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Licencias de conducir: homologan centros en el interior de la provincia de Córdoba

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La medida alcanza  aquellos centros dependientes de las Municipalidades de Las Arrias, Isla Verde, Las Tapias y Las Higueras y las Comunas de Ciénaga del Coro, Esquina, Falda del Carmen, Tinoco y Villa Del Prado, todas de esta provincia 

Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito 

Resolución N° 39 

Córdoba, 7 de noviembre de 2024.

VISTO: lo dispuesto por los artículos 13 y 14 de la Ley Provincial de Tránsito N° 8560 (t.o. 2004), su Decreto Reglamentario N° 318/07 y lo actuado en Expediente Nro. 0458-001814/2024, Expediente Nro. 0458-001813/2024, Expediente Nro. 0458-001828/2024, Expediente Nro. 0458-001820/2024, Expediente Nro. 0458-001817/2024, Expediente Nro. 0458-001816/2024, Expediente Nro. 0458-001827/2024, Expediente Nro. 0458-001815/2024 y Expediente Nro. 0458-001821/2024 por los que las Municipalidades de Las Arrias, Isla Verde, Las Tapias y Las Higueras y las Comunas de Ciénaga del Coro, Esquina, Falda del Carmen, Tinoco y Villa Del Prado respectivamente, solicitan reconocimiento y homologación del Centro Emisor de Licencias de Conducir que actualmente operan en sus localidades. 

Y CONSIDERANDO: 

Que, esta Dirección General, en ejercicio de sus atribuciones, dispuso la realización de una Auditoria a los referidos Centros de Emisión de Licencias de Conducir, de acuerdo a los lineamientos establecidos por los Anexos “B” e “I” del Decreto reglamentario N° 318/07. 

Que, en cada Auditoría supra consignada se procedió a verificar los pasos legalmente exigibles a efectos de la emisión de las Licencias de Conducir, concluyendo en aconsejar a esta instancia administrativa, que puede procederse a la homologación de los Centros Emisores con cargo y sujeto al cumplimiento de distintas observaciones puntualizadas en los informes respectivos. 

Que, en virtud de ello, corresponde dictar instrumento legal que proceda al reconocimiento y homologación de los Centros de Emisión de Licencias de Conducir de las Localidades requirentes. 

Que, por último y a efectos de cumplimentar los requisitos legales de rigor y atendiendo que a partir de la presente homologación los Centros Emisores deberán ajustarse a las especificaciones técnicas establecidas en el art. 7 inc “B” y Anexo “B” del Decreto Reglamentario 318/07. Por ello, en ejercicio de sus facultades.

EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCION DE ACCIDENTES DE TRANSITO 

RESUELVE: 1°. – HOMOLOGAR los Centros de Emisión de Licencias de Conducir dependientes de las Municipalidades de Las Arrias, Isla Verde, Las Tapias y Las Higueras y las Comunas de Ciénaga del Coro, Esquina, Falda del Carmen, Tinoco y Villa Del Prado, todas de la Provincia de Córdoba, los que se encuentran habilitados a partir de la fecha en concordancia a lo dispuesto por la Ley Provincial de Tránsito N° 8560 (T.O. 2004) y su Decreto Reglamentario N° 318/07. 

2°. – NOTIFICAR a las Localidades cuyos Centros Emisores ha sido homologados por el artículo anterior, bajo condición de cumplimiento de las observaciones que se le notifican por cuerda separada y que serán auditadas en un plazo no mayor a noventa (90) días contados a partir de la publicación de la presente. 

3°. – ASIGNAR a las Municipalidades de Las Arrias, Isla Verde, Las Tapias y Las Higueras y las Comunas de Ciénaga del Coro, Esquina, Falda del Carmen, Tinoco y Villa Del Prado, los códigos de seguridad a insertar en las licencias de conducir a emitir. 

4°. – ORDENAR, que, por el Área correspondiente, se proceda a notificar a las Autoridades avocadas al juzgamiento de actas labradas en infracción a Ley Provincial de Tránsito N°8560 (T.O .2004), a la Dirección General de la Policía Caminera y a la Dirección de Innovación Tecnológica del Ministerio de Justicia y Trabajo. 

5°. – PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. 

FDO.: MIGUEL ÁNGEL RIZZOTTI, DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba N°225 del 8 de noviembre de 2024. 

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