{"id":22941,"date":"2020-03-26T13:20:07","date_gmt":"2020-03-26T13:20:07","guid":{"rendered":"https:\/\/camcomcba.com.ar\/?p=4908"},"modified":"2020-03-26T13:20:07","modified_gmt":"2020-03-26T13:20:07","slug":"la-ccc-acompana-y-adhiere-a-las-propuestas-que-realizo-cac-a-afip","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/?p=22941","title":{"rendered":"La CCC acompa\u00f1a y adhiere a las propuestas que realiz\u00f3 CAC a AFIP"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" width=\"1280\" height=\"720\" src=\"http:\/\/economiapoliticacba.com\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/la-ccc-acompana-y-adhiere-a-las-propuestas-que-realizo-cac-a-afip.jpg\" class=\"imgres wp-post-image\" alt decoding=\"async\" fetchpriority=\"high\" srcset=\"http:\/\/economiapoliticacba.com\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/la-ccc-acompana-y-adhiere-a-las-propuestas-que-realizo-cac-a-afip.jpg 1280w, http:\/\/economiapoliticacba.com\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/la-ccc-acompana-y-adhiere-a-las-propuestas-que-realizo-cac-a-afip-1.jpg 320w, http:\/\/economiapoliticacba.com\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/la-ccc-acompana-y-adhiere-a-las-propuestas-que-realizo-cac-a-afip-2.jpg 640w, http:\/\/economiapoliticacba.com\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/la-ccc-acompana-y-adhiere-a-las-propuestas-que-realizo-cac-a-afip-3.jpg 768w\" sizes=\"(max-width: 1280px) 100vw, 1280px\"><small class=\"text-right\">26\/03\/2020<\/small> <\/p>\n<hr>\n<p><small><\/small><\/p>\n<hr>\n<p>A ra\u00edz de las dificultades econ\u00f3micas que viven las empresas en general y, en particular las Pymes, debido a la imposibilidad de abrir sus cajas por las medidas de aislamiento social preventivo y obligatorio, la <strong>C\u00e1mara Argentina de Comercio y Servicios (CAC)<\/strong> present\u00f3 a la <strong>AFIP<\/strong> una serie de propuestas con la finalidad de atenuar el impacto en las empresas y contribuyentes en general, as\u00ed como posibilitarles el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.<\/p>\n<p>En tal sentido, la <strong>C\u00e1mara de Comercio de C\u00f3rdoba<\/strong> <strong>(CCC) <\/strong>adhiere al pedido y aboga para que el Gobierno contin\u00fae acompa\u00f1ando a los diferentes sectores de la econom\u00eda nacional en pos de que el impacto negativo que deban afrontar sea el menor posible.<\/p>\n<p>Medidas sugeridas:<\/p>\n<p><strong><u>Declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales de personas humanas<\/u><\/strong><strong>.<\/strong><\/p>\n<p>La AFIP mediante la R.G. 4686 extendi\u00f3 el plazo para presentar el F572 web de 2019 hasta el 30\/4\/2020 y para entregar los F.1357 hasta el 31\/5\/2020, lo que nuestra Entidad considera muy apropiado, pero ante dichas pr\u00f3rrogas es necesario que se extienda el plazo para el vencimiento de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales hasta el mismo d\u00eda actualmente establecido del segundo mes posterior al levantamiento general de la cuarentena.<\/p>\n<p><strong><u>R\u00e9gimen de moratoria Ley 27541.<\/u><\/strong><\/p>\n<p>Sobre este punto la CAC sugiere:<\/p>\n<p>La extensi\u00f3n del plazo de adhesi\u00f3n hasta el 31\/5\/2020.<\/p>\n<p>Que las obligaciones incluidas en el r\u00e9gimen sean las que hayan tenido vencimiento hasta el 24\/3\/2020.<\/p>\n<p>Incluir los anticipos entre las obligaciones susceptibles de ser regularizadas.<\/p>\n<p>Admitir la adhesi\u00f3n con la condici\u00f3n de potencial PYME otorgada por la AFIP, d\u00e1ndose a la adhesi\u00f3n el car\u00e1cter de solicitud de inscripci\u00f3n en el registro de empresas PYME.