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Visita papal en Córdoba: el Ministerio de Seguridad oficializó la integración al Comando Unificado Federal

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Ministerio de Seguridad de la Provincia de Córdoba

Resolución N° 851

Córdoba, 10 de septiembre de 2026.

 VISTO: la Resolución N° 900/2026 del Ministerio de Seguridad de la Nación (RESOL 2026 900 APN MSG), mediante la cual se convoca al Comando Unificado Federal y se crea el Comando Unificado Federal Córdoba Viaje Apostólico de Su Santidad el Papa León XIV, con motivo de la visita a la Provincia de Córdoba entre los días 8 y 11 de noviembre de 2026.

Y CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 900/2026 del Ministerio de Seguridad Nacional convoca al Comando Unificado Federal y crea específicamente el Comando Unificado Federal Córdoba – Viaje Apostólico de Su Santidad el Papa León XIV, con el objeto de planificar, coordinar y ejecutar los despliegues especiales interfuerzas durante la visita apostólica.

Que dicha resolución encomienda a la Subsecretaría de Despliegue Territorial la coordinación general del Comando Unificado Federal Córdoba e invita a la Provincia de Córdoba a designar representantes con capacidad de decisión operativa para integrarlo.

Que el mismo acto administrativo establece expresamente que la actuación de las fuerzas federales fuera del ámbito de su jurisdicción debe observar las competencias propias de las provincias, y prevé mecanismos de cooperación con las autoridades provinciales dentro del marco legal aplicable.

Que la visita de Su Santidad el Papa León XIV, por su relevancia institucional, diplomática y religiosa, por la concurrencia prevista y por la diversidad de lugares, recorridos y actividades comprendidos, requiere una planificación integral y una coordinación permanente entre las autoridades nacionales, provinciales, municipales y los organismos vinculados con la seguridad del Santo Padre.

Que resulta conveniente instrumentar la participación de la Provincia de Córdoba en el dispositivo nacional a través del Consejo Provincial de Complementación para la Seguridad Interior, garantizando un ámbito formal de intercambio de información, planificación, coordinación y adopción de acuerdos operativos, sin alterar las competencias constitucionales y legales correspondientes a cada jurisdicción.

Que en consecuencia, corresponde establecer que la participación de la Policía de la Provincia de Córdoba en el dispositivo conjunto se desarrollará bajo la conducción de las autoridades designadas por el Ministerio de Seguridad, en coordinación con el Comando Unificado Federal, sin perjuicio de las competencias propias de las fuerzas federales y de las funciones específicas asignadas a los organismos encargados de la custodia inmediata de Su Santidad.

Que esta solución permite compatibilizar la coordinación general del dispositivo federal con el principio de cooperación interjurisdiccional y con la autonomía funcional que corresponde a la Provincia de Córdoba respecto de sus fuerzas de seguridad.

Que corresponde, asimismo, instruir la elaboración de un plan operacional conjunto que determine responsabilidades, áreas de actuación, mecanismos de enlace, comunicaciones, intercambio de información, procedimientos de respuesta ante contingencias y criterios de coordinación entre los distintos componentes del dispositivo.

Que la Ley Nacional N° 24.059 establece las bases jurídicas, orgánicas y funcionales del Sistema de Seguridad Interior y contempla la coordinación de las operaciones policiales interjurisdiccionales y la cooperación entre las instituciones que integran el Sistema de Seguridad Interior, con observancia de las competencias constitucionales y legales propias de cada jurisdicción.

Que por otra parte, la Ley Provincial N° 9.235 en su art. 15, establece que la seguridad pública se encuentra a cargo del Estado Provincial y atribuye a la Policía de la Provincia de Córdoba la misión de mantener el orden y la tranquilidad pública en todo el territorio provincial, resguardando la vida, los bienes y los derechos de la población.

Que asimismo, el art. 16 de la citada Ley N° 9.235 dispone que la Policía de la Provincia de Córdoba coopera con las fuerzas de seguridad nacionales y otras policías, con fines de cooperación, coordinación e intercambio, y establece su dependencia operativa del Ministerio de Seguridad de la Provincia. Que por todo lo expuesto, en ejercicio de las atribtades delegadas por el Señor Gobernador de la Provincia, la Constitución de la Provincia de Córdoba, la Ley N° 9.235 y demás normas aplicables.

EL MINISTRO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. RECONÓCESE la voluntad de la Provincia de Córdoba de cooperar, complementar y coordinar acciones con el Comando Unificado Federal Córdoba Viaje Apostólico de Su Santidad el Papa León XIV, creado por Resolución N° 900/2026 del Ministerio de Seguridad Nacional, a fin de contribuir al mantenimiento del orden público y a la seguridad durante la visita apostólica prevista entre los días 8 y 11 de noviembre de 2026.

ARTÍCULO 2° DISPONES E que la participación de la Provincia de Córdoba en el Comando Unificado Federal Córdoba se efectuará mediante representantes provinciales con capacidad de decisión operativa, quienes actuarán como enlace permanente con las autoridades nacionales y con los responsables del dispositivo provincial.

ARTÍCULO 3° ESTABLÉCESE que la Policía de la Provincia de Córdoba conservará, respecto de los servicios y recursos provinciales y dentro del ámbito de sus competencias legales, la conducción operativa que le corresponde, sin perjuicio de la coordinación general del dispositivo especial, de la actuación de las fuerzas federales en el marco de sus competencias y de los mecanismos de coordinación que se acuerden en el plan operacional conjunto.

ARTÍCULO 4° DISPÓNESE que los representantes provinciales participarán en la elaboración, revisión y actualización del plan operacional conjunto, procurando que se definan con precisión las responsabilidades de cada fuerza, los ámbitos de actuación, los mecanismos de enlace y comunicaciones, los procedimientos ante contingencias y los criterios de intervención coordinada.

ARTÍCULO 5° INSTRÚYESE a las áreas competentes del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Córdoba par a articular con la Subsecretaría de Despliegue Territorial del Ministerio de Seguridad Nacional y con las autoridades que integren el Comando Unificado Federal Córdoba las acciones necesarias para la elaboración e implementación del plan operacional conjunto.

ARTÍCULO 6° ESTABLÉCESE que la coordinación con los organismos responsables de la seguridad de la Santa Sede, incluida la Guardia Suiza Pontificia, se realizará a través de los mecanismos de enlace que se instrumenten con las autoridades nacionales y provinciales competentes, sin alteración de sus respectivas cadenas de mando ni de las competencias de las fuerzas argentinas.

ARTÍCULO 7° DESIGNASE al señor Jefe de Policía Crio. General Marcelo Alejandro Marín para que actúe conjuntamente con el suscripto, como representantes provinciales que integrarán el Comando Unificado Federal Córdoba en el marco de lo dispuesto en el artículo 6 de la Resolución 900/2026 del Ministerio de Seguridad de la Nación.

ARTÍCULO 8° DISPÓNESE que los organismos y dependencias del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Córdoba prestarán la colaboración que les sea requerida para la planificación y ejecución del dispositivo, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y de conformidad con las instrucciones de las autoridades provinciales competentes.

ARTÍCULO 9° ESTABLÉCESE que la presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación.

ARTÍCULO 10° PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese, notifíquese a las autoridades correspondientes y archívese.

FDO.: JUAN PABLO QUINTEROS, MINISTRO DE SEGURIDAD.

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 178 del 14 de septiembre de 2026.

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