{"id":10947,"date":"2023-05-29T23:28:00","date_gmt":"2023-05-29T23:28:00","guid":{"rendered":"https:\/\/comercioyjusticia.info\/?p=355660"},"modified":"2023-05-29T23:28:00","modified_gmt":"2023-05-29T23:28:00","slug":"programa-un-nuevo-rumbo-actualizan-montos-de-subsidios-a-partir-de-mayo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/economiapoliticacba.com\/?p=10947","title":{"rendered":"Programa \u201cUn Nuevo Rumbo\u201d: actualizan montos de subsidios a partir de mayo"},"content":{"rendered":"<div><img src=\"https:\/\/comercioyjusticia.info\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/violencia-de-genero.jpg\" class=\"ff-og-image-inserted\"><\/div>\n<p><strong>El apoyo econ\u00f3mico no reintegrable destinado a la subsistencia ser\u00e1 de $30.000 mensuales. En tanto la ayuda con fines de alquiler de vivienda para el establecimiento de una nueva residencia, con el objetivo de minimizar las situaciones de riesgo, ser\u00e1 de $40.000 mil mensuales &nbsp;<\/strong><\/p>\n<p><strong>Ministerio de la Mujer<\/strong><\/p>\n<p><strong>Resoluci\u00f3n N\u00b0 67 \u2013 Letra:<\/strong><\/p>\n<p>C\u00f3rdoba, 23 de mayo de 2023<\/p>\n<p>VISTO: El expediente digital N\u00b0 0755-003661\/2023 y la competencia asignada a este Ministerio de la Mujer, conforme lo dispuesto mediante Decreto N\u00b0 1615\/2019, ratificado por Ley N\u00b0 10.726 inherente a la Estructura Org\u00e1nica del Poder Ejecutivo.<\/p>\n<p>&nbsp;Y CONSIDERANDO: Que conforme lo dispuesto mediante Decreto N\u00b0 1615\/2019, su modificatorio Decreto N\u00b0 93\/2020, ratificados ambos por Ley N\u00b0 10.726, compete al Ministerio de la Mujer, en general, asistir al Poder Ejecutivo en todo lo atinente a la promoci\u00f3n, protecci\u00f3n y restituci\u00f3n de los derechos de las mujeres, mediante el dise\u00f1o y coordinaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas, desde una perspectiva de g\u00e9nero y derechos humanos, respetando la diversidad, promoviendo el empoderamiento en los diferentes \u00e1mbitos, propiciando la igualdad de g\u00e9nero y procurando poner fin a todo tipo de violencias y discriminaci\u00f3n. Asimismo, en el art. 40 apartado 3 del precitado Decreto, se establece, adem\u00e1s, que compete a esta jurisdicci\u00f3n provincial, asistir y acompa\u00f1ar a las personas en situaci\u00f3n de violencia de g\u00e9nero, violencia familiar, delitos contra la integridad sexual, trata de personas y delitos conexos; promoviendo mecanismos de contenci\u00f3n y asistencia integral; favoreciendo pol\u00edticas de re vinculaci\u00f3n social y laboral de las mismas, garantizando la plena vigencia de sus derechos.<\/p>\n<p>Que en este marco se lleva a cabo el Programa \u201cUn Nuevo Rumbo\u201d, creado por el Poder Ejecutivo Provincial a trav\u00e9s del Decreto N\u00b0 175\/2016 con el objetivo de propiciar el empoderamiento e inclusi\u00f3n social de las mujeres v\u00edctimas de violencia, violencia familiar, delitos contra la integridad sexual y trata de personas, a fin de afianzar la independencia y autonom\u00eda de la mujer mediante el otorgamiento de contribuciones econ\u00f3micas destinadas a su sustento y residencia.<\/p>\n<p>Que en el art\u00edculo 2 del Decreto N\u00b0 175\/2016, se establecen las contribuciones econ\u00f3micas que se otorgaran en el marco del citado Programa, entre otras, un subsidio no reintegrable, de car\u00e1cter personal, mensual y no remunerativo destinado a la subsistencia, el que se otorgar\u00e1 por un plazo m\u00e1ximo de tres meses y por un monto de hasta veintid\u00f3s mil pesos ($22.000) mensuales (conforme Resoluci\u00f3n Digital 2022\/MMRP-00000023), y un subsidio no reintegrable de car\u00e1cter personal y no remunerativo destinado al alquiler de vivienda para el establecimiento de nueva residencia y con el objetivo de minimizar las situaciones de riesgo, el que se otorgar\u00e1 por un plazo m\u00e1ximo de veinticuatro meses y por un monto de hasta treinta mil pesos ($30.000) mensuales (conforme Resoluci\u00f3n Digital 2022\/MM-RP-00000023).