-MSG<\/strong><\/p>\n<p>Ciudad de Buenos Aires, 15\/01\/2025<\/p>\n<p>VISTO el Expediente EX-2024-142626534- -APN-DCYAC#MSG, la Ley Org\u00e1nica para la Polic\u00eda Federal Decreto\/ley N\u00b0&nbsp;333 del 14 de enero de 1958 y sus modificatorias, la Ley de Prefectura Naval Argentina N\u00b0&nbsp;18.398 y sus modificatorias, la Ley de Gendarmer\u00eda Nacional N\u00b0&nbsp;19.349 y sus modificatorias, la Ley Org\u00e1nica del Servicio Penitenciario Federal N\u00b0&nbsp;20.416, la Ley de Ministerios N\u00ba&nbsp;22.520 (T.O.. Decreto N\u00b0&nbsp;438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, la Ley de Seguridad Interior N\u00b0&nbsp;24.059 y sus modificatorias, la Ley de Seguridad Aeroportuaria N\u00b0&nbsp;26.102 y sus modificatorias, la Decisi\u00f3n Administrativa N\u00b0&nbsp;340 del 16 de mayo de 2024 y las Resoluciones del Ministerio de Seguridad Nros. 977 del 30 de octubre de 2019, 75 del 10 de febrero de 2022, 86 del 11 de febrero de 2022, 914 del 12 de septiembre de 2024 y19 del 3 de enero de 2025&nbsp;y<\/p>\n<p>CONSIDERANDO:<\/p>\n<p>Que la Ley N\u00ba&nbsp;22.520 de Ministerios (T.O. Decreto N\u00b0&nbsp;438\/92) y sus modificatorias asignan al MINISTERIO DE SEGURIDAD la facultad de entender en la determinaci\u00f3n de la pol\u00edtica criminal y en la elaboraci\u00f3n de planes y programas para su aplicaci\u00f3n que procuren garantizar el derecho a la seguridad de los habitantes del pa\u00eds a trav\u00e9s de la prevenci\u00f3n del delito, la investigaci\u00f3n del crimen organizado, la respuesta efectiva ante el delito complejo y el cuidado de todas las personas que habitan la Rep\u00fablica Argentina;<\/p>\n<p>Que la Ley N\u00ba&nbsp;24.059 de Seguridad Interior establece las bases jur\u00eddicas, org\u00e1nicas y funcionales del sistema de planificaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n, control y apoyo del esfuerzo nacional de polic\u00eda tendiente a garantizar la seguridad interior del pa\u00eds.<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 8\u00b0 de la citada norma asigna al MINISTERIO DE SEGURIDAD el ejercicio de la conducci\u00f3n pol\u00edtica del esfuerzo nacional de polic\u00eda.<\/p>\n<p>Que la POLIC\u00cdA FEDERAL ARGENTINA tiene la funci\u00f3n de prevenir los delitos de competencia de la justicia federal, as\u00ed como practicar diligencias para asegurar su prueba, descubrir a los autores y part\u00edcipes y poner su resultado a disposici\u00f3n de la Justicia conforme a los deberes y atribuciones conferidos por el C\u00f3digo de Procedimiento en lo Criminal (art. 3\u00b0, Dto. Ley N\u00ba&nbsp;333\/1958).<\/p>\n<p>Que, por su parte, la Ley de Seguridad Aeroportuaria N\u00b0&nbsp;26.102 y sus modificatorias establecen que corresponde a la POLIC\u00cdA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA prevenir delitos e infracciones en el \u00e1mbito aeroportuario para llevar a cabo las acciones tendientes a impedirlos, evitarlos, obstaculizarlos o limitarlos (arts. 12\u00b0 y 13\u00b0).<\/p>\n<p>Que la Ley de GENDARMER\u00cdA NACIONAL N\u00b0&nbsp;19.349 y sus modificatorias determinan que dicha fuerza de seguridad tiene la funci\u00f3n de prevenir delitos e infracciones y que posee, para ello, funciones de polic\u00eda de prevenci\u00f3n en su respectiva jurisdicci\u00f3n (arts. 2\u00b0 y 3\u00b0).<\/p>\n<p>Que la Ley General de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA N\u00b0&nbsp;18.398 y sus modificatorias determinan que es la fuerza por la cual el Comando en Jefe de la Armada ejerce el servicio de polic\u00eda de seguridad de la navegaci\u00f3n y el servicio de polic\u00eda de seguridad y judicial, parcialmente, en la jurisdicci\u00f3n administrativa de la navegaci\u00f3n (art. 2).