{"id":26099,"date":"2024-06-28T04:43:00","date_gmt":"2024-06-28T04:43:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.iprofesional.com\/impuestos\/408690-ganancias-bienes-personales-como-impactan-cambios-en-declaracion-jurada"},"modified":"2024-06-28T04:43:00","modified_gmt":"2024-06-28T04:43:00","slug":"se-aprobaron-cambios-en-ganancias-y-bienes-personales-y-esto-afecta-la-declaracion-de-2023-en-agosto-proximo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/?p=26099","title":{"rendered":"Se aprobaron cambios en Ganancias y Bienes Personales y esto afecta la declaraci\u00f3n de 2023 en agosto pr\u00f3ximo"},"content":{"rendered":"<p>El Congreso dio sanci\u00f3n definitiva a <a title=\"Diputados acordaron Ganancias y Bienes Personales: qu\u00e9 pasa con la deducci\u00f3n de cr\u00e9ditos hipotecarios\" href=\"https:\/\/www.iprofesional.com\/politica\/408713-que-cambia-con-la-ley-bases-y-el-primer-triunfo-de-javier-milei\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">cambios en los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales<\/a>. En el caso de Ganancias, ratific\u00f3 la vigencia del decreto de octubre pasado y ahora se<strong> podr\u00e1 presentar el SIRADIG y la declaraci\u00f3n jurada por 2023 sin tener que pagar impuesto en forma retroactiva<\/strong>. Tambi\u00e9n afecta la pr\u00f3xima declaraci\u00f3n de Bienes Personales de 2023.\n<\/p>\n<h2>Qu\u00e9 se establece sobre el Impuesto a las Ganancias de 2023<\/h2>\n<p><span>Se ratifican los importes de deducciones y la escala de al\u00edcuotas aplicados en el per\u00edodo fiscal 2023.<\/span>\n<\/p>\n<p>Esto quiere decir que queda firme un decreto, que si no se aprobaba por ley quedaba sin efecto, y que <strong>subi\u00f3 el m\u00ednimo del Impuesto a las Ganancias a 15 salarios m\u00ednimos vitales y m\u00f3viles (SMVM)<\/strong>.\n<\/p>\n<p>Si ese decreto de octubre de 2023 se ca\u00eda, <strong>los trabajadores iban a tener que pagar un plus de Impuesto a las Ganancias <\/strong>por el a\u00f1o pasado, en forma retroactiva.\n<\/p>\n<p><span>La AFIP acaba de prorrogar la presentaci\u00f3n del formulario de deducciones de Ganancias de los trabajadores SIRADIG hasta el 15 de julio, y directamente no se puede hacer, porque los empleadores tampoco tienen habilitada la declaraci\u00f3n jurada (F1357).<\/span>\n<\/p>\n<p>El empleado necesita que la empresa le pase esa declaraci\u00f3n jurada con las retenciones que le practic\u00f3 durante el a\u00f1o, para poder completar el SIRADIG.\n<\/p>\n<p>De la misma manera y dado que las <a title=\"Impuesto a las Ganancias: as\u00ed caer\u00e1n salarios de bolsillo con la reforma de Diputados\" href=\"https:\/\/www.iprofesional.com\/impuestos\/408275-impuesto-ganancias-diputados-bajan-salarios-de-bolsillo\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">disposiciones de la ley de Ganancias<\/a> tienen efecto para el corriente per\u00edodo fiscal, se establece que las <strong>modificaciones establecidas por la ley no generar\u00e1n un incremento del gravamen por los meses ya transcurridos del 2024<\/strong>, a trav\u00e9s del mecanismo de una &#8220;deducci\u00f3n especial&#8221; creada al efecto.\n<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, <strong>se elimina el Impuesto Cedular<\/strong> sobre los mayores ingresos del trabajo en relaci\u00f3n de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio.