{"id":28394,"date":"2024-08-23T20:27:00","date_gmt":"2024-08-23T20:27:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.iprofesional.com\/impuestos\/412148-afip-aclaro-dudas-sobre-blanqueo-bienes-personales"},"modified":"2024-08-23T20:27:00","modified_gmt":"2024-08-23T20:27:00","slug":"afip-aclaro-dudas-sobre-blanqueo-y-bienes-personales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/?p=28394","title":{"rendered":"AFIP aclar\u00f3 dudas sobre Blanqueo y Bienes Personales"},"content":{"rendered":"<div id>\n<p> Junto con la Direcci\u00f3n de Impuestos, dio detalles para despejar dudas sobre el r\u00e9gimen de exteriorizaci\u00f3n de activos y el pago adelantado del tributo <\/p>\n<p><strong>23\/08\/2024<\/strong> &#8211; 17:27hs<\/p>\n<div class=\"image-container img-wide padding-b\"> <picture><source media=\"(max-width:360px)\" srcset=\"https:\/\/resizer.iproimg.com\/unsafe\/360x\/filters:format(webp):quality(70)\/assets.iprofesional.com\/assets\/jpg\/2024\/08\/582576.jpg\" data-srcset=\"https:\/\/resizer.iproimg.com\/unsafe\/360x\/filters:format(webp):quality(70)\/assets.iprofesional.com\/assets\/jpg\/2024\/08\/582576.jpg\" class><source media=\"(max-width:430px)\" srcset=\"https:\/\/resizer.iproimg.com\/unsafe\/430x\/filters:format(webp):quality(70)\/assets.iprofesional.com\/assets\/jpg\/2024\/08\/582576.jpg\" data-srcset=\"https:\/\/resizer.iproimg.com\/unsafe\/430x\/filters:format(webp):quality(70)\/assets.iprofesional.com\/assets\/jpg\/2024\/08\/582576.jpg\" class><source media=\"(max-width:956px)\" srcset=\"https:\/\/resizer.iproimg.com\/unsafe\/640x\/filters:format(webp):quality(70)\/assets.iprofesional.com\/assets\/jpg\/2024\/08\/582576.jpg\" data-srcset=\"https:\/\/resizer.iproimg.com\/unsafe\/640x\/filters:format(webp):quality(70)\/assets.iprofesional.com\/assets\/jpg\/2024\/08\/582576.jpg\" class><img loading=\"lazy\" src=\"https:\/\/resizer.iproimg.com\/unsafe\/1280x\/filters:format(webp):quality(70)\/assets.iprofesional.com\/assets\/jpg\/2024\/08\/582576.jpg\" data-src=\"https:\/\/resizer.iproimg.com\/unsafe\/1280x\/filters:format(webp):quality(70)\/assets.iprofesional.com\/assets\/jpg\/2024\/08\/582576.jpg\" class alt=\"AFIP aclar\u00f3 dudas sobre Blanqueo y Bienes Personales: los puntos clave\" width=\"1280px\" height=\"720px\"> <\/picture> <\/div><\/div>\n<div readability=\"78.842143752612\">\n<p>Tras casi ocho meses del inicio de las llamadas &#8220;Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes&#8221;, y tropezando con las diferentes modificaciones en el texto de las medidas y las reiteradas pr\u00f3rrogas en los vencimientos, <a class=\"seo-advice\" href=\"https:\/\/www.iprofesional.com\/impuestos\/411933-afip-blanqueo-aclaran-dudas-y-zonas-grises\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">la Direcci\u00f3n Nacional de Impuestos y la AFIP, emitieron su postura sobre distintas dudas respecto del <\/a><strong><a class=\"seo-advice\" href=\"https:\/\/www.iprofesional.com\/impuestos\/411933-afip-blanqueo-aclaran-dudas-y-zonas-grises\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">R\u00e9gimen de Exteriorizaci\u00f3n de Activos<\/a> y racionadas sobre el pago adelantado de Bienes Personales.<\/strong>\n<\/p>\n<h2>AFIP aclar\u00f3 dudas sobre Blanqueo y Bienes Personales<\/h2>\n<p>Tanto el blanqueo como <a class=\"seo-advice\" href=\"https:\/\/www.iprofesional.com\/impuestos\/411938-afip-bienes-personales-aclaraciones-sobre-reibp\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">el pago de Bienes Personales anticipado<\/a>, son necesarios para el plan econ\u00f3mico del gobierno, que depende de lo que suceda en tres fechas futuras, que son muy importantes:\n<\/p>\n<ol>\n<li>El 30 de septiembre, cuando finalice el blanqueo de dinero, en el pa\u00eds y en el exterior, tiene que <strong>depositarse en una cuenta especial, para no pagar el impuesto del blanqueo.