<\/p>\n<p>Que la Ley Org\u00e1nica del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL N\u00b0&nbsp;20.416 y sus modificatorias establecen que dicha fuerza tiene la funci\u00f3n de cooperar con otros organismos en la elaboraci\u00f3n de una pol\u00edtica de prevenci\u00f3n de la criminalidad (art. 5\u00b0, inc. f).<\/p>\n<p>Que la Decisi\u00f3n Administrativa N\u00ba&nbsp;340, del 16 de mayo de 2024, estableci\u00f3 que la DIRECCI\u00d3N DEL CIBERDELITO Y ASUNTOS CIBERN\u00c9TICOS, dependiente de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES, tiene como misi\u00f3n coordinar el esfuerzo nacional de polic\u00eda en materia de lucha contra el ciberdelito y las amenazas cibern\u00e9ticas, a trav\u00e9s del dise\u00f1o y de la elaboraci\u00f3n de las pol\u00edticas y programas de fortalecimiento en el \u00e1mbito de competencia del Ministerio, de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales para la investigaci\u00f3n y el abordaje de la ciberdelincuencia en el territorio nacional.<\/p>\n<p>Que, asimismo, la DIRECCI\u00d3N DE CIBERDELITO Y ASUNTOS CIBERN\u00c9TICOS tiene como una de sus principales acciones el desarrollo de las pol\u00edticas, normas, procedimientos e implantaci\u00f3n de sistemas para la conjuraci\u00f3n del ciberdelito y la seguridad de las infraestructuras cr\u00edticas de informaci\u00f3n y las comunicaciones del Ministerio, de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales en materia de su competencia.<\/p>\n<p>Que mediante la Resoluci\u00f3n del MINISTERIO DE SEGURIDAD N\u00ba&nbsp;977\/19 se aprob\u00f3 el Plan Federal de Prevenci\u00f3n de Delitos Tecnol\u00f3gicos y Ciberdelitos, actualizado por la Resoluci\u00f3n del MINISTERIO DE SEGURIDAD N\u00ba&nbsp;75\/2022 para los a\u00f1os 2021-2024, el cual establece los lineamientos y prioridades de las pol\u00edticas p\u00fablicas relacionadas con las responsabilidades referentes al ciberespacio que llevan adelante las acciones de fomento de capacidades, sobre la base de la coordinaci\u00f3n y cooperaci\u00f3n entre los organismos del sector p\u00fablico, el sector privado, las organizaciones no gubernamentales y las entidades acad\u00e9micas. Todo ello en el marco del respeto a los principios recogidos en la Constituci\u00f3n Nacional y a las disposiciones de los tratados y acuerdos internacionales a los que la REP\u00daBLICA ARGENTINA ha adherido.<\/p>\n<p>Que mediante la Resoluci\u00f3n de MINISTERIO DE SEGURIDAD N\u00b0&nbsp;19\/25 se cre\u00f3 en el \u00e1mbito de la UNIDAD DE GABINETE DE ASESORES del MINISTERIO DE SEGURIDAD el \u201cPROGRAMA DE FORTALECIMIENTO EN CIBERSEGURIDAD Y EN INVESTIGACION DEL CIBERCRIMEN (FORCIC)\u201d el cual tiene entre sus objetivos el incremento de las capacidades de prevenci\u00f3n, detecci\u00f3n y an\u00e1lisis de incidentes cibern\u00e9ticos, de las capacidades de prevenci\u00f3n, detecci\u00f3n e investigaci\u00f3n del ciberdelito, la ejecuci\u00f3n de todas las acciones conducentes a la mejora y perfeccionamiento de las tareas de investigaci\u00f3n de ciberdelitos y optimizaci\u00f3n de la ciberseguridad, as\u00ed como el incremento de la capacidad de respuesta en el marco de las actividades de investigaci\u00f3n de las \u00e1reas espec\u00edficas de ciberdelito dependientes de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.