\n<\/p>\n<div class=\"imagen\" readability=\"7\"><img loading=\"lazy\" class=\"lazyload\" src=\"https:\/\/assets.iprofesional.com\/assets\/jpg\/2024\/06\/577197.jpg\" alt=\"La ley confirma el decreto de 2023 y evita el pago retroactivo de Ganancias\" width=\"1280\" height=\"720\"><\/p>\n<p>La ley confirma el decreto de 2023 y evita el pago retroactivo de Ganancias<\/p>\n<\/div>\n<h2>Cu\u00e1l es el m\u00ednimo de Ganancias que fija el proyecto<\/h2>\n<p><strong>Se establecen nuevos pisos<\/strong> a partir de los cuales se tributar\u00e1 el <a title=\"Impuesto a las Ganancias: cu\u00e1les son los 12 beneficios clave que se suprimen con el proyecto fiscal\" href=\"https:\/\/www.iprofesional.com\/impuestos\/403766-impuesto-ganancias-12-beneficios-que-elimina-proyecto-fiscal\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">Impuesto a las Ganancias<\/a>. <span>En el caso de asalariados, ser\u00e1 de $1.800.000 y $2.300.000 de salario bruto para trabajadores solteros o casados con dos hijos, respectivamente<\/span>, indica Andr\u00e9s Edelstein, del estudio Edelstein, Mariscal, Torassa &amp; Asoc.\n<\/p>\n<p><strong>Restando los descuentos por aportes previsionales con un promedio de 17%<\/strong>, el m\u00ednimo para empezar a pagar Impuesto a las Ganancias queda en $1.494.000,20 para solteros. Y en $1.981.277,44 para casados con dos hijos.\n<\/p>\n<p>Para los trabajadores en relaci\u00f3n de dependencia, las <strong>deducciones personales<\/strong> son como siguen, precisa Edelstein:\n<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Ganancia no imponible<\/strong>: $3.091.035<\/li>\n<li><strong>C\u00f3nyuge:<\/strong> $2.911.135<\/li>\n<li><strong>Hijo:<\/strong> $1.468.096<\/li>\n<li><strong>Deducci\u00f3n Especial Relaci\u00f3n de Dependencia<\/strong>: $14.836.968<\/li>\n<li><strong>Deducci\u00f3n Especial Adicional por SAC<\/strong>: se a\u00f1adir\u00e1 una doceava parte de la suma de las deducciones antes mencionadas<\/li>\n<\/ul>\n<h2>C\u00f3mo es la nueva escala de Ganancias en las medidas fiscales<\/h2>\n<p><span>Se establece una nueva escala de al\u00edcuotas para las personas humanas que va del 5% al 35%, d\u00e1ndole una mayor progresividad al esquema<\/span>, explica Edelstien.\n<\/p>\n<p>La <strong>tasa m\u00e1xima del 35%<\/strong> se aplicar\u00e1 a partir de una ganancia neta imponible anual de $36.450.000.\n<\/p>\n<p>Los importes de las deducciones personales y los consignados en la escala de al\u00edcuotas s<strong>e actualizar\u00e1n anualmente por IPC<\/strong>.\n<\/p>\n<p>No obstante, <strong>se faculta al PEN a incrementar los importes durante el corriente per\u00edodo fiscal 2024<\/strong>.\n<\/p>\n<h2>Qu\u00e9 fija el proyecto para los beneficios en el impuesto<\/h2>\n<p><span>Se eliminan diversas exenciones relativas a determinados conceptos que perciben los asalariados: diferencial de horas extras en d\u00edas feriados o no laborables, bono por productividad, fallo de caja o similares, suplementos particulares del personal militar, sueldo anual complementario. En este \u00faltimo caso se la reemplaza por una deducci\u00f3n especial adicional<\/span>, puntualiza Edelstein.