{"id":11427,"date":"2023-06-09T22:07:10","date_gmt":"2023-06-09T22:07:10","guid":{"rendered":"https:\/\/comercioyjusticia.info\/?p=357101"},"modified":"2023-06-09T22:07:10","modified_gmt":"2023-06-09T22:07:10","slug":"el-poder-judicial-difundio-registros-de-productividad-del-ano-2022","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/?p=11427","title":{"rendered":"El Poder Judicial difundi\u00f3 registros de productividad del a\u00f1o 2022"},"content":{"rendered":"<div><img src=\"https:\/\/comercioyjusticia.info\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/Tribunales-1.jpg\" class=\"ff-og-image-inserted\"><\/div>\n<p><strong>Abarca la cumplida por las diferentes secretar\u00edas y relator\u00edas de salas y por el pleno del Tribunal Superior de Justicia durante el per\u00edodo anual comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022<\/strong><\/p>\n<p><strong>Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de C\u00f3rdoba<\/strong><\/p>\n<p><strong>Acuerdo Reglamentario N\u00b0 1807 \u2013 Serie: \u201cA\u201d<\/strong><\/p>\n<p>En la ciudad de CORDOBA, 06\/06\/2023, bajo la presidencia de su titular, Dr. Domingo Juan SESIN, se reunieron los Sres. vocales del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Dres. A\u00edda Luc\u00eda Teresa TARDITTI, Luis Enrique RUBIO, M. de las Mercedes BLANC G. DE ARABEL, Mar\u00eda Marta C\u00c1CERES DE BOLLATI, Sebasti\u00e1n Cruz L\u00d3PEZ PE\u00d1A y Luis Eugenio ANGULO, con la asistencia del Sr. Administrador General del Poder Judicial, Dr. Luis Mar\u00eda SOSA LANZA CASTELLI, y acordaron lo siguiente:&nbsp;<\/p>\n<p>VISTO:&nbsp;<\/p>\n<p>Que el TSJ, mediante el Acuerdo Reglamentario n. 1763, serie \u201cA\u201d (16 de junio de 2022), difundi\u00f3 la actividad jurisdiccional desplegada por las diferentes secretar\u00edas y relator\u00edas de las salas y por el pleno del TSJ, durante el ciclo abarcado entre el 1 de mayo del a\u00f1o 2021 y el 30 de abril de 2022, como as\u00ed tambi\u00e9n la ensayada por el per\u00edodo anual comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021 (cfr. el art. 1, AR, TSJ, n.\u00b0 1763\/2022, serie \u201cA\u201d). A partir del mencionado acuerdo se dej\u00f3 sin efecto el relevamiento de la productividad por ciclo bianual y, en su reemplazo, se implement\u00f3 un criterio de productividad peri\u00f3dica, por a\u00f1o calendario. Por ende, all\u00ed mismo fueron asumidos los compromisos de productividad para el per\u00edodo anual 2022 (cfr. el art. 2, AR, TSJ, n.\u00b0 1763\/2022, serie \u201cA\u201d). En tales condiciones, corresponde difundir los registros de la productividad cumplida por el TSJ entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del a\u00f1o 2022. Esto, en pos de ratificar la pertinencia de los objetivos trazados para mejorar la transparencia y eficacia del Poder Judicial, reducir los plazos de resoluci\u00f3n de los procesos y promover mayor certidumbre a justiciables y litigantes, entre otros.