
La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) la fijó en $2100 por cada uno de los Registros de Operaciones de Seguros bajo la modalidad papel. En tanto, la fijó en 1700 para acceder a la registración de hasta 5.100 operaciones de seguros por medio del Sistema de Rubrica Digital
Resolución Sintetizada 133/25-SSN
SINTESIS: RESOL-2025-133-
Fecha: 28/02/2025
Visto el EX-2019-15136498-APN-GA#SSN…Y CONSIDERANDO… EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyase el texto del artículo 2º de la Resolución RESOL-2019-319-APN-SSN#MHA, de fecha 9 de abril, por el siguiente:
“Fíjese el derecho de rúbrica a abonar en:
a) PESOS DOS MIL CIEN ($ 2.100,00) por cada uno de los Registros de Operaciones de Seguros bajo la modalidad papel.
b) PESOS UN MIL SETECIENTOS ($ 1.700,00) para acceder a la registración de hasta CINCO MIL CIEN (5.100) operaciones de seguros a través del Sistema de Rubrica Digital.”.
ARTÍCULO 2°.- Déjase sin efecto la Resolución RESOL-2024-342-APN-SSN#MEC de fecha 26 de julio.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese.
Fdo. Guillermo PLATE – Superintendente de Seguros de la Nación.
NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en https://kronos.ssn.gob.ar/ o personalmente en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires
Ramon Luis Conde, A cargo de Despacho, Gerencia Administrativa.
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Nación Nº 35.622 del 6 de marzo de 2025.
