{"id":22756,"date":"2024-04-10T16:16:00","date_gmt":"2024-04-10T16:16:00","guid":{"rendered":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/?p=22756"},"modified":"2024-04-10T16:16:00","modified_gmt":"2024-04-10T16:16:00","slug":"los-alcances-del-decreto-que-liberaliza-el-mercado-de-las-tic","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/?p=22756","title":{"rendered":"Los alcances del decreto que liberaliza el mercado de las TIC"},"content":{"rendered":"<div><img src=\"http:\/\/economiapoliticacba.com\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/los-alcances-del-decreto-que-liberaliza-el-mercado-de-las-tic.jpg\" class=\"ff-og-image-inserted\"><\/div>\n<p><strong>Las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y la comunicaci\u00f3n ya no son un servicio p\u00fablico. <\/strong><mark class=\"marker-yellow\">La \u00fanica excepci\u00f3n es el viejo, y casi inexistente, tel\u00e9fono fijo.<\/mark> Un nuevo decreto de necesidad y urgencia lo ha establecido. Concretamente, el DNU 302\/24, publicado hoy en el Bolet\u00edn Oficial.&nbsp;\n<\/p>\n<p><strong>La norma deroga el famoso y controvertido DNU 690\/20, dictado por el expresidente Alberto Fern\u00e1ndez en plena pandemia del Covid-19.<\/strong> M\u00e1s all\u00e1 de tratarse de dos normas absolutamente contradictorias, ambas comparten un elemento en com\u00fan: <mark class=\"marker-yellow\">soslayaron la participaci\u00f3n del Congreso.<\/mark>\n<\/p>\n<p>En el \u00e1mbito de las telecomunicaciones existen, b\u00e1sicamente, <strong>dos corrientes ideol\u00f3gicas<\/strong> que parten de un diagn\u00f3stico compartido, que es la necesidad de extender la conectividad a los distintos sectores de la sociedad. Todos los analistas advierten los problemas derivados de la desigualdad en el acceso a las TIC y sus consecuencias sociales, culturales, econ\u00f3micas y pol\u00edticas.\n<\/p>\n<p>En efecto, en nuestro pa\u00eds existe una notoria desigualdad en la asequibilidad de estos servicios. <strong>Por citar un solo caso, en la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires el acceso a Internet fijo supera el 122%<\/strong> mientras que en Formosa, Santiago del Estero o Corrientes, <mark class=\"marker-yellow\">menos del 50% de los hogares est\u00e1n conectados a esa red. Adem\u00e1s, en estas zonas tiene lugar una baja velocidad de los servicios.<\/mark>\n<\/p>\n<p>Estas circunstancias llevan a los diferentes especialistas a sostener la necesidad de garantizar el m\u00e1s amplio acceso posible a las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n, sobre todo a los sectores m\u00e1s postergados y vulnerables. <strong>Masificar la conectividad es el objetivo a alcanzar.<\/strong>\n<\/p>\n<p>Sin perjuicio de ello, tiene lugar una fuerte discrepancia a la hora de ofrecer soluciones a este problema. <strong>Por un lado, est\u00e1n quienes asignan al Estado un rol central en materia de comunicaciones. <\/strong>Esta concepci\u00f3n ideol\u00f3gica est\u00e1 materializada en el DNU 690\/20, que categoriza como servicio p\u00fablico, esencial y estrat\u00e9gico en competencia a los servicios de TIC. As\u00ed como la luz, el gas y el agua eran los tradicionales servicios p\u00fablicos del pasado, las telecomunicaciones e Internet son los servicios p\u00fablicos del siglo XXI, afirman desde este sector.