&nbsp;<\/p>\n<p>Y CONSIDERANDO:&nbsp;<\/p>\n<p>I. Contribuye a las finalidades se\u00f1aladas que el TSJ difunda la actividad desarrollada, durante el per\u00edodo anual 2022, en ejercicio de su funci\u00f3n jurisdiccional. Con tal prop\u00f3sito, se relevar\u00e1n los registros de la actividad jurisdiccional llevada adelante durante el aludido per\u00edodo, como as\u00ed tambi\u00e9n la informaci\u00f3n acerca de si se alcanzaron (o no) las proyecciones de productividad comprometidas para el lapso en cuesti\u00f3n y, al final, se explicitar\u00e1n las metas de productividad por seguir en el a\u00f1o 2023. Cabe recalcar algunas precisiones acerca de los est\u00e1ndares de carga utilizados. As\u00ed, es posible diferenciar entre las causas ingresadas en el per\u00edodo objeto de relevamiento (en cada una de las secretar\u00edas de las salas y del pleno del TSJ) y las resoluciones dictadas a trav\u00e9s de ellas. Se aclara que estas pueden comprender causas ingresadas en a\u00f1os anteriores. Por otra parte, se emplea la denominaci\u00f3n \u201ccausas ingresadas\u201d y no la de \u201crecursos y\/o pretensiones de competencia originaria\u201d, porque, en definitiva, estos \u00faltimos pueden ser m\u00e1s de uno en algunas de las causas relevadas. Luego, dentro de la categor\u00eda resoluciones dictadas se distinguen las sentencias y autos que resuelven recursos y\/o pretensiones de competencia originaria de aquellos que se expiden sobre otros asuntos; entre estos \u00faltimos, se encuentran perenciones de instancia, desistimientos, aclaratorias, reposiciones, regulaciones de honorarios, incidentes de ejecuci\u00f3n, pr\u00f3rrogas de prisiones preventivas, entre otros. Igualmente, con el objetivo de visibilizar la complejidad de las causas ingresadas para conocimiento y resoluci\u00f3n de este TSJ, se ha determinado la cantidad de recursos y\/o pretensiones de competencia originaria por cada causa ingresada, al igual que las clases y cantidad especificada de aqu\u00e9llos. Tambi\u00e9n se ha discriminado la cantidad de resoluciones dictadas durante el per\u00edodo anual en cada una de las causas en las que se emitieron. Esto, con el fin de identificar el n\u00famero total de aquellas causas en las que fueron pronunciadas una o m\u00e1s resoluciones. Cabe aclarar que estas pueden comprender causas ingresadas en a\u00f1os anteriores al 2022. Asimismo, procede precisar que la sustanciaci\u00f3n procesal de una parte significativa de las causas ingresadas se encuentra sujeta a la aplicaci\u00f3n del principio dispositivo. En esos casos, esto tiene implicancias en la medida en que la tramitaci\u00f3n y finalizaci\u00f3n (de las causas) depende del impulso de las partes.&nbsp;<\/p>\n<p>II. A trav\u00e9s de las secretar\u00edas de las salas en lo Civil y Comercial, Contencioso Administrativa, Laboral y Penal, as\u00ed como de la del pleno (Electoral y de Competencia Originaria), durante el per\u00edodo anual 2022 (comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022), ingresaron 3.265 causas al TSJ y fueron dictadas 4.017 resoluciones. Dentro de estas \u00faltimas, corresponde distinguir aquellas que resolvieron recursos y\/o pretensiones de competencia originaria y que ascienden a 3.495 resoluciones, de las que se pronunciaron acerca de otros asuntos: 522 resoluciones. Los datos rese\u00f1ados permiten corroborar que, pese a la paridad en el ingreso de causas durante los a\u00f1os 2021 y 2022 (esto es, 3263 y 3265 causas, respectivamente), se advierte que, durante el per\u00edodo anual 2022, se pronunciaron 203 resoluciones m\u00e1s. Ello representa un incremento del 5,05 % respecto de la totalidad de las dictadas durante el a\u00f1o 2021 (3814 resoluciones). En tal sentido, a fin de una mayor especificidad y precisi\u00f3n se explicita la informaci\u00f3n en el cuadro 1 del anexo \u00fanico del presente. A su turno, con arreglo a lo advertido en el punto n.