\n<\/p>\n<p>Con el fin de evitar desigualdades y tratamientos no equitativos, se establece nuevamente que no resultar\u00e1n aplicables las disposiciones contenidas en ning\u00fan tipo de normas o convenios colectivos que establezcan la exenci\u00f3n, desgravaci\u00f3n, exclusi\u00f3n, reducci\u00f3n o la deducci\u00f3n, total o parcial, de materia imponible del impuesto, a\u00f1ade.\n<\/p>\n<p>Por otra parte, <strong>se elimina el incremento del 22% de las deducciones personales<\/strong> para empleados en relaci\u00f3n de dependencia que trabajen y jubilados que vivan en las provincias o partido considerados como zona desfavorable (La Pampa, R\u00edo Negro, Chubut, Neuqu\u00e9n, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Ant\u00e1rtida e Islas del Atl\u00e1ntico Sur y el partido de Patagones de la provincia de Buenos Aires), se\u00f1ala.\n<\/p>\n<div class=\"imagen\" readability=\"7\"><img loading=\"lazy\" class=\"lazyload\" src=\"https:\/\/assets.iprofesional.com\/assets\/jpg\/2024\/03\/568982.jpg\" alt=\"La nueva ley elimina varias deducciones como horas extras o bono de productividad\" width=\"1280\" height=\"720\"><\/p>\n<p>La nueva ley elimina varias deducciones como horas extras o bono de productividad<\/p>\n<\/div>\n<h2>Cu\u00e1l es la baja de Bienes Personales para 2023<\/h2>\n<p>La <a title=\"Bienes Personales: cu\u00e1nto ahorra la clase media si se aprueba el paquete fiscal en Diputados\" href=\"https:\/\/www.iprofesional.com\/impuestos\/408502-impuesto-bienes-personales-diputados-ahorro-clase-media\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">ley del Impuesto sobre los Bienes Personales<\/a> aplica <strong>al\u00edcuotas m\u00e1ximas de 1,5% en 2023 a 0,25% en 2027, tanto para bienes en el pa\u00eds como en el exterior.<\/strong>\n<\/p>\n<p><span>Como la al\u00edcuota para 2023 iba de 1,25% para bienes en el pa\u00eds y de 2,25% en el exterior, los contribuyentes con activos de los dos tipos tendr\u00e1n una fuerte disminuci\u00f3n de Bienes Personales por el per\u00edodo que se declarar\u00e1 en agosto.<\/span>\n<\/p>\n<p><strong>Para el per\u00edodo fiscal 2023<\/strong>, adem\u00e1s, la reforma que aprob\u00f3 en su momento a la C\u00e1mara de Diputados, sube el m\u00ednimo no imponible del Impuesto sobre los Bienes Personales a $100 millones, y el de la casa habitaci\u00f3n a $350 millones.\n<\/p>\n<p>Para el <strong>beneficio que se otorga a contribuyentes cumplidores, se resta de la al\u00edcuota general un 0,25%<\/strong> para los per\u00edodos 2023, 2024 y 2025.\n<\/p>\n<p>Para poder ser considerado contribuyente cumplidor, se debe haber presentado las declaraciones juradas e ingresado el impuesto antes del 31 de diciembre 2023, de los per\u00edodos fiscales 2020, 2021 y 2022.\n<\/p>\n<h2>C\u00f3mo quedan las al\u00edcuotas de Bienes Personales<\/h2>\n<p><span>Para las contribuyentes del r\u00e9gimen general, la tasa m\u00e1xima se fija en 1,5%, y para los buenos cumplidores, 1%.<\/span>\n<\/p>\n<p><strong>Para 2024<\/strong>, las tablas de al\u00edcuotas quedan como sigue:\n<\/p>\n<p>R\u00e9gimen general: 0,5% a 1,25%.\n<\/p>\n<p>Contribuyente cumplidor: 0% hasta 0,75%\n<\/p>\n<p><strong>Para 2025<\/strong>, las al\u00edcuotas para el Impuestos sobre los Bienes Personales son las siguientes:\n<\/p>\n<p>R\u00e9gimen general: 0,5% a 1%.\n<\/p>\n<p>Contribuyente cumplidor: 0% a 0,50%.