<\/strong><\/li>\n<li><strong>El 5 de noviembre, cuando se realicen las elecciones en <a class=\"seo-advice\" href=\"https:\/\/www.iprofesional.com\/economia\/412009-blanqueo-luis-caputo-apunta-bienes-argentinos-en-eeuu-y-clase-media\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">Estados Unidos<\/a><\/strong>, de las que probablemente dependa la actitud del Fondo hacia el pa\u00eds. En este caso, para un nuevo endeudamiento, ser\u00eda importante que requiera la aprobaci\u00f3n del Congreso.<\/li>\n<li><strong>El 22 de diciembre, momento que seg\u00fan la ley 27.541 caduca el impuesto PAIS,<\/strong> combinado a la prometida salida del CEPO y la brecha cambiaria que exista en ese momento. Para prorrogar el impuesto, que ahora no se coparticipa, se necesita de una ley y, si este fuera el caso, habr\u00e1 que ver las exigencias que pongan los legisladores provinciales.<\/li>\n<\/ol>\n<h2>Los puntos sobre el Blanqueo<\/h2>\n<p>La consulta realizada a la Direcci\u00f3n de Impuestos, dependiente del Ministerio de Econom\u00eda, est\u00e1 relacionada con los alcances del art\u00edculo 31 de la ley 27.743.\n<\/p>\n<p>Est\u00e1 referido a la tenencia del dinero en efectivo, en el pa\u00eds o en el exterior, depositado en una cuenta especial; el dinero depositado en cuentas bancarias del exterior que se transfiere al pa\u00eds deposit\u00e1ndolo en una cuenta especial y los fondos obtenidos por la venta de t\u00edtulos valores depositados en entidades del exterior, que es transferido a una cuenta especial en el pa\u00eds.\n<\/p>\n<p>Sobre este tema existen dos casos, dependiendo de si el importe regularizado supera o no los cien mil d\u00f3lares.\n<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Cuando las referidas tenencias no superen cien mil d\u00f3lares<\/strong>, se interpreta que los fondos deben permanecer depositados en una cuenta especial hasta el 30 de septiembre de 2024, inclusive, o afectarse hasta esa fecha, de forma total o parcial: a) al pago del impuesto especial de regularizaci\u00f3n y\/o su pago adelantado b) a las inversiones aprobadas por el Ministerio de Econom\u00eda y c) a operaciones onerosas debidamente documentadas. A partir del 1 de octubre de 2024, el dinero depositado podr\u00e1 retirarse sin tener la retenci\u00f3n del 5%.<\/li>\n<li><strong>Si se regularizan fondos por un importe total superior de cien mil d\u00f3lares<\/strong>, los fondos deben encontrarse depositados en una cuenta especial al 30 de septiembre de 2024, o afectarse hasta esa fecha, de forma total o parcial, al pago del Impuesto Especial de Regularizaci\u00f3n y\/o su pago adelantado; o a las inversiones aprobadas por el Ministerio de Econom\u00eda; o a transferencias a las cuentas especiales de terceros.<\/li>\n<\/ol>\n<p>En estos casos, desde el 1 de octubre de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2025, los fondos deber\u00e1n continuar depositados en la cuenta especial o afectarse a alguna de las inversiones autorizadas por el Ministerio de Econom\u00eda. <span>El dinero que se quiera retirar antes del 31 de diciembre de 2025, <strong>tendr\u00e1 una retenci\u00f3n del 5%. <\/strong>Desde el 1 de enero de 2026, se podr\u00e1n retirar los fondos sin quedar sujetos a retenci\u00f3n alguna.<\/span>\n<\/p>\n<h2>Las aclaraciones sobre Bienes Personales<\/h2>\n<p>En este caso, la opini\u00f3n fue dada por la Administraci\u00f3n Federal de Ingresos P\u00fablicos, a trav\u00e9s de consultas realizadas por los contribuyentes:\n<\/p>\n<ol>\n<li><strong>La adhesi\u00f3n al pago adelantado de Bienes Personales es optativa. <\/strong>Los que adhieran al REIBP por los bienes que no hubieran regularizado mediante el blanqueo, tambi\u00e9n deber\u00e1n hacerlo por los bienes declarados en la regularizaci\u00f3n. Es decir, la adhesi\u00f3n debe incluir la totalidad del patrimonio, sean bienes regularizados o no blanqueados.