En un hecho que marca un precedente institucional para los medios de comunicación y la libertad de expresión en el entorno digital, Canal C Argentina acudió a la Justicia para interponer una acción de amparo contra Meta (casa matriz de Instagram y Facebook). La medida cautelar responde a la baja intempestiva, definitiva y sin previo aviso de su cuenta oficial en la red social, donde más de 240.000 usuarios accedían diariamente a los contenidos informativos del canal cordobés.
En una entrevista exclusiva con La Voz en vivo, el abogado especialista en derecho digital y representante legal de Canal C, Andrés Piazza, explicó los alcances constitucionales del reclamo, la falta de proporcionalidad de los algoritmos automatizados y la vulneración del derecho a la información.

Cierre intempestivo, automatización y falta de respuestas
Piazza detalló que la sanción aplicada por la compañía tecnológica se fundamentó de manera genérica en presuntas infracciones a la propiedad intelectual, sin respetar instancias previas ni ofrecer canales claros de resolución humana:
“La inhabilitación fue definitiva y sin ninguna notificación previa. El amparo es un recurso para situaciones de vulneración de derechos constitucionales, y la libertad de expresión es uno de los pilares de la democracia. La mayoría de estos procesos se hacen de manera automatizada y sin mucho cuidado por principios consolidados en las leyes y la Constitución”
El abogado remarcó la paradoja operativa a la que se enfrentan incluso las cuentas verificadas:
“Es una sanción intempestiva y arbitraria por algo en donde ni los funcionarios de más alto nivel de Meta pueden dar una respuesta clara. Cuando uno tiene una cuenta verificada accede a chats o llamadas que resultan un poco surreales: ni el propio Meta sabe por qué sancionó a Canal C, y aun así el derecho de 240.000 cordobeses a acceder a su medio de comunicación se ve cercenado”
La desproporción del algoritmo y el derecho de cita
Uno de los ejes centrales de la presentación judicial radica en la desproporción de la medida extrema adoptada por un bot frente a las garantías del ejercicio periodístico y el derecho de cita:
“Un bot no entiende muy bien cómo funciona la libertad de expresión, el derecho de cita o los tratados internacionales como el Pacto de San José de Costa Rica, que tienen los estándares más altos del mundo. Canal C produce contenidos propios en sus estudios con periodistas y productores. Podés sancionar a quien viole copyright con medidas escalonadas, podés bajar un contenido o desmonetizar una cuenta por un tiempo, pero eliminar a un medio de comunicación de internet es una desproporción sin asidero”
https://canalc.com.ar/canal-c-demando-a-meta-guillermo-montenegro-expreso-su-preocupacion/embed/#?secret=4ZKxQQxVIJ#?secret=nj5BQdtkqh
Amparo, cautelar y la tradición jurídica de Córdoba
Respecto al estado actual del proceso judicial, el especialista confirmó la urgencia de la acción interpuesta para que se restablezca el perfil digital de forma inmediata mientras se analiza el fondo de la cuestión: “Es un amparo con pedido de medida cautelar. Incluso si hubiera alguna razón de sanción en discusión, la cuenta debería estar arriba provisionalmente hasta que se resuelva, y no al revés“, enfatizó.
Finalmente, Piazza se mostró optimista respecto al criterio de los tribunales locales ante este desafío tecnológico:
“Confío plenamente en la Justicia de Córdoba. En Córdoba se escribió el Código Civil, el de Comercio y convencionales cordobeses redactaron la Constitución Nacional de 1853; en Córdoba se escribió el país, cómo no va a escribir una respuesta a este problema. Acá no se pide una indemnización multimillonaria, simplemente que le devuelvan la cuenta a Canal C y a sus 240.000 usuarios“
Podés ver la entrevista completa emitida por La Voz en vivo a través de su cuenta oficial de YouTube y por Canal C.
