{"id":19683,"date":"2024-01-05T10:06:00","date_gmt":"2024-01-05T10:06:00","guid":{"rendered":"https:\/\/comercioyjusticia.info\/?p=384483"},"modified":"2024-01-05T10:06:00","modified_gmt":"2024-01-05T10:06:00","slug":"idesa-la-ley-omnibus-deberia-suprimir-retenciones-bancarias-de-impuestos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/?p=19683","title":{"rendered":"IDESA: la \u201cley \u00f3mnibus\u201d deber\u00eda suprimir retenciones bancarias de impuestos"},"content":{"rendered":"<p><img src=\"https:\/\/comercioyjusticia.info\/wp-content\/uploads\/2023\/08\/tarjetas-de-credito-jpg.webp\"><\/p>\n<div><img src=\"https:\/\/comercioyjusticia.info\/wp-content\/uploads\/2023\/08\/tarjetas-de-credito-jpg.webp\" class=\"ff-og-image-inserted\"><\/div>\n<p>El <strong>Instituto de Desarrollo Social Argentino (IDESA)<\/strong> advirti\u00f3 que una de las principales distorsiones del sistema tributario argentino son los reg\u00edmenes de pago anticipado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que act\u00faan mediante retenciones sobre pagos hechos con transferencias bancarias, tarjetas de d\u00e9bito y cr\u00e9dito y billeteras virtuales. Recalc\u00f3 que<strong> promueven el uso de dinero en efectivo, un mecanismo de pagos ineficiente<\/strong>, y generan evasi\u00f3n impositiva.<\/p>\n<p>En esa l\u00ednea, sobre la <strong>\u201cley \u00f3mnibus\u201d <\/strong>que present\u00f3 el Gobierno nacional, que aborda el tema en el art\u00edculo 213 con el fin de eximir de las retenciones bancarias a los peque\u00f1os contribuyentes, estim\u00f3 que el planteo es parcial porque beneficiar\u00eda a un universo relativamente bajo de personas; es decir, deja en pie gran parte del esquema.<\/p>\n<p>El IDESA tambi\u00e9n asever\u00f3 que<strong> otra \u201cdebilidad\u201d de la iniciativa es que son altas las probabilidades de que las provincias, que usan las retenciones bancarias para recaudar Ingresos Brutos, cuestionen el art\u00edculo.<\/strong><\/p>\n<p>Consign\u00f3 que, seg\u00fan datos oficiales, para las provincias se observa que: del total de&nbsp; impuestos, el 78% se recauda con Ingresos Brutos; que del total de Ingresos Brutos, el 57% se obtiene por reg\u00edmenes de retenci\u00f3n y que dentro del 57% de \u00e9stos, 36 puntos porcentuales son retenci\u00f3n mandadas a hacer a los bancos, tarjetas y billeteras virtuales.<\/p>\n<p>\u201cEstos datos muestran que los reg\u00edmenes de retenciones bancarias son muy importantes para las provincias. De manera sint\u00e9tica, aproximadamente 1 de cada 3 pesos de Ingresos Brutos se recauda a trav\u00e9s de retenciones sobre movimientos bancarios, tarjetas y billeteras virtuales\u201d, resalt\u00f3.<\/p>\n<p><strong>El IDESA afirm\u00f3 que los n\u00fameros son \u201cevidencia contundente\u201d de que es previsible un fuerte rechazo a la limitaci\u00f3n de su uso y que, si se aprueba el art\u00edculo tal como est\u00e1 redactado, es muy probable que se generen litigios.<\/strong><\/p>\n<p>\u201cEl Congreso tiene la oportunidad de hacer un aporte muy positivo para el desenvolvimiento de la econom\u00eda mejorando el dise\u00f1o de la norma\u201d, enfatiz\u00f3 el instituto.<\/p>\n<p>Expuso que el objetivo deber\u00eda ser que el sistema de pagos no sea distorsionado por mecanismos que lo usan para adelantar el cobro de impuestos y que para ello <strong>\u201cse deber\u00eda establecer expresamente que bancos, tarjetas de cr\u00e9dito y billeteras virtuales no pueden ser obligados a aplicar retenciones de impuestos\u201d.<\/strong><\/p>\n<p>Bajo esa premisa, asever\u00f3 que el impacto inmediato \u201cser\u00e1 un gran alivio administrativo y financiero para los contribuyentes y una reducci\u00f3n de la evasi\u00f3n impositiva porque espont\u00e1neamente se tender\u00e1 a usar menos los pagos en efectivo\u201d.<\/p>\n<p>\u201cPara que el planteo sea atractivo para las provincias, junto con la <strong>prohibici\u00f3n de las retenciones bancarias<\/strong>, es necesario que la AFIP celebre convenios de colaboraci\u00f3n para integrar la recaudaci\u00f3n del IVA con el Impuesto a los Ingresos Brutos. Este cobro integrado es operativamente factible y permitir\u00e1 mejorar ostensiblemente los niveles de cumplimiento\u201d, sum\u00f3.<\/p>\n<p><strong>\u201cPromoviendo el uso de dinero digital, la AFIP y las provincias pasan a disponer de mejor informaci\u00f3n de los pagos lo que posibilita ampliar la base imponible tanto del IVA como de Ingresos Brutos. Para las provincias es la oportunidad de aumentar la recaudaci\u00f3n dejando de aplicar simult\u00e1neamente retenciones bancarias\u201d, agreg\u00f3 el IDESA en el informe que difundi\u00f3.<\/strong><\/p>\n<p>\u201cSi el Congreso aplica algunos ajustes sobre su redacci\u00f3n, <strong>eliminando todas las retenciones <\/strong>y promoviendo la integraci\u00f3n de Ingresos Brutos con IVA, se podr\u00e1 avanzar de manera m\u00e1s ambiciosa en la promoci\u00f3n del uso del dinero digital sin entrar en conflicto con las provincias. El resultado ser\u00e1 un sistema tributario m\u00e1s emp\u00e1tico con los ciudadanos y con menores niveles de evasi\u00f3n\u201d, cerr\u00f3.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Instituto de Desarrollo Social Argentino (IDESA) advirti\u00f3 que una de las principales distorsiones del sistema tributario argentino son los reg\u00edmenes de pago anticipado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que act\u00faan mediante retenciones sobre pagos hechos con transferencias bancarias, tarjetas de d\u00e9bito y cr\u00e9dito y billeteras virtuales. 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