<\/p>\n<p>Que las contribuciones econ\u00f3micas establecidas en el precitado Decreto tienen un doble objetivo, por un lado, asistir a las mujeres en situaci\u00f3n de violencia tanto en lo relativo a la subsistencia, como al soporte del alquiler de vivienda para el establecimiento de nueva residencia, y por el otro, minimizar las situaciones de riesgo.<\/p>\n<p>Que conforme al art. 7 del Decreto N\u00b0 175\/2016, los montos de tales contribuciones econ\u00f3micas pueden ser modificados por la Autoridad de Aplicaci\u00f3n, la que estar\u00e1 facultada tambi\u00e9n para dictar las disposiciones complementarias, reglamentarias y de ejecuci\u00f3n que resulten necesarias para la puesta en marcha y fiscalizaci\u00f3n del Programa \u201cUn Nuevo Rumbo\u201d.<\/p>\n<p>Que la titular de la Secretar\u00eda de Lucha Contra la Violencia a la Mujer y Trata de Personas propicia la modificaci\u00f3n del monto del subsidio no reintegrable, de car\u00e1cter personal, mensual y no remunerativo destinado a la subsistencia (Nuevo Rumbo Subsistencia) y el monto del subsidio no reintegrable de car\u00e1cter personal y no remunerativo destinado al alquiler de vivienda (Nuevo Rumbo Alquiler).<\/p>\n<p>Que el crecimiento de las situaciones de violencias por motivo de g\u00e9nero y, en consecuencia, la situaci\u00f3n cr\u00edtica en la que se encuentran inmersas las mujeres, requieren de una mayor contenci\u00f3n, acompa\u00f1amiento y asistencia por parte de esta jurisdicci\u00f3n provincial.<\/p>\n<p>Que resulta necesario continuar fortaleciendo las pol\u00edticas p\u00fablicas en materia de violencia de g\u00e9nero, a los fines de promover una vida libre de violencias para las mujeres, basada en el respeto por sus derechos humanos fundamentales.<\/p>\n<p>Que adem\u00e1s las variaciones econ\u00f3micas que imperan en el pa\u00eds han influido, sustancialmente en el costo de vida de la ciudadan\u00eda y en particular de las v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero y su grupo familiar, habiendo quedado desactualizadas dichas ayudas econ\u00f3micas no remunerativas.<\/p>\n<p>Por todo ello, y en orden a las facultades y atribuciones previstas mediante art\u00edculo 40\u00b0 el Decreto N\u00b0 1615\/2019, su modificatorio Decreto N\u00b0 93\/2020, ratificados ambos por Ley N\u00b0 10.726, y el Decreto N\u00b0 175\/2016.<\/p>\n<p>LA MINISTRA DE LA MUJER RESUELVE:<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. \u2013 MODIF\u00cdCANSE, los montos de los subsidios otorgados en el marco del Programa \u201cUn Nuevo Rumbo\u201d creado mediante Decreto N\u00b0 175\/2016, previstos en su art\u00edculo 2\u00b0 apartados a) y b), y ESTABL\u00c9CESE su aplicaci\u00f3n a los beneficios otorgados a partir del mes de mayo de 2023 los que quedar\u00e1n conformados de la siguiente manera:<\/p>\n<p>a) Nuevo Rumbo Subsistencia: Subsidio no reintegrable, de car\u00e1cter personal, mensual y no remunerativo destinado a la subsistencia, el que se otorgar\u00e1 por un plazo m\u00e1ximo de tres meses y por un monto de hasta Pesos Treinta Mil ($30.000), mensuales;<\/p>\n<p>b) Nuevo Rumbo Alquiler: Subsidio no reintegrable de car\u00e1cter personal y no remunerativo destinado al alquiler de vivienda para el establecimiento de nueva residencia y con el objetivo de minimizar las situaciones de riesgo, el que se otorgar\u00e1 por un plazo m\u00e1ximo de veinticuatro meses y por un monto de hasta Pesos Cuarenta Mil ($40.000) mensuales.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. \u2013 AUTOR\u00cdZASE a la Secretar\u00eda de Lucha Contra la Violencia a la Mujer y Trata de Personas a tomar los recaudos administrativos que sean pertinentes para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto mediante la presente Resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. \u2013 PROTOCOL\u00cdCESE, comun\u00edquese, publ\u00edquese en Bolet\u00edn Oficial y oportunamente arch\u00edvese.<\/p>\n<p>FDO: CLAUDIA ROXANA MARTINEZ, MINISTRA DE LA MUJER<\/p>\n<p class=\"has-background\">N. de R.- Publicada en el Bolet\u00edn Oficial de la Provincia de C\u00f3rdoba N\u00b0 98 del 29 de mayo de 2023.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El apoyo econ\u00f3mico no reintegrable destinado a la subsistencia ser\u00e1 de $30.000 mensuales. 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