La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) lanzó a principios del mes pasado un programa especial, que tiene por objetivo el de “propiciar el cumplimiento espontáneo de las obligaciones tributarias”.
Para ello, según la normativa, utilizará estrategias de gestión proactiva que se aplicarán a través de diversas herramientas como el servicio web “Nuestra Parte”, campañas de inducción, requerimientos y fiscalizaciones electrónicos.
El Programa de Promoción del Cumplimiento Voluntario (tal es su nombre) busca persuadir a los contribuyentes, a través de datos concretos, para que cumplan con el pago de impuestos y/o que cambien las declaraciones presentadas para evitar un ajuste por parte del fisco.
Hasta acá, no hay nada que no se conozca. Sin embargo, en el marco de la Ley de Inocencia Fiscal -que busca atraer la atención de aquellos que tienen ahorros fuera del sistema- se presenta como un aliado del organismo para incentivar el uso de los “canutos” sin el temor a ser castigados.
Tal como diera cuenta El Economista, Sergio Rufail explicó que, a través de esta herramienta, el fisco nacional será el que les avise a quienes hayan adherido al régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias que detectaron desvíos.
La idea, según el subdirector General de Fiscalización de ARCA, es que los contribuyentes puedan realizar los ajustes sin perder los beneficios que fija la norma (o sea, mantener el tapón fiscal que le impide al organismo realizar investigaciones hacia atrás).

Un aliado (si es bien usado)
Por su parte, el profesor de la Maestría en Derecho Tributario de la Universidad Austral, Diego Fraga, señaló: “Bien usado, el programa de cumplimiento voluntario de ARCA me parece una herramienta inteligente”.
“Si el fisco ya tiene información relevante, lo razonable es ponerla a disposición del contribuyente, advertir inconsistencias y darle la posibilidad de corregir antes de abrir una fiscalización o llegar a un ajuste posterior”, añadió.
Desde su mirada, esta situación permite ahorrar recursos administrativos, reducir litigios y mejorar la recaudación. No obstante, aclaró que “el punto crítico no está en la idea, sino en la calidad de los datos y en sus efectos”.
“Si la información es seria y funciona sólo como alerta o sugerencia, el mecanismo es sano. El problema aparece cuando esos cruces contienen errores y, aun así, generan consecuencias indirectas relevantes. En ese terreno hay que ser muy cuidadosos”, recalcó.
En este sentido, recordó que la eliminación de la limitación de la CUIT va en la dirección correcta, aunque reconoció que sigue siendo necesario mirar con atención el impacto que la falta de respuesta puede tener en el Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) y en otras acciones de control.
“La herramienta puede ser útil”, sostuvo y agregó que “lo importante es que no derive en sanciones impropias ni en castigos automáticos basados en información no suficientemente depurada”.
Por último, y en línea con la mirada de ARCA, Fraga aseguró que “para quienes adhieran al régimen simplificado de Ganancias, este programa puede ser especialmente útil, porque funciona como una instancia de alerta temprana“.
El abogado explicó que si el fisco arma una declaración jurada proforma con la información que obra en sus sistemas y la aportada por terceros, y además pone a disposición del contribuyente sus ingresos, bienes e inconsistencias detectadas en “Nuestra Parte”, “el contribuyente puede revisar, corregir y ordenar su situación antes de que esas diferencias escalen y compliquen su permanencia en el régimen”.
“Bien utilizado, el sistema mejora la previsibilidad, reduce el riesgo de desvíos relevantes y permite prevenir ajustes futuros con un costo administrativo mucho menor tanto para el fisco como para el propio contribuyente”, concluyó.
Una advertencia latente
Consultado por El Economista, Jorge Gebhardt resaltó que “la denominada ‘inducción al correcto cumplimiento fiscal’, no deja de resaltar los amplios poderes de verificación y fiscalización que posee por ley de Procedimiento Tributario el organismo fiscal”.
En este contexto, el director del Departamento de Impuestos de Aguirre Saravia & Gebhardt Abogados marcó un claro contraste entre este nuevo “programa” y la Ley de Inocencia Fiscal.
“Una cosa es que un sujeto que posee dólares en el ‘colchón’, pueda llevarlos a depósito en el banco, siempre y cuando no exceda los dudosos parámetros establecidos por las normas de la CNV, UIF, etc., sin sufrir incómodas preguntas por parte de ARCA”, indicó.
Pero, añadió, que “otro tema sería, que el fisco detectara serias inconsistencias entre la facturación de un contribuyente y sus depósitos, o diferencias significativas entre los valores de existencias de mercaderías declaradas y las detectadas por diversos mecanismos de fiscalización disponibles”.
Además, sostuvo que “por el momento se observa mucha inducción fiscal al cumplimiento de las normas que regulan la cuarta categoría de Ganancias (tanto a empleados como a empleadores), dado que se habrían detectado deducciones en exceso o improcedentes por parte de empleados”.
“Es importante recordar que si el empleador no ha actuado con una mínima diligencia respecto de aquéllas pretendidas deducciones, esto podría generar la impugnación del gasto de remuneración respectiva en cabeza del empleador, así como eventuales multas”, concluyó.
En definitiva, esta herramienta se puede ver como una gran ayuda para los contribuyentes y, al mismo tiempo, una advertencia sobre los poderes de verificación y fiscalización que, pese a la idea de inocencia fiscal, tiene (y tuvo siempre) el fisco nacional para cobrar impuestos.