\u00b0 I del presente, se detalla la relaci\u00f3n entre causas ingresadas en 2022 y las clases y cantidad de recursos y\/o pretensiones de competencia originaria, desagregando a la derecha las categor\u00edas de los recursos de los que se componen conforme se precisa en el cuadro 2 del anexo \u00fanico del presente: Luego, corresponde exponer la cantidad de resoluciones dictadas y desagregadas por cada una de las causas en las que se pronunciaron. Esto, con el objetivo de visibilizar dichas cantidades por cada expediente, como as\u00ed tambi\u00e9n especificar el n\u00famero total de aquellas causas en las que fueron emitidas una o m\u00e1s resoluciones conforme se precisa en el cuadro 3 del anexo \u00fanico del presente.&nbsp;<\/p>\n<p>III. En relaci\u00f3n con las proyecciones de productividad fijadas por el Acuerdo n.\u00ba 1763, serie \u201cA\u201d (16\/6\/2022), para el per\u00edodo anual 2022, y lo efectivamente logrado, a continuaci\u00f3n, se informa sobre las causas proyectadas y\/o la estimaci\u00f3n acerca de ellas por cada sala y por el pleno del TSJ.&nbsp;<\/p>\n<p>1) En la Sala Civil y Comercial, se establecieron como objetivos:&nbsp;<\/p>\n<p>a. Protocolizar, hasta el 31 de agosto del 2022, la totalidad (100 %) de las causas ingresadas en el a\u00f1o 2021.&nbsp;<\/p>\n<p>b. Avanzar con las causas ingresadas en el a\u00f1o 2022, priorizando las que revisten car\u00e1cter precedente y\/o urgente. La meta de productividad programada respecto de las causas correspondientes al a\u00f1o 2021 ha sido alcanzada en su totalidad (100 %), debido a que, a la fecha de corte, se protocolizaron 133 causas en las que se resolvieron 152 recursos y\/o pretensiones. El mismo porcentaje (100 %) se alcanz\u00f3 respecto de las causas ingresadas en el a\u00f1o 2022, con preferencia, por su car\u00e1cter urgente. Esto, dado que se dict\u00f3 resoluci\u00f3n en 200 causas de ese tipo, en las que se hab\u00edan deducido 229 recursos y\/o pretensiones. Por lo restante, se impone remarcar lo siguiente. En el per\u00edodo en cuesti\u00f3n se dictaron 332 resoluciones, que corresponden a recursos y\/o pretensiones, pero tambi\u00e9n se han emitido 61 resoluciones m\u00e1s, aunque sobre otros asuntos (p. ej., cuestiones sobre aclaratorias [19], perenci\u00f3n de instancia [10], medidas cautelares [9], regulaci\u00f3n de honorarios [7], desistimientos [5], etc.). De este modo, a lo largo del intervalo anual, se han pronunciado 393 resoluciones. Inclusive, durante el a\u00f1o 2022, se proyectaron y protocolizaron en el \u00e1mbito de la Secretar\u00eda 82 resoluciones. Esto representa el 20,86 % de las resoluciones dictadas por la Sala. As\u00ed, se ha mantenido el porcentaje comprometido por dicha Secretar\u00eda. En suma, los niveles de cumplimiento autorizan a reputar satisfechos los objetivos de productividad programados. A la vez, se ha reducido notablemente el estado de pendencia de las causas m\u00e1s antiguas, como as\u00ed tambi\u00e9n de aquellas que impon\u00edan atenci\u00f3n prioritaria.