<\/li>\n<li>Para adherir al pago adelantado de los cinco a\u00f1os (sin blanqueo) o de cuatro a\u00f1os (para casos que se exterioricen activos) la condici\u00f3n es que <strong>haya impuesto determinado en el a\u00f1o 2023<\/strong>, al que luego podr\u00e1n descontarse los cr\u00e9ditos de los anticipos y las percepciones.<\/li>\n<li>Los que recuperen la residencia argentina, por el hecho de adherir al REIBP tendr\u00e1n que designar un responsable que los represente en el futuro.<\/li>\n<li><strong>Para adherir al pago anticipado de cinco a\u00f1os, debe hacerse un pago inicial, equivalente al 75% del impuesto<\/strong> determinado, con la tasa del 0,45% \u00f3 del 0,50% (sin blanqueo o con exteriorizaci\u00f3n, respectivamente) El pago del anticipo se calcula de la siguiente manera: se considerar\u00e1n los bienes existentes en el patrimonio del contribuyente al 31 de diciembre de 2023 (excepto acciones y participaciones que se declaren mediante el r\u00e9gimen sustitutivo), valu\u00e1ndolos de acuerdo a las reglas del impuesto sobre los bienes personales.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Con relaci\u00f3n a los siguientes activos exentos, solo ser\u00e1n restados del patrimonio gravado aquellos que se encontraban en el patrimonio del contribuyente antes del 10 de diciembre de 2023, inclusive:\n<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Los t\u00edtulos, bonos y dem\u00e1s t\u00edtulos valores<\/strong> emitidos por la Naci\u00f3n, las provincias, las municipalidades y la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires y los certificados de dep\u00f3sitos reprogramados. Fondos comunes de inversi\u00f3n, (inciso k)<\/li>\n<li><strong>Fideicomisos financieros (inciso k)<\/strong><\/li>\n<li><strong>Obligaciones negociables<\/strong> emitidas en moneda nacional<\/li>\n<li>Los instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a fomentar la inversi\u00f3n productiva 2. De ese resultado se resta el m\u00ednimo no imponible del gravamen ($ 100.000.000) y el valor de la casa habitaci\u00f3n hasta el l\u00edmite permitido ($ 350.000.000). El importe obtenido se multiplicar\u00e1 por 5 y a esa suma se le aplica la al\u00edcuota del 0,45%. Al importe obtenido se le restar\u00e1n los cr\u00e9ditos fiscales, anticipos, pagos a cuenta -incluyendo retenciones y percepciones sufridas- y saldos a favor de libre disponibilidad del impuesto sobre los bienes personales computables en el per\u00edodo fiscal 2023. Sobre el monto resultante se aplica la al\u00edcuota del 75% para determinar la suma a ingresar en concepto de pago inicial. El ingreso debe hacer hasta la fecha de vencimiento establecida para el pago del saldo de la declaraci\u00f3n jurada del impuesto sobre los bienes personales correspondiente al per\u00edodo fiscal 2023, mediante el procedimiento de transferencia electr\u00f3nica de fondos, a cuyo efecto se tiene que generar el VEP F.3343, desde el servicio denominado &#8220;R\u00e9gimen especial de ingreso de Bienes Personales (REIBP)&#8221;. Por los bienes incluidos en el blanqueo, se debe ingresar el pago inicial no inferior al 75 % del impuesto. A efectos de la determinaci\u00f3n del pago inicial se considerar\u00e1n, \u00fanicamente, los bienes regularizados en la tercera etapa del R\u00e9gimen de Regularizaci\u00f3n de Activos. La base imponible calculada, se multiplica por 4 y a ese importe se le aplicar\u00e1 la al\u00edcuota del 0,50%. Luego, se calcular\u00e1 el 75% de este \u00faltimo, obteniendo la suma a ingresar en concepto de pago inicial. El ingreso del pago inicial tiene que hacerse hasta el 31 de marzo de 2025, mediante el procedimiento de transferencia electr\u00f3nica de fondos. Si el pago del adelanto es inferior del 75% el contribuyente podr\u00e1 optar por mantenerse en el pago anticipado, abonando la diferencia con un incremento del 100% en el monto.