{"id":31758,"date":"2024-11-21T11:23:00","date_gmt":"2024-11-21T11:23:00","guid":{"rendered":"https:\/\/comercioyjusticia.info\/?p=449667"},"modified":"2024-11-21T11:23:00","modified_gmt":"2024-11-21T11:23:00","slug":"corresponde-aplicar-el-anatocismo-en-las-deudas-de-valor-antes-de-su-cuantificacion-en-la-sentencia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/?p=31758","title":{"rendered":"Corresponde aplicar el anatocismo en las deudas de valor antes de su cuantificaci\u00f3n en la sentencia"},"content":{"rendered":"<div><img src=\"https:\/\/comercioyjusticia.info\/wp-content\/uploads\/2023\/10\/canos-rotos-jpg.webp\" class=\"ff-og-image-inserted\"><\/div>\n<p><em>As\u00ed lo dictamin\u00f3 el fiscal general adjunto, Pablo Bustos Fierro en una demanda en la que se reclamaba una indemnizaci\u00f3n por la rotura de ca\u00f1er\u00edas de agua.&nbsp; Record\u00f3 que el C\u00f3digo Civil y Comercial&nbsp; actual adopta un criterio m\u00e1s amplio en la regulaci\u00f3n de esta figura<\/em><\/p>\n<p>En un juicio de da\u00f1os y perjuicios en donde se reclamaba una indemnizaci\u00f3n por las roturas de ca\u00f1er\u00edas de agua que afectaron a una vivienda particular, la Fiscal\u00eda General dictamin\u00f3 en la c<strong>asaci\u00f3n interpuesta a fin de unificar criterio en relaci\u00f3n al art\u00edculo 770 inciso b del C\u00f3digo Civil y Comercial, a favor de la aplicaci\u00f3n del anatocismo en las obligaciones de valor, antes de la sentencia.<\/strong><\/p>\n<p>En concreto, lo que se debat\u00eda es la p<strong>osibilidad de capitalizar intereses en las obligaciones de valor -como lo es la indemnizaci\u00f3n de da\u00f1os y perjuicios<\/strong>-, cuando estas fueran demandadas judicialmente, desde la fecha de notificaci\u00f3n de la demanda.<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/comercioyjusticia.info\/wp-content\/uploads\/2024\/11\/La-Furia-Anatocismo.pdf\">En el dictamen<\/a> al que accedi\u00f3 <strong>Comercio y Justicia,<\/strong> el fiscal Adjunto Pablo Bustos Fierro, tras efectuar un repaso de las controversias existentes en la materia y de las distintas posturas que hay entre la doctrina, concluy\u00f3 en que<strong> es posible recurrir al mecanismo de anatocismo previsto en el art\u00edculo&nbsp; 770 inciso b del CCC, tanto para las obligaciones de dar sumas de dinero, como para las obligaciones de valor.<\/strong><\/p>\n<p>Para fundamentar su tesitura,<strong> el representante del Ministerio P\u00fablico Fiscal record\u00f3 la evoluci\u00f3n de la figura del anatocismo<\/strong>, un procedimiento de producci\u00f3n de intereses que peri\u00f3dicamente se va incorporando al capital para constituir la base de c\u00e1lculo de otros nuevos intereses, desde su primigenia regulaci\u00f3n hasta el d\u00eda de hoy.&nbsp; Explic\u00f3 que el C\u00f3digo Civil de V\u00e9lez Sarsfield estaba prohibido como regla, autoriz\u00e1ndose s\u00f3lo en dos supuestos determinados, y que<strong> el C\u00f3digo Civil y Comercial actualmente en vigor adopta un criterio m\u00e1s amplio en su regulaci\u00f3n,<\/strong> pues si bien mantiene la prohibici\u00f3n de capitalizar intereses como regla, r<strong>econoce cuatro excepciones en donde el anatocismo es expresamente autorizado.<\/strong><\/p>\n<p>Una de las excepciones, razona el Fiscal Adjunto, es la prevista en el art\u00edculo 770 inc. b), en donde el nuevo C\u00f3digo autoriza la capitalizaci\u00f3n por demanda judicial, desde la fecha de su notificaci\u00f3n. Sin embargo, como la norma no indica expresamente a qu\u00e9 tipo de obligaciones alcanza, parte de la doctrina restringe el inc. b) s\u00f3lo al caso de las deudas dinerarias, excluyendo su aplicaci\u00f3n a las denominadas deudas de valor, lo que genera el debate suscitado en la casaci\u00f3n objeto de pronunciamiento.