&nbsp;<\/p>\n<p>2) En la Sala Contenciosa Administrativa, el objetivo fue el siguiente: Proyectar la totalidad (100 %) de las causas ingresadas hasta el 31\/12\/2021. Se ha avanzado significativamente en la meta concerniente a las causas ingresadas hasta el 31\/12\/2021. En efecto, del total de lo pautado (235 causas y 279 recursos y\/o pretensiones), se resolvieron 215, en las que se articularon 248 recursos y\/o pretensiones. Por ende, se alcanz\u00f3 en un 91 % el objetivo de protocolizar tales causas. Adem\u00e1s, a la fecha de corte, se encontraban proyectadas 14 causas m\u00e1s, en las que se dedujeron 21 recursos y que representan un 6 % de avance sobre el objetivo aludido. Por esta v\u00eda, el cumplimiento equivale al 97 %. Tambi\u00e9n se registraron avances relevantes respecto de las causas ingresadas en el a\u00f1o 2022, con preferencia, por su car\u00e1cter urgente. La totalidad (100 %) de ellas (38 causas, con 39 recursos y\/o pretensiones) fue protocolizada a la fecha de cierre del per\u00edodo. Igualmente, se cumpli\u00f3 en su totalidad (100 %) con la remisi\u00f3n a la Secretar\u00eda de los proyectos de causas ingresadas hasta el 31\/12\/2020 (24 causas, con 33 recursos y\/o pretensiones). Por \u00faltimo, merece subrayarse que, dentro del lapso anual de relevamiento, se protocolizaron 263 resoluciones que corresponden a recursos y\/o pretensiones, sin perjuicio de que tambi\u00e9n se dictaron 45 resoluciones m\u00e1s acerca de otros asuntos (p. ej., desistimientos [15], regulaci\u00f3n de honorarios [9], aclaratorias [8], medidas cautelares [2], etc.). En definitiva, se protocolizaron 308 resoluciones a lo largo del a\u00f1o 2022. Consecuentemente, los niveles de cumplimiento que autorizan a reputar satisfechos los objetivos de productividad programados. A la vez, se ha reducido notablemente el estado de pendencia de las causas m\u00e1s antiguas, como as\u00ed tambi\u00e9n de aquellas que impon\u00edan atenci\u00f3n prioritaria&nbsp;<\/p>\n<p>3) En la Sala Laboral, los objetivos por cumplir fueron los siguientes:&nbsp;<\/p>\n<p>a. Protocolizar, hasta diciembre de 2022, la totalidad (100 %) de los recursos pendientes de los a\u00f1os 2017 y 2018.&nbsp;<\/p>\n<p>b. Protocolizar, hasta diciembre de 2022, la totalidad (100 %) de los recursos pendientes del a\u00f1o 2019.&nbsp;<\/p>\n<p>c. Protocolizar, hasta diciembre de 2022, el 75 % de los recursos pendientes del a\u00f1o 2020.&nbsp;<\/p>\n<p>d. Proyectar todas las causas ingresadas en los a\u00f1os 2021 y 2022 que sean urgentes o con trascendencia institucional. Con relaci\u00f3n a los recursos pendientes que corresponden a los a\u00f1os 2017 y 2018, se ha cumplido en su totalidad (100 %) la meta de productividad. Ello, como consecuencia de haberse dictado resoluci\u00f3n en 28 causas en las que se articularon 29 recursos y\/o pretensiones (representativos del 5 % del remanente pendiente, al cierre del a\u00f1o 2021, en este tramo de productividad). Luego, la meta de productividad tambi\u00e9n se alcanz\u00f3 en su totalidad (100 %) respecto de los recursos ingresados en el a\u00f1o 2019. En efecto, se resolvieron 684 causas (con 710 recursos y\/o pretensiones) y no se registra pendencia alguna al respecto. Lo \u00faltimo ha supuesto la clausura de lo que estaba pendiente de las causas ingresadas en los a\u00f1os 2017, 2018 y 2019. Esto, a su vez, se suma al cierre durante el a\u00f1o 2021 del remanente hist\u00f3rico del per\u00edodo 2011 2016 (cfr. el AR, TSJ, n.