<\/li>\n<li>En caso de fallecimiento del contribuyente, que adhiri\u00f3 al REIBP dentro de los per\u00edodos fiscales en que se considere sustituido el pago del impuesto sobre los bienes personales, <strong>la sucesi\u00f3n indivisa no deber\u00e1 tributar en esos per\u00edodos o hasta aquel en que se dicte la declaratoria de herederos<\/strong> o se declare v\u00e1lido el testamento que cumpla la misma finalidad, lo que ocurra primero. Dictada la declaratoria de herederos o declarado v\u00e1lido el testamento y hasta la fecha en que se apruebe la cuenta particionaria, solo los herederos que hubieran adherido al REIBP no deber\u00e1n tributar el impuesto sobre los bienes personales hasta el per\u00edodo fiscal 2027, sobre la parte proporcional que les corresponda, atribuible a los bienes del causante que hubiera adherido al REIBP.<\/li>\n<li>Para el pago de Bienes Personales por los bienes no incluidos en el r\u00e9gimen de regularizaci\u00f3n de activos, se podr\u00e1n computar cr\u00e9ditos fiscales, anticipos y pagos a cuenta del Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente al per\u00edodo fiscal 2023, incluidas las retenciones y percepciones sufridas y los saldos a favor de libre disponibilidad. Estos conceptos podr\u00e1n descontarse a los fines de la determinaci\u00f3n del pago inicial o pago final del impuesto.<\/li>\n<li>Los que manifestaron la opci\u00f3n de adhesi\u00f3n al REIBP deber\u00e1n presentar, hasta el 30 de septiembre de 2024, la declaraci\u00f3n jurada del REIBP mediante el formulario de declaraci\u00f3n jurada F. 3339, a trav\u00e9s del servicio &#8220;R\u00e9gimen especial de ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP)&#8221;, opci\u00f3n &#8220;Declaraci\u00f3n Jurada y pago&#8221;. Los que blanquearon activos y ejercieron la opci\u00f3n de adhesi\u00f3n al REIBP, deben presentar una declaraci\u00f3n jurada con la determinaci\u00f3n del impuesto correspondiente. La presentaci\u00f3n deber\u00e1 realizarse mediante el formulario de declaraci\u00f3n jurada F. 3341 REIBP R\u00c9GIMEN DE REGULARIZACI\u00d3N DE ACTIVOS, a trav\u00e9s del servicio &#8220;R\u00e9gimen especial de ingreso de Bienes Personales (REIBP)&#8221;, opci\u00f3n &#8220;REIBP para bienes regularizados&#8221;, hasta el 30 de abril de 2025.<\/li>\n<\/ol><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Junto con la Direcci\u00f3n de Impuestos, dio detalles para despejar dudas sobre el r\u00e9gimen de exteriorizaci\u00f3n de activos y el pago adelantado del tributo 23\/08\/2024 &#8211; 17:27hs Tras casi ocho meses del inicio de las llamadas &#8220;Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes&#8221;, y tropezando con las diferentes modificaciones en el texto de las medidas y las [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0},"categories":[17],"tags":[],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/28394"}],"collection":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=28394"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/28394\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=28394"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=28394"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=28394"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}