domingo, 16 agosto
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Casación determinó que la causa por la mansión vinculada a la AFA retorne a los tribunales de Campana

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El máximo tribunal penal resolvió que la investigación por presunto lavado de activos abandone el fuero Penal Económico y continúe en la Justicia Federal bajo la órbita del magistrado Adrián González Charvay

La Cámara Federal de Casación Penal dispuso que la investigación judicial en torno a una lujosa casaquinta ubicada en la localidad bonaerense de Pilar, presuntamente vinculada a la cúpula de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), regrese sin demoras a la jurisdicción de Campana. La resolución fue adoptada por los magistrados Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, en tanto que su colega Alejandro Slokar emitió un voto en disidencia por cuestiones de forma.

El expediente había llegado al Juzgado Penal Económico n.° 10 de la Ciudad de Buenos Aires —bajo la subrogancia de Verónica Straccia— como consecuencia de un fallo previo dictado por la Cámara Nacional de Apelaciones de dicho fuero. No obstante, con la nueva directiva de Casación, las actuaciones deberán retornar al juzgado federal a cargo de Adrián González Charvay para seguir adelante con la pesquisa.

El eje de la investigación y los argumentos del tribunal

El objeto procesal de la causa se centra en dilucidar el origen del dinero utilizado por Luciano Pantano y su madre, Ana Conte, quienes a través de la firma Real Central concretaron la adquisición de una propiedad en Villa Rosa, Pilar, valuada en 17 millones de dólares. La hipótesis denunciada plantea la existencia de una marcada incongruencia entre el valor de adquisición del inmueble y los perfiles tributarios e ingresos declarados por los compradores, quienes habrían actuado como posibles testaferros del presidente de la AFA, Claudio “Chiqui” Tapia, y de Pablo Toviggino.

Para fundamentar el desplazamiento de la causa, los jueces Borinsky y Barroetaveña especificaron que el delito de lavado de activos tipificado en el artículo 303 del Código Penal no se encuentra contemplado dentro de las competencias legales otorgadas al fuero Penal Económico. El tribunal remarcó que dicha jurisdicción posee un ámbito de especialización acotado a materias específicas —tales como contrabando, evasión impositiva, infracciones cambiarias y balances falsos—, por lo que no puede absorber un expediente meramente por tratarse de ilícitos de índole financiera o económica, ni tampoco se acreditó la existencia de otro delito conexo que justificara su intervención.

Validez de las pruebas y el recorrido del expediente

Ante el reclamo impulsado por el abogado defensor Mariano Morán para que la causa volviera a Campana —basándose en que el inmueble objeto de la maniobra se emplaza en esa jurisdicción—, la fiscalía encabezada por Mario Villar había manifestado su oposición al sostener que parte de los hechos también se habrían desplegado en la Ciudad de Buenos Aires.

Pese a ordenar el reenvío de las actuaciones, el tribunal de Casación aclaró expresamente que la medida no implica invalidar las diligencias probatorias concretadas hasta la fecha ni retrotraer el proceso a instancias pasadas, sino garantizar que la investigación avance con continuidad.

El origen de este legajo judicial se remonta a diciembre de 2025, momento en el cual se formalizó la denuncia contra los titulares de la sociedad Real Central. En los primeros tramos del proceso, el juez Daniel Rafecas declinó su competencia y derivó el expediente al fuero Penal Económico, el cual rechazó intervenir al advertir la inexistencia de normas que le atribuyeran de manera específica la investigación por lavado de activos, situación que quedó zanjada con el reciente fallo del máximo tribunal penal.

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