\u00b0 1763\/2022, serie \u201cA\u201d). Asimismo, se progres\u00f3 con el objetivo fijado con relaci\u00f3n a los recursos pendientes del a\u00f1o 2020. En efecto, hasta la fecha de corte, se resolvieron 743 causas, en las que se dedujeron 797 recursos y\/o pretensiones (equivalente al 75 % de la meta en cuesti\u00f3n). As\u00ed, la pendencia qued\u00f3 reducida a un 25 % (es decir, 244 causas en las que se interpusieron 283 recursos). Finalmente, en orden a las causas con prioridades en raz\u00f3n de la urgencia y\/o trascendencia institucional, entradas en los a\u00f1os 2021 y 2022, se avanz\u00f3 en un 100 %. Esto supone 113 causas en las que se han articulado 113 recursos.&nbsp;<\/p>\n<p>Por lo restante, durante el a\u00f1o 2022, se dictaron 1.869 resoluciones, que resolvieron recursos y\/o pretensiones. Adem\u00e1s, se emitieron 72 resoluciones sobre otros asuntos, a saber: p. ej., desistimientos [33], aclaratorias [33], incidentes [5], entre otros. Por ende, se protocolizaron 1.941 resoluciones durante el per\u00edodo en cuesti\u00f3n. En definitiva, se advierte que la cantidad de resoluciones dictadas aument\u00f3 un 40%. Ello, dado que, a lo largo del a\u00f1o 2022, se pronunciaron 555 resoluciones m\u00e1s. Tambi\u00e9n cabe ponderar que, del total de 1.862 causas con proyectos remitidas por la Relator\u00eda en el a\u00f1o 2022, 795 fueron elaboradas a partir de un modelo de trabajo en equipo, formado con personal de la Secretar\u00eda y bajo coordinaci\u00f3n de la Relator\u00eda. Por consiguiente, se constata el cumplimiento de los objetivos de productividad establecidos y la consecuente reducci\u00f3n de la pendencia de las causas m\u00e1s antiguas, as\u00ed como de las que demandaban atenci\u00f3n prioritaria.&nbsp;<\/p>\n<p>4) En la Sala Penal, se establecieron estos objetivos:&nbsp;<\/p>\n<p>a. Proyectar el 3 % pendiente de las causas ingresadas en el a\u00f1o 2019, de tal modo de resolver el 100 % de las causas ingresadas en ese a\u00f1o.&nbsp;<\/p>\n<p>b. Proyectar hasta el 75 % de las causas ingresadas en el a\u00f1o 2020.&nbsp;<\/p>\n<p>c. Proyectar hasta el 50 % de las causas ingresadas en el a\u00f1o 2021.&nbsp;<\/p>\n<p>d. Proyectar el 20 % de de las causas que ingresen en 2022 y que tengan car\u00e1cter prioritario y\/o urgente.<\/p>\n<p>En lo que se refiere al primer compromiso, se han resuelto las 34 causas (3 %) comprendidas en este segmento de productividad. Por lo tanto, la meta ha sido satisfecha en su totalidad (100%) y no quedan causas pendientes del a\u00f1o 2019. Esto se suma a la clausura durante el a\u00f1o 2021 del remanente tocante a las causas ingresadas en la Relator\u00eda en el a\u00f1o 2018 (cfr. el AR, TSJ, n.\u00b0 1763\/2022, serie \u201cA\u201d). Adem\u00e1s, han sido protocolizadas 808 causas (con 881 recursos y\/o pretensiones) correspondientes al a\u00f1o 2020; ello, sin perjuicio de que fueron proyectadas, dentro de la mencionada fecha, 144 causas (con 150 recursos y\/o pretensiones). Ello importa una superaci\u00f3n de la pauta de productividad prevista para tales causas durante el a\u00f1o 2022 (consistente en 684 causas con 756 recursos y\/o pretensiones), puesto que ya se hallan resueltas 124 causas m\u00e1s (en la que se dedujeron 125 recursos). En otras palabras, se alcanz\u00f3 el 89 % del total anual. Asimismo, el compromiso asumido para las causas ingresadas en el a\u00f1o 2021 (representativo de 462 causas y 533 recursos y\/o pretensiones) tambi\u00e9n result\u00f3 sobrepasado. En efecto, han sido protocolizadas 36 causas m\u00e1s, al margen de las 15 que a la fecha de corte se registran como