<\/p>\n<p>Que por Resoluci\u00f3n del MINISTERIO DE SEGURIDAD N\u00b0&nbsp;914\/2024 se cre\u00f3 el CENTRO DE SINERGIA CIBERN\u00c9TICA DE LAS FUERZAS POLICIALES Y DE SEGURIDAD FEDERALES (CS5) con la misi\u00f3n de analizar, investigar y prevenir delitos ciberasistidos.<\/p>\n<p>Que el vertiginoso avance de las tecnolog\u00edas digitales y el creciente uso de internet en todos los \u00e1mbitos de la vida cotidiana han generado nuevas formas de criminalidad tales como delitos ciberasistidos en los cuales las tecnolog\u00edas digitales son utilizadas como herramienta para cometer delitos tradicionales y delitos ciberdependientes, aquellos en los que el uso de tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y la comunicaci\u00f3n son el aspecto constitutivo y central de tales conductas, sin la cual no podr\u00edan realizarse.<\/p>\n<p>Que, asimismo, el crimen organizado ha evolucionado y utilizado las nuevas tecnolog\u00edas y la infraestructura digital para llevar a cabo actividades il\u00edcitas de manera m\u00e1s eficiente, encontrando en Internet un medio valioso para perpetrar delitos como el narcotr\u00e1fico, la trata de personas, el lavado de dinero y el tr\u00e1fico de armas, entre otros, lo que ha generado nuevas amenazas para la sociedad.<\/p>\n<p>Que, en este contexto, resulta necesario adoptar un enfoque integral, colaborativo y federal que permita articular los esfuerzos del Gobierno Nacional con los de las provincias y la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires a fin de promover un entorno seguro en el uso de las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y la comunicaci\u00f3n (TIC) y fortalecer las capacidades de prevenci\u00f3n e investigaci\u00f3n de los ciberdelitos.<\/p>\n<p>Que trabajar en la prevenci\u00f3n de los ciberdelitos resulta esencial para minimizar los impactos en la sociedad de tales conductas, dado que estos delitos no s\u00f3lo afectan a las personas, sino que tambi\u00e9n tienen un impacto negativo en empresas, instituciones p\u00fablicas y la infraestructura cr\u00edtica del pa\u00eds, lo que puede generar consecuencias graves para la seguridad nacional, la econom\u00eda y la confianza de la ciudadan\u00eda en el entorno digital.<\/p>\n<p>Que la ciberseguridad es un componente fundamental para la protecci\u00f3n de los sistemas digitales y la infraestructura cr\u00edtica del pa\u00eds, constituy\u00e9ndose en un elemento estrat\u00e9gico para el funcionamiento de este Ministerio.<\/p>\n<p>Que el ya mencionado uso generalizado de las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y la comunicaci\u00f3n (TIC) ha generado una dependencia de los sistemas inform\u00e1ticos y, al mismo tiempo, ha sido la gesti\u00f3n estrat\u00e9gica de la ciberseguridad un pilar que debe ser abordado de manera integral con la coordinaci\u00f3n de pol\u00edticas, medidas de protecci\u00f3n y protocolos de respuesta ante incidentes que garanticen la seguridad en el ciberespacio.<\/p>\n<p>Que la aprobaci\u00f3n de un PLAN FEDERAL DE PREVENCI\u00d3N DE CIBERDELITOS Y GESTI\u00d3N ESTRAT\u00c9GICA DE LA CIBERSEGURIDAD (2025 \u2013 2027) permitir\u00e1 fortalecer la respuesta del Estado Nacional frente a estos nuevos desaf\u00edos, as\u00ed como promover una cultura de ciberseguridad y protecci\u00f3n de las infraestructuras cibern\u00e9ticas que componen este Ministerio.<\/p>\n<p>Que la presente medida no implica erogaci\u00f3n presupuestaria alguna.<\/p>\n<p>Que el servicio de asesoramiento jur\u00eddico permanente de este Ministerio ha tomado la intervenci\u00f3n de su competencia.