<\/p>\n<p><strong><u>Beneficios PYME<\/u><\/strong><strong>.<\/strong><\/p>\n<p>Se debe con car\u00e1cter excepcional mantener los beneficios PYME para empresas que por razones de fuerza mayor incurran en incumplimientos impositivos formales y \/o materiales durante el plazo de la cuarentena y el mes posterior a su finalizaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>&nbsp;<\/strong><\/p>\n<p><strong><u>R\u00e9gimen de facilidades de pago especial para empresas no PYME.<\/u><\/strong><\/p>\n<p>Consideramos necesario que se emita y publique a la mayor brevedad posible un r\u00e9gimen de facilidades de pago con iguales condiciones que la moratoria excepto la condonaci\u00f3n de multas y parcial de intereses para las empresas y dem\u00e1s contribuyentes no incluidos en el r\u00e9gimen establecido por la ley 27541.<\/p>\n<p><strong><u>Impuestos sobre los bienes personales. Repatriaci\u00f3n de fondos del exterior.<\/u><\/strong><\/p>\n<p>Reiteramos la solicitud efectuada al Sr. Ministro de Econom\u00eda Lic. Mart\u00edn Guzm\u00e1n por nota del 18\/03\/2020 de que se extienda el plazo por lo menos hasta el 30\/4\/2020, de no extenderse la cuarentena obligatoria dispuesta por el Poder Ejecutivo, tanto para ingresar fondos del exterior como para el ingreso del \u201cPago a Cuenta establecido por la R.G.(AFIP) N\u00b0 4673\u201d.<\/p>\n<p>Asimismo, es necesario que se flexibilice la forma de ingresar los fondos ante las dificultades para abrir las cuentas especiales establecidas al efecto por el Banco Central de la Rep\u00fablica Argentina, y ordenar y canalizar las transferencias, proponemos a tal fin que se admita la transferencia desde entidades de inversi\u00f3n (y no solo desde cuentas bancarias) y que puedan ser destinadas a cuentas ya existentes, sin perjuicio de su posterior transferencia a las cuentas especiales, en todos los casos siempre que est\u00e9 asegurada la trazabilidad del curso de los fondos.<\/p>\n<p>Al mismo tiempo, y con la misma finalidad de crear las condiciones para un mayor \u00e9xito del r\u00e9gimen de repatriaci\u00f3n, creemos que lo har\u00eda m\u00e1s atractivo agregar nuevas opciones de inversi\u00f3n de los fondos repatriados, que podr\u00edan consistir en la compra de inmuebles y bienes muebles registrables, y\/o la suscripci\u00f3n de nuevas emisiones de acciones o participaciones en el capital de sociedades constituidas en el pa\u00eds, y\/o la emisi\u00f3n de un nuevo t\u00edtulo p\u00fablico denominado en moneda extranjera y con la facultad de ser aplicado a su vencimiento al pago de impuestos.<\/p>\n<p><strong>&nbsp;<\/strong><\/p>\n<p><strong><u>Presentaciones <\/u><\/strong><strong><u>Digitales \u2013 RG 4685 \u2013&nbsp;Necesidad de incluir dentro de su alcance los tr\u00e1mites referidos a la&nbsp;Solicitud de Transferencia. Aplicaci\u00f3n de importes transferidos. &nbsp;\u2013 RG 2000\/06 art.<em>&nbsp;<\/em>31.<\/u><\/strong><\/p>\n<p>La AFIP mediante la R.G 4685 ampli\u00f3 el alcance de las presentaciones a realizarse de modo obligatorio a trav\u00e9s del servicio \u201cPresentaciones Digitales\u201d hasta el 30 de junio 2020, lo que nuestra Entidad considera muy apropiado. No obstante, dicho servicio no ha sido previsto para la totalidad de los tr\u00e1mites.&nbsp; En particular solicitamos&nbsp;Incluir dentro del art\u00edculo 1 de la RG 4685\/20, la utilizaci\u00f3n del servicio \u201cpresentaciones digitales\u201d para la siguiente presentaci\u00f3n\/tramite:&nbsp;Solicitud de Transferencia. Aplicaci\u00f3n de importes transferidos. &nbsp;\u2013 RG 2000\/06 art. 31.