proyectadas. De esta forma, se cubri\u00f3 el 54 % del total anual. Finalmente, en lo que respecta a las causas ingresadas en 2022 con asignaci\u00f3n de prioridad y\/o urgencia, se protocolizaron 245 causas (con 255 recursos y pretensiones), sin perjuicio de que, a la fecha de corte, se encontraban proyectadas otras 29 causas (con 29 recursos y\/o pretensiones). Esto supone un cumplimiento por encima de lo originariamente pautado (20 %, consistente en 193 causas y 215 recursos). Al registrar un excedente equivalente a 52 causas aproximadamente, se alcanz\u00f3 el 25 % del total anual. En definitiva, a lo largo del a\u00f1o 2022, fueron dictadas 806 resoluciones concernientes a recursos y\/o pretensiones. Adem\u00e1s, se emitieron 301 resoluciones sobre otros asuntos (p. ej., pr\u00f3rrogas de prisi\u00f3n preventiva [177], desistimientos [78], exhortos [7], regulaci\u00f3n de honorarios [6], etc.). Por tanto, el total anual ha sido de 1.107 resoluciones. Como conclusi\u00f3n, se verifica el cumplimiento de los objetivos de productividad establecidos y una considerable reducci\u00f3n de la pendencia de las causas m\u00e1s antiguas, as\u00ed como de las que demandaban atenci\u00f3n prioritaria.&nbsp;<\/p>\n<p>5) En la Relator\u00eda y en la Secretar\u00eda Electoral y de Competencia Originaria (pleno del TSJ) se establecieron los siguientes objetivos:&nbsp;<\/p>\n<p>a. Protocolizar el 100 % de las causas ingresadas en el a\u00f1o 2020 y que estuvieran pendientes.&nbsp;<\/p>\n<p>b. Protocolizar el 60 % de las causas ingresadas en el a\u00f1o 2021 que se encuentren pendientes.&nbsp;<\/p>\n<p>c. Avanzar con las causas ingresadas en el a\u00f1o 2022 que tengan implicancias institucionales, trascendencia p\u00fablica o urgencia. En el a\u00f1o 2022, en relaci\u00f3n con las causas que demandaban atenci\u00f3n preferente por su implicancia institucional, urgencia o trascendencia p\u00fablica, se dict\u00f3 resoluci\u00f3n en 70 de ellas (en las que se interpusieron 70 recursos y\/o pretensiones).&nbsp;<\/p>\n<p>Esto representa el 96 % del total de las causas, con ese car\u00e1cter, ingresadas en el a\u00f1o 2022 (73 causas y 73 recursos y\/o pretensiones). A la vez, el 4 % pendiente a la fecha de corte- ya se encontraba proyectado y totalizaba 3 causas (con 3 recursos). De este modo, entre los mencionados proyectos (protocolizados y proyectados) el nivel de cumplimiento alcanzado equivale al 100 %. Tambi\u00e9n se progres\u00f3 en relaci\u00f3n con las causas ingresadas en 2020 y que se encuentran pendientes. Ello, debido a que se protocolizaron las resoluciones correspondientes al 62 % de la meta; vale decir, 97 causas en las se dedujeron 106 recursos y\/o pretensiones, sin perjuicio de haber sido proyectadas 17 causas m\u00e1s (con 18 recursos y\/o pretensiones). Como consecuencia, el porcentaje de satisfacci\u00f3n del aludido compromiso alcanza el 73 %. A su vez, la pendencia de tales causas ha quedado reducida al 27 %. Respecto de las causas entradas en el a\u00f1o 2021 y que se encuentran pendientes, se avanz\u00f3 hasta el 54 %, representado por 102 causas resueltas (en las que se han articulado 105 recursos). Adem\u00e1s, se proyect\u00f3 hasta la fecha de corte un 7 % adicional (esto es, 13 causas y 14 recursos). As\u00ed, el nivel de cumplimiento equivale al 61 % y la pendencia, al 39 % (ha disminuido a 75 causas, con 83 recursos). Por lo