El Gobierno reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), el nuevo mecanismo creado por la Ley de Modernización Laboral para financiar el pago de indemnizaciones por despido mediante fondos específicos constituidos por los empleadores. El esquema fue oficializado a través del Decreto 408/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial, y estará bajo la supervisión de la Comisión Nacional de Valores (CNV).
Cómo será el nuevo sistema
El FAL estará destinado a empleadores del sector privado y funcionará a través de vehículos de inversión colectiva autorizados por la CNV, como fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros. Según el Gobierno, esta estructura permitirá garantizar la separación patrimonial de los recursos, su afectación exclusiva al pago de indemnizaciones y una supervisión adecuada del régimen.
La reglamentación define además los empleadores alcanzados, las entidades habilitadas para administrar los fondos y el funcionamiento de las cuentas individuales asociadas a cada empresa. También establece los requisitos que deberán cumplir los trabajadores para acceder a la cobertura del sistema.
El rol de ARCA y el pago de las indemnizaciones

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será la encargada de recaudar y derivar las contribuciones vinculadas al FAL, integrándolas al sistema de seguridad social. Para ello, cada empleador deberá informar un identificador específico denominado “ID FAL”, que permitirá asignar correctamente los aportes al fondo correspondiente.
En caso de producirse un despido alcanzado por el régimen, la entidad administradora deberá transferir la indemnización al trabajador en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la presentación de la declaración correspondiente. Además, los recursos acumulados solo podrán invertirse en instrumentos financieros emitidos y negociados en la Argentina, con el objetivo de impulsar el financiamiento de la economía local.
Cuándo entrará en vigencia
La norma establece que los trabajadores deberán estar debidamente registrados y contar con una antigüedad mínima de 12 meses para acceder a la cobertura plena del sistema. Sin embargo, el nuevo régimen no comenzará a operar de inmediato.
El Poder Ejecutivo resolvió postergar su entrada en vigencia hasta el 1° de noviembre de 2026. Hasta esa fecha, la Secretaría de Trabajo, la CNV, ARCA y la Secretaría de Finanzas deberán dictar las normas complementarias necesarias para poner en marcha el nuevo esquema de financiamiento de indemnizaciones laborales.
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