&nbsp;Solicitamos adem\u00e1s la eximici\u00f3n de la certificaci\u00f3n de la firma ante Escribano Publico, en aquellos formularios que as\u00ed lo requieren (Ej. Anexo VIII inc b) RG 2000\/06 \u2013 art. 31 2\u00ba p\u00e1rrafo).<\/p>\n<p><strong><u>Medidas para preservar el capital de trabajo de las empresas.<\/u><\/strong><\/p>\n<p>A fin de atenuar las serias dificultades que atraviesan las empresas, en particular las PYME, y disminuir el riesgo de ruptura de la cadena de pagos, proponemos:<\/p>\n<p>Otorgar al contribuyente que registre saldos a favor impositivos Nacionales o previsionales, e impulsar medidas similares para los niveles Provinciales y Municipales o previsionales, la posibilidad de su c\u00f3mputo contra otros impuestos o recursos de la Seguridad Social del respectivo nivel de Gobierno, mediante la puesta en pr\u00e1ctica de la cuenta \u00fanica tributaria.<\/p>\n<p>Autorizar a las empresas que registran p\u00e9rdidas, utilizar el cr\u00e9dito de impuesto a los d\u00e9bitos y cr\u00e9ditos en cuentas bancarias para el pago del saldo de declaraciones juradas del impuesto al valor agregado (IVA) o de los recursos de la Seguridad Social.<\/p>\n<p>Suspender la aplicaci\u00f3n de reg\u00edmenes de retenci\u00f3n y percepci\u00f3n impositivos Nacionales, o, al menos, atenuaci\u00f3n de al\u00edcuotas, e impulsar similares acciones ante los Gobiernos Locales (provinciales y municipales).<\/p>\n<p>Reducci\u00f3n de al\u00edcuotas de contribuciones de la seguridad social para las horas extras que deba realizar el personal de las actividades autorizadas a trabajar durante la cuarentena (parcialmente ya dispuesto por el Poder Ejecutivo).<\/p>\n<p>Disponer de oficio la conversi\u00f3n de quebrantos impositivos en un bono electr\u00f3nico compensable con obligaciones impositivas o de la Seguridad Social.<\/p>\n<p>Modificar el r\u00e9gimen de anticipos del impuesto a las ganancias para sujetos empresa: \u2013 Eliminando el primer anticipo del 25% del impuesto del ejercicio anterior por once anticipos iguales del 9% de dicho importe. \u2013 Admitiendo transitoriamente aplicar el r\u00e9gimen opcional de estimaci\u00f3n del resultado para el c\u00e1lculo de anticipos desde el primero de ellos.<\/p>\n<p>R\u00e9gimen permanente de planes de facilidades de pago.<\/p>\n<p>Transitoriamente eliminar todo l\u00edmite a la cantidad de planes que pueda solicitar un contribuyente y reducir sustancialmente las tasas de inter\u00e9s de financiaci\u00f3n para las cuotas que venzan durante el per\u00edodo de emergencia sanitaria y seis meses posteriores.<\/p>\n<p>Asimismo, a continuaci\u00f3n, se detallan las <strong>medidas solicitadas al Sr. Ministro de Desarrollo Productivo Lic. Mat\u00edas Kulfas<\/strong> con fecha 16\/03\/2020.<\/p>\n<p><strong>En materia tributaria<\/strong>:<\/p>\n<p>Dictar medidas que contemplen el diferimiento de los plazos de presentaci\u00f3n de las diferentes obligaciones de informaci\u00f3n, declaraciones juradas y requerimientos fiscales en los tres niveles jurisdiccionales (**).<\/p>\n<p>Instrumentar financiamiento de pago de obligaciones tributarias para los casos de disminuci\u00f3n de actividad (medida en moneda constante).<\/p>\n<p>Considerar especialmente la situaci\u00f3n del sector salud (*).<\/p>\n<p>Otorgar tratamiento especial que evite las caducidades de planes de pago.<\/p>\n<p>Simplificar el acogimiento a los planes vigentes en cuanto a plazos y anticipos.