restante, durante el a\u00f1o 2022 creci\u00f3 el n\u00famero de resoluciones dictadas, pues se protocolizaron 225 concernientes a recursos y\/o pretensiones, y 43 resoluciones m\u00e1s sobre otros asuntos (p. ej., incidentes [12], aclaratorias [11], perenciones de instancia [10], regulaci\u00f3n de honorarios [8], etc.). En suma, fueron emitidas 268 resoluciones, lo que representa un avance del 10 % en relaci\u00f3n con las dictadas durante el per\u00edodo anual 2021 (242). Por ende, se progres\u00f3 en el cumplimiento de las metas de productividad programadas y la consecuente reducci\u00f3n de la pendencia de las causas m\u00e1s antiguas, as\u00ed como de las que demandaban atenci\u00f3n prioritaria. IV. De conformidad con lo se\u00f1alado en el punto n.\u00b0 I, para el per\u00edodo anual 2023, con el objetivo principal de reducir la pendencia de las causas m\u00e1s antiguas y de las que demandaran atenci\u00f3n prioritaria, se proyectan los siguientes est\u00e1ndares de productividad por salas y por el pleno del TSJ:&nbsp;<\/p>\n<p>1) Sala Civil y Comercial&nbsp;<\/p>\n<p>a. Protocolizar la totalidad (100 %) de las causas ingresadas a fallo en el a\u00f1o 2022 y que se encontraran pendientes.&nbsp;<\/p>\n<p>b. Proyectar la totalidad (100 %) de las causas ingresadas a fallo hasta el d\u00eda 31\/5\/2023.&nbsp;<\/p>\n<p>c. Avanzar con las restantes causas que ingresaran en el a\u00f1o 2023, priorizando las que revistieran car\u00e1cter precedente y\/o urgente.&nbsp;<\/p>\n<p>2) Sala Contenciosa Administrativa&nbsp;<\/p>\n<p>a. Protocolizar la totalidad (100 %) de las causas ingresadas hasta el 31\/12\/2021 y que se encontraran pendientes.&nbsp;<\/p>\n<p>b. Protocolizar el 95 % de las causas ingresadas hasta el 31\/12\/2022.&nbsp;<\/p>\n<p>c. Proyectar, aunque no lleguen a protocolizarse, el 5 % de las causas ingresadas hasta el 31\/12\/2022.&nbsp;<\/p>\n<p>d. Proyectar y remitir a la Secretar\u00eda la totalidad (100 %) de las causas urgentes que ingresaran en el a\u00f1o 2023.&nbsp;<\/p>\n<p>3) Sala Laboral&nbsp;<\/p>\n<p>a. Protocolizar, hasta diciembre de 2023, la totalidad (100 %) de los recursos pendientes del a\u00f1o 2020.&nbsp;<\/p>\n<p>b. Protocolizar, hasta diciembre de 2023, el 80 % de los recursos pendientes del a\u00f1o 2021.&nbsp;<\/p>\n<p>c. Protocolizar, hasta diciembre de 2023, la totalidad (100 %) de las quejas abiertas en 2021 y 2022, as\u00ed como de los pedidos de prioridad ingresados en 2022, de los recursos deducidos en procedimientos declarativos abreviados con ingreso en 2022 y, por \u00faltimo, de los recursos extraordinarios (federales) interpuestos en 2021 y 2022. d. Protocolizar, hasta diciembre de 2023, la totalidad (100 %) de los recursos directos ingresados en el a\u00f1o 2022.&nbsp;<\/p>\n<p>e. Avanzar con las causas que ingresaran en el a\u00f1o 2023, priorizando las que revistieran trascendencia institucional y\/o car\u00e1cter urgente.&nbsp;<\/p>\n<p>4) Sala Penal&nbsp;<\/p>\n<p>a. Proyectar el 100 % de las causas ingresadas en el a\u00f1o 2020 que se encontraran pendientes.&nbsp;<\/p>\n<p>b. Proyectar el 80 % de las causas ingresadas en el a\u00f1o 2021 que se encontraran pendientes.&nbsp;<\/p>\n<p>c. Proyectar el 50 % de las causas ingresadas en el a\u00f1o 2022 que se encontraran pendientes.&nbsp;<\/p>\n<p>d. Proyectar el 20 % de las causas que ingresaran en 2023 y que tuvieran car\u00e1cter prioritario y\/o urgente.