\n<\/p>\n<p><strong>Para el a\u00f1o 2026<\/strong>, se pagar\u00e1 Bienes Personales con las siguientes al\u00edcuotas:\n<\/p>\n<p>R\u00e9gimen general: 0,5% a 0,75%.\n<\/p>\n<p>Contribuyente cumplidor: 0% a 0,25%.\n<\/p>\n<p><strong>En el caso del per\u00edodo 2027<\/strong>, las al\u00edcuotas son 0,25% para el r\u00e9gimen general y los contribuyentes cumplidores.\n<\/p>\n<div class=\"imagen\" readability=\"8\"><img loading=\"lazy\" class=\"lazyload\" src=\"https:\/\/assets.iprofesional.com\/assets\/jpg\/2024\/04\/572512.jpg\" alt=\"En Biene sPersonales, bajan las al\u00edcuotas para bienes en el pa\u00eds y en el exterior\" width=\"1280\" height=\"720\"><\/p>\n<p>En Biene sPersonales, bajan las al\u00edcuotas para bienes en el pa\u00eds y en el exterior<\/p>\n<\/div>\n<h2>C\u00f3mo es el r\u00e9gimen anticipado de Bienes Personales<\/h2>\n<p><span>El contador Juan Carlos Nicolini enumera las principales caracter\u00edsticas del r\u00e9gimen de adelanto de Bienes Personales (REIBP)<\/span>, en el Ciclo Anual de Actualidad Tributaria&#8221; organizado por la Universidad del Salvador (USAL) y el Estudio Bertazza, Nicolini, Corti y Asociados, Nicolini, tal como sigue:\n<\/p>\n<p>1. El REIBP <strong>permite pagar por adelantado los 5 per\u00edodos<\/strong> que van de 2023 a 2027\n<\/p>\n<p>2. El<strong> plazo para ejercer la opci\u00f3n<\/strong> para bienes declarados es al 31 julio prorrogable 30 de septiembre, que seguramente se prorrogar\u00e1.\n<\/p>\n<p>El plazo de la opci\u00f3n para quienes ingresen al blanqueo es m\u00e1s extendido, ya que llega al 30 de abril del 2025, coincidiendo con la fecha tope del blanqueo.\n<\/p>\n<p>3. <span>La base para bienes declarados son los de la declaraci\u00f3n jurada de multiplicada por 5.<\/span>\n<\/p>\n<p>Para calcular la base imponible debe tenerse en cuenta la deducci\u00f3n de la casa habitaci\u00f3n, que pasa de $136 millones a $350 millones, y el m\u00ednimo, que sube de $27 millones a $100 millones.\n<\/p>\n<p>4. La<strong> al\u00edcuota el 0,45%<\/strong> para los bienes que se ven\u00edan declarando y, para los blanqueados, esa tasa es 0,50%.\n<\/p>\n<p>5. <strong>Pago inicial de 75%<\/strong> sobre bienes declarados, pero esto no incluye los bienes blanqueados. La fecha la fijar\u00e1 la reglamentaci\u00f3n y ser\u00e1 anterior a la declaraci\u00f3n.\n<\/p>\n<p>6. <span>Un anticipo para los regularizados en fecha distinta por los vencimientos del blanqueo.<\/span>\n<\/p>\n<p>7. Habr\u00e1 dos declaraciones juradas, una para cada caso, en fecha a fijar por la reglamentaci\u00f3n.\n<\/p>\n<p>8. <strong>Estabilidad fiscal hasta 2038<\/strong>, que se convierte en un derecho adquirido para quienes adhieren al REIBP.\n<\/p>\n<p>De esta manera, los diputados dieron sanci\u00f3n definitiva a los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, con importantes consecuencias para las declaraciones juradas de 2023.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Congreso dio sanci\u00f3n definitiva a cambios en los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. En el caso de Ganancias, ratific\u00f3 la vigencia del decreto de octubre pasado y ahora se podr\u00e1 presentar el SIRADIG y la declaraci\u00f3n jurada por 2023 sin tener que pagar impuesto en forma retroactiva. 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