<\/p>\n<p>Implementar la cuenta \u00fanica tributaria permitiendo la compensaci\u00f3n de saldos de origen impositivo con obligaciones de la seguridad social y viceversa.<\/p>\n<p>Suspender toda medida cautelar que afecte la liquidez y el capital de trabajo empresario (**).<\/p>\n<p>Postergar los plazos para adherir a la moratoria para empresas PYME Ley 27541 y los correspondientes al r\u00e9gimen de repatriaci\u00f3n de fondos del exterior Ley 27541 y Decretos 99 y 116\/2020.<\/p>\n<p>Revisar los niveles de derechos de exportaci\u00f3n en el caso de productos que hayan sufrido la ca\u00edda de sus cotizaciones internacionales.<\/p>\n<p><strong>En materia previsional<\/strong>:<\/p>\n<p>Suspender la medida que impide el otorgamiento de cr\u00e9ditos a los contribuyentes que tengan mora con el sistema.<\/p>\n<p>Autorizar el pago de las declaraciones juradas de aportes y contribuciones de la seguridad social en tres cuotas iguales distribuidas a lo largo del mes siguiente al que se liquida sin intereses.<\/p>\n<p>(*) Ya realizado.<\/p>\n<p>(**) Ya realizado para una franja de contribuyentes o determinadas obligaciones seg\u00fan corresponda.<\/p>\n<p><strong>&nbsp;<\/strong><\/p>\n<p>Por otra parte, se <strong>reiteran las sugerencias remitidas oportunamente a la Sra. Administradora Federal de Ingresos P\u00fablicos Lic. Mercedes Marc\u00f3 del Pont<\/strong>.<\/p>\n<p><strong>Resoluci\u00f3n General N\u00b0 4540.<\/strong><\/p>\n<p>Esta Resoluci\u00f3n General que regula la emisi\u00f3n de notas de cr\u00e9dito y de d\u00e9bito tiene gran impacto en la operaci\u00f3n de las empresas y comienza a regir el pr\u00f3ximo 01\/04\/2020.<\/p>\n<p>Por ello, es que proponemos se eval\u00fae la postergaci\u00f3n de su entrada en vigencia por 120 d\u00edas contados desde el fin del per\u00edodo de cuarentena obligatorio, plazo que estimamos posibilitar\u00e1 las adecuaciones y pruebas requeridas y la superaci\u00f3n en alguna medida de las restricciones que origina la situaci\u00f3n imperante.<\/p>\n<p><strong>Certificados de no retenci\u00f3n y no percepci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>Solicitamos la extensi\u00f3n de oficio por 30 d\u00edas de la vigencia de todos los certificados de no retenci\u00f3n y percepci\u00f3n que caducan durante los pr\u00f3ximos 30 d\u00edas, sin requerir tr\u00e1mite o gesti\u00f3n alguna, tambi\u00e9n ante la dificultad para la realizaci\u00f3n de tr\u00e1mites por las empresas, a\u00fan por medios inform\u00e1ticos, ante las restricciones existentes por la emergencia sanitaria.<\/p>\n<hr>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>26\/03\/2020 A ra\u00edz de las dificultades econ\u00f3micas que viven las empresas en general y, en particular las Pymes, debido a la imposibilidad de abrir sus cajas por las medidas de aislamiento social preventivo y obligatorio, la C\u00e1mara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) present\u00f3 a la AFIP una serie de propuestas con la finalidad de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":22942,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0},"categories":[17,19],"tags":[],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/22941"}],"collection":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=22941"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/22941\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/22942"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=22941"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=22941"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=22941"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}