<\/p>\n<p>Que la suscripta resulta competente para el dictado de la presente medida en virtud de las facultades conferidas en el art\u00edculo 4\u00ba, inciso b), apartados 6 y 9 y art\u00edculo 22 bis de la Ley de Ministerios N\u00b0&nbsp;22.520 (T.O. 1992).<\/p>\n<p>Por ello,<\/p>\n<p>LA MINISTRA DE SEGURIDAD<\/p>\n<p>RESUELVE:<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 1\u00b0. Apru\u00e9bese el \u201cPLAN FEDERAL DE PREVENCI\u00d3N DE CIBERDELITOS Y GESTI\u00d3N ESTRAT\u00c9GICA DE LA CIBERSEGURIDAD (2025 \u2013 2027)\u201d obrante en el ANEXO (IF-2025-04008168-APN-DCYAC#MSG) que forma parte integrante de la presente Resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 2\u00b0. Instr\u00fayase a la DIRECCI\u00d3N DE CIBERDELITO Y ASUNTOS CIBERN\u00c9TICOS dependiente de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES de este Ministerio a coordinar y realizar las acciones necesarias a fin de lograr una implementaci\u00f3n transversal del \u201cPLAN FEDERAL DE PREVENCI\u00d3N DE CIBERDELITOS Y GESTI\u00d3N ESTRAT\u00c9GICA DE LA CIBERSEGURIDAD (2025 \u2013 2027)\u201d aprobado por la presente Resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 3\u00b0. \u2013 Instr\u00fayase a las \u00e1reas con competencia en la materia del Ministerio y de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales a participar y colaborar con la DIRECCI\u00d3N DE CIBERDELITO Y ASUNTOS CIBERN\u00c9TICOS dependiente de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES en aquellas acciones y medidas que resulten necesarias para la implementaci\u00f3n del \u201cPLAN FEDERAL DE PREVENCI\u00d3N DE CIBERDELITOS Y GESTI\u00d3N ESTRAT\u00c9GICA DE LA CIBERSEGURIDAD (2025 \u2013 2027)\u201d aprobado por la presente Resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>ARTICULO 4\u00b0. Invitase a las jurisdicciones provinciales y de la CIUDAD AUT\u00d3NOMA DE BUENOS AIRES a adherir al \u201cPLAN FEDERAL DE PREVENCI\u00d3N DE CIBERDELITOS Y GESTI\u00d3N ESTRAT\u00c9GICA DE LA CIBERSEGURIDAD (2025-2027)\u201d aprobado por la presente Resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>ARTICULO 5\u00b0. La presente medida entrar\u00e1 en vigor a partir de su publicaci\u00f3n en el BOLET\u00cdN OFICIAL DE LA REP\u00daBLICA ARGENTINA.<\/p>\n<p>ARTICULO 6\u00b0. Comun\u00edquese, publ\u00edquese, dese conocimiento a la DIRECCI\u00d3N NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y arch\u00edvese.<\/p>\n<p>Patricia Bullrich<\/p>\n<p><strong>N. de R.- Publicada en el Bolet\u00edn Oficial de la Naci\u00f3n N\u00b035.589 del 16 de enero de 2025.<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Permitir\u00e1 fortalecer la respuesta del Estado Nacional frente a los nuevos desaf\u00edos en la materia, as\u00ed como promover una cultura de ciberseguridad y protecci\u00f3n de las infraestructuras cibern\u00e9ticas. El objetivo general es garantizar, en la medida de lo t\u00e9cnico y jur\u00eddicamente posible, el uso seguro del ciberespacio para proteger los derechos y garant\u00edas reconocidos en [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":34005,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0},"categories":[21],"tags":[],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/34004"}],"collection":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=34004"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/34004\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/34005"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=34004"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=34004"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=34004"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}