jueves, 07 mayo
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Ordenan a un abogado capacitarse en género y niñez tras una demanda de filiación

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La Justicia de Catamarca resolvió una demanda de filiación y alimentos presentada por una mujer en representación de su hija contra su expareja, quien se desempeña como abogado. Además de admitir la demanda y fijar la cuota alimentaria, el tribunal ordenó al demandado realizar una capacitación obligatoria en perspectiva de género y derechos de la niñez.

El caso, caratulado como “C. F. A. c/ H. s/ Filiación extramatrimonial”, expone una serie de hechos que comenzaron cuando la demandante quedó embarazada. Según su relato, su entonces pareja reaccionó con violencia y negación, llegando incluso a ofrecerle dinero para interrumpir el embarazo cuando dicho procedimiento aún no era legal.

El hombre, quien ya tenía hijos mayores de edad, se desentendió completamente de la situación, negándose a reconocer a la niña y evitando las audiencias de mediación por la cuota alimentaria. Durante la pandemia, la distancia se profundizó aún más. Sin embargo, tras recibir una foto de la hija, el demandado comenzó a enviar sumas mínimas de dinero con la intención de que la mujer desistiera de su reclamo de filiación.

A lo largo del proceso judicial, el demandado negó la paternidad y sostuvo que los pagos realizados fueron solo por “humanidad”. Aunque ambas partes solicitaron una prueba de ADN, el hombre nunca se presentó a las audiencias para la extracción de muestras ni justificó su ausencia. Por ello, la jueza Olga Amigot Solohaga aplicó el artículo 579 del Código Civil y Comercial, que establece que la negativa a realizarse el examen puede tomarse como un indicio grave en su contra. Con base en esta presunción y otras pruebas presentadas, se confirmó la filiación.

La magistrada, titular del Juzgado de Familia de Segunda Nominación de Catamarca, fijó una cuota alimentaria provisoria del 20% de los ingresos del demandado, quien es policía retirado y asesor. Además, le ordenó realizar una capacitación en perspectiva de género y derechos de la niñez en un plazo determinado, bajo la supervisión del Colegio de Abogados y Abogadas de Catamarca. En caso de incumplimiento, se remitirán los antecedentes al tribunal de disciplina.

Como sanción adicional, la jueza advirtió al abogado que en futuras instancias deberá dirigirse a la actora y a cualquier otra mujer con respeto, evitando expresiones ofensivas o estereotipadas. Asimismo, le impuso una multa por temeridad y malicia equivalente al 5% de diez sueldos de un juez de primera instancia local.

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