<\/p>\n<p>As\u00ed, tras indagar en torno a ambas especies de obligaciones, parti\u00f3 de la base de que, conforme autoriza doctrina especializada, <strong>entre las obligaciones de valor y las de dinero no existe una diferencia ontol\u00f3gica que justifique un diferente r\u00e9gimen normativo, ya que en ambas se persigue la entrega de un valor representado por el dinero,<\/strong> cualquiera sea el origen de la deuda.<\/p>\n<p>Luego razon\u00f3 que procede la capitalizaci\u00f3n anticipada de intereses cuando se deduce una pretensi\u00f3n ante un tribunal por el cobro de una deuda tanto dineraria como de valor, supuesto en el cual la acumulaci\u00f3n opera desde la notificaci\u00f3n de la demanda, destacando que el inc. b) del art. 770 del CCC faculta la capitalizaci\u00f3n de los intereses desde el momento de la notificaci\u00f3n de la demanda, sin que la norma exija m\u00e1s recaudos para autorizar el anatocismo. Es decir, que este supuesto de anatocismo, de fuente legal, normativamente no se encuentra condicionado en su aplicaci\u00f3n a otro requisito m\u00e1s que lo que surge de la letra de la ley.<\/p>\n<p>Luego de ahondar en la argumentaci\u00f3n, consider\u00f3 v\u00e1lido concluir que las obligaciones de valor contempladas en el art. 772 del CCCN se encuentran comprendidas dentro del supuesto de capitalizaci\u00f3n de intereses que autoriza el art. 770 inc. b) del CCCN, inteligencia que por otra parte resulta coherente con un an\u00e1lisis literal y sistem\u00e1tico normativo, puesto que la ley, al regular sobre el mecanismo de capitalizaci\u00f3n previsto en el art. 770 inc. b no efect\u00faa distinci\u00f3n alguna en relaci\u00f3n al tipo de obligaci\u00f3n que resulta aplicable, dispositivo que, por otra parte, se encuentra contenido en un Par\u00e1grafo de Secci\u00f3n destinado a regular los dos tipos de obligaciones. De ah\u00ed que, en aplicaci\u00f3n del aforismo \u201cubi lex non distinguit, nec nos distinguere debemus\u201d, no corresponde establecer un criterio de distinci\u00f3n que la propia ley no contempla.<\/p>\n<p>Por todo ello, el Ministerio P\u00fablico concord\u00f3 con la interpretaci\u00f3n normativa que propicia la capitalizaci\u00f3n de intereses en los t\u00e9rminos del inciso b) del art. 770 del C\u00f3digo Civil y Comercial, ante obligaciones que suponen una deuda de valor, en el entendimiento de que es la postura que refleja la literalidad y el alcance sistem\u00e1tico de la ley.<\/p>\n<p>Ahora bien, aclar\u00f3 que a los fines de capitalizar no debe perderse de vista lo estatu\u00eddo por el art\u00edculo 771 del CCC para el caso de que la aplicaci\u00f3n del anatocismo conduzca a resultados excesivos, injustificados o desproporcionados, conforme expresamente lo dispone la norma aplicable.<\/p>\n<p>&nbsp;<em>DICTAMEN C N\u00b0 890 . AUTOS: \u201cLA FURIA, CARLOS ALEJANDRO Y OTROS C\/ AGUAS CORDOBESAS S.A. \u2013 ORDINARIO \u2013 DA\u00d1OS Y PERJ.- OTRAS FORMAS DE RESPONS. EXTRACONTRACTUAL- EXPEDIENTE N\u00ba 10384888<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>As\u00ed lo dictamin\u00f3 el fiscal general adjunto, Pablo Bustos Fierro en una demanda en la que se reclamaba una indemnizaci\u00f3n por la rotura de ca\u00f1er\u00edas de agua.&nbsp; Record\u00f3 que el C\u00f3digo Civil y Comercial&nbsp; actual adopta un criterio m\u00e1s amplio en la regulaci\u00f3n de esta figura En un juicio de da\u00f1os y perjuicios en donde [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":31759,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0},"categories":[21],"tags":[],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/31758"}],"collection":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=31758"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/31758\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/31759"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=31758"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=31758"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=31758"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}