
La Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito de Córdoba oficializó un incremento en el valor de las multas viales a partir de este martes 11 de agosto. El organismo fijó el precio de la Unidad Fija (UF) en $2.105. Este nuevo valor, que impactará en todas las infracciones bajo la Ley Provincial de Tránsito N° 8560, se determinó luego del último informe de la Federación de Expendedores de Combustibles y Afines del Centro de la República (FECAC), que fijó el precio del litro de nafta súper en dicha cifra. La normativa ya ha sido notificada a la Policía Caminera y a las autoridades de juzgamiento correspondientes para su aplicación inmediata
Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito
Resolución N° 34
Córdoba, 10 de agosto de 2026.
VISTO: El expediente N° 0458-001972/2026 y lo establecido por el artículo 121 de la Ley Provincial de Tránsito N°8560 (T.O 2004).
Y CONSIDERANDO:
Que la norma dispone que el valor de la multa por infracciones a la Ley Provincial de Transito N°8560 (T.O 2004), se determina en Unidades Fijas denominadas U.F, cada una de las cuales equivale al menor precio de venta al público correspondiente a un (1) litro de nafta súper.
Que conforme lo informado por la Federación de Expendedores de Combustibles y Afines del Centro de la República (FECAC), el valor del referido combustible al día 5 de agosto del corriente año es de pesos dos mil ciento cinco con centavos ($2.105,00) registrando una variación con relación al valor dispuesto por la resolución anterior.
Por ello, en virtud de lo dispuesto por la ley 8560 (T.O 2004), y sus modificatorias. EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO RESUELVE:
1°: ESTABLECER, el valor de la Unidad Fija de Multa (UF) por infracciones a la Ley Provincial de Transito 8560 (T.O 2004) en la suma de pesos dos mil ciento cinco con cero centavos ($2.105,00).
2°: DISPONER como período de vigencia del valor de la Unidad Fija señalada por el punto que antecede, el comprendido desde el día de la publicación de la presente y hasta que se determine un nuevo valor mediante la resolución respectiva.
3°: ORDENAR, que, por el Área correspondiente, se proceda a notificar a las Autoridades avocadas al juzgamiento de actas labradas por infracción a Ley Provincial de Tránsito N°8560 (T.O 2004), a la Dirección General de la Policía Caminera, a la Dirección General de Rentas y a la Dirección de Sistemas del Ministerio de Seguridad.
4°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. RESOLUCION N° 34/2026
FDO.: MIGUEL ANGEL RIZZOTTI, DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO.
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 153 del 11 de agosto de 2026.