&nbsp;<\/p>\n<p>5) Relator\u00eda y Secretar\u00eda Electoral y de Competencia Originaria (Pleno del TSJ)&nbsp;<\/p>\n<p>a. Protocolizar el 100 % de las causas ingresadas en el a\u00f1o 2020 y que estuvieran pendientes.&nbsp;<\/p>\n<p>b. Protocolizar el 60 % de las causas ingresadas en el a\u00f1o 2021 y que se encontraran pendientes.&nbsp;<\/p>\n<p>c. Protocolizar el 20 % de las causas ingresadas en el a\u00f1o 2022 y que se encontraran pendientes.&nbsp;<\/p>\n<p>d. Proyectar el 50 % de las causas ingresadas en el a\u00f1o 2022 y que se encontraran pendientes.&nbsp;<\/p>\n<p>e. Avanzar con las causas que ingresaran en el a\u00f1o 2023 que tengan implicancias institucionales, trascendencia p\u00fablica o urgencia. Por todo ello, y en virtud de las atribuciones de superintendencia previstas por los arts. 166 (inc. 2) de la Constituci\u00f3n provincial y 12 (inc. 1) de la Ley Org\u00e1nica del Poder Judicial (n.\u00b0 8435);&nbsp;<\/p>\n<p>SE RESUELVE:&nbsp;<\/p>\n<p>Art. 1. DIFUNDIR la actividad en la funci\u00f3n jurisdiccional, desplegada por las diferentes secretar\u00edas y relator\u00edas de salas y por el pleno del Tribunal Superior de Justicia, durante el per\u00edodo anual comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022, y asumir como compromiso de productividad para el per\u00edodo anual 2023 el explicitado en el apartado n.\u00b0 IV del presente acuerdo.&nbsp;<\/p>\n<p>Art. 2. PUBL\u00cdQUESE en el Bolet\u00edn Oficial de la Provincia. Comun\u00edquese por medio de la p\u00e1gina web del Poder Judicial y dese la m\u00e1s amplia difusi\u00f3n period\u00edstica.&nbsp;<\/p>\n<p>Con lo que termin\u00f3 el acto, por lo que, previa lectura y ratificaci\u00f3n del contenido del acuerdo, firman el Sr. presidente y los Sres. vocales, con la asistencia del Sr. Administrador General, Dr. Luis Mar\u00eda Sosa Lanza Castelli.<\/p>\n<p>FDO: DOMINGO JUAN SESIN, PRESIDENTE.&nbsp; VOCALES. A\u00cdDA LUC\u00cdA TERESA TARDITTI, LUIS ENRIQUE RUBIO, M. DE LAS MERCEDES BLANC G. DE ARABEL, MAR\u00cdA MARTA C\u00c1CERES DE BOLLATI, SEBASTI\u00c1N CRUZ L\u00d3PEZ PE\u00d1A Y LUIS EUGENIO ANGULO. \u2013 ADMINISTRADOR GENERAL: DR. LUIS MAR\u00cdA SOSA LANZA CASTELLI.<\/p>\n<p class=\"has-background\"><strong>N. de R.-<\/strong> Publicada en el Bolet\u00edn Oficial de la Provincia de C\u00f3rdoba N\u00b0 107 del 9 de junio de 2023.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Abarca la cumplida por las diferentes secretar\u00edas y relator\u00edas de salas y por el pleno del Tribunal Superior de Justicia durante el per\u00edodo anual comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022 Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de C\u00f3rdoba Acuerdo Reglamentario N\u00b0 1807 \u2013 Serie: \u201cA\u201d En la [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":11428,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0},"categories":[21],"tags":[],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/11427"}],"collection":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=11427"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/11427\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/11428"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=11427"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=11427"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=11427"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}