&nbsp;\n<\/p>\n<p>Por otro lado, adoptando una postura opuesta, se encuentran aquellos que sostienen que alcanzar una masificaci\u00f3n de la conectividad requiere el dise\u00f1o de un esquema institucional que aliente la competencia y promueva el desarrollo y las innovaciones tecnol\u00f3gicas. Esta postura es reflejada por el DNU 302\/24. <strong>El ejemplo m\u00e1s paradigm\u00e1tico es la telefon\u00eda m\u00f3vil, que alcanz\u00f3 una penetraci\u00f3n superior al 100% de los habitantes en un esquema competitivo. Para qu\u00e9 se necesita consagrarlo como servicio p\u00fablico, si ya se logr\u00f3 la universalidad con la competencia, se preguntan desde este sector ideol\u00f3gico.<\/strong>\n<\/p>\n<p>M\u00e1s all\u00e1 de estas diferencias antag\u00f3nicas, representadas por los mencionados decretos, ambas normas coinciden en dejar de lado al Parlamento.<strong> El expresidente Ra\u00fal Alfons\u00edn sol\u00eda decir que la democracia es el fondo y tambi\u00e9n las formas, adoptando una postura que consideraba que la legitimidad \u00e9tica de este sistema radica en que las reglas del juego son decididas por el pueblo, a trav\u00e9s de sus representantes electos.<\/strong> No era casual que el jurista preferido de Alfons\u00edn fuera Carlos Nino, quien, precisamente, sosten\u00eda una concepci\u00f3n deliberativa de la democracia.\n<\/p>\n<p>Pero la necesidad de que sea el Congreso quien regule los servicios p\u00fablicos no solo es importante por razones de dise\u00f1o institucional. Tambi\u00e9n lo es desde lo econ\u00f3mico y empresarial. En efecto, el desarrollo de las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y la comunicaci\u00f3n requiere grandes inversiones y planes empresariales a largo plazo y ello demanda reglas claras, transparentes y, sobre todo, seguras y estables en el tiempo. Algo que, por cierto, no ofrece un decreto de necesidad y urgencia.\n<\/p>\n<p><strong>El DNU 690\/20 fue sometido a un extenso y complejo proceso de judicializaci\u00f3n en donde intervienen diferentes juzgados de primera instancia y c\u00e1mara de apelaciones de todo el pa\u00eds, que han dictado sentencias contradictorias.<\/strong> Muchas de ellas han objetado la norma, y un argumento com\u00fan de esos fallos ha sido que el art\u00edculo 42 de la Constituci\u00f3n Nacional exige que los marcos regulatorios de los servicios p\u00fablicos sean elaborados por una ley del Parlamento. Precisamente, este argumento podr\u00eda caberle tambi\u00e9n al DNU 302\/24, que se limit\u00f3 a fundamentar su dictado en &#8220;Que la situaci\u00f3n de urgencia y necesidad descripta hace imposible seguir el tr\u00e1mite normal para la sanci\u00f3n de las leyes&#8221;. M\u00e1s all\u00e1 de lo que puedan decir al respecto los jueces que deban considerar el DNU 302\/24, otra imprevisibilidad acecha al mercado de las TIC: que un nuevo gobierno de un signo opuesto vuelva a recategorizar a estos servicios.&nbsp;\n<\/p>\n<p>En este orden de ideas, <strong>resulta necesario que el Poder Ejecutivo remita al Parlamento un proyecto de ley sobre esta tem\u00e1tica.<\/strong> Puede ser dentro de la denominada Ley \u00d3mnibus o una propuesta espec\u00edfica. Tambi\u00e9n puede provenir de una iniciativa de los propios legisladores. Es probable que recurrir al Congreso pueda resultar un tr\u00e1mite engorroso, lento y complejo pero, indudablemente, m\u00e1s democr\u00e1tico y seguro para todos.&nbsp; <\/p>\n<link rel=\"stylesheet\" type=\"text\/css\" href=\"https:\/\/optin.myperfit.com\/res\/css\/eleconomista\/L9AMyzp3.css\">\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y la comunicaci\u00f3n ya no son un servicio p\u00fablico. La \u00fanica excepci\u00f3n es el viejo, y casi inexistente, tel\u00e9fono fijo. Un nuevo decreto de necesidad y urgencia lo ha establecido. 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