La AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) informó que se extenderá hasta el 9 de agosto el plazo máximo para tramitar la recategorización del Monotributo, además de que se prorrogó el vencimiento para el pago de la cuota de agosto al 28 del mismo mes. Los parámetros serán actualizados semestralmente acorde al valor de la inflación.
El Gobierno oficializó los cambios que la Ley N° 27.743 de Medidas Fiscales, Paliativas y Relevantes introdujo en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. La normativa prevé importantes aumentos en los montos de facturación (más del 300%) y demás parámetros, algo que según la administración nacional “permitirá que más contribuyentes podrán estar dentro del régimen”.
AFIP también señaló que “podrán regresar al Régimen Simplificado, sin esperar el plazo de 3 años anteriormente previsto para estos casos, quienes hayan renunciado o hubiesen sido excluidos del monotributo para pasar al régimen general, desde el 1° de enero al 31 de julio de 2024, ya que los cambios en las categorías son retroactivos al 01 de enero del presente año. Esta posibilidad de regresar al monotributo está disponible únicamente hasta el 30 de setiembre de 2024“.

¿Cuáles son las nuevas escalas del Monotributo?
ESCALA POR INGRESOS ANUALES:
- • Categoría A: $6.450.000
- • Categoría B: $9.450.000
- • Categoría C: $13.250.000
- • Categoría D: $16.450.000
- • Categoría E: $19.350.000
- • Categoría F: $24.250.000
- • Categoría G: $29.000.000
- • Categoría H: $44.000.000
- • Categoría I: $49.250.000
- • Categoría J: $56.400.000
- • Categoría K: $68.000.000
CUOTAS MENSUALES PARA LOCACIONES Y SERVICIOS:
- • Categoría A: $26.600
- • Categoría B: $30.280
- • Categoría C: $35.458
- • Categoría D: $45.443,80
- • Categoría E: $64.348,18
- • Categoría F: $80.983
- • Categoría G: $123.696,20
- • Categoría H: $280.734,68
Paso a paso: cómo realizar la recategorización
Aquellos monotributistas que superen el monto de ingresos de la categoría actual deben realizar una recategorización. También, si la superficie afectada a la actividad, la energía eléctrica consumida o los alquileres devengados cambiaron es posible que se deba realizar el trámite. Para eso, se deben seguir los siguientes pasos:
- 1) Acceder al Portal Monotributo: Ingresar al sitio web de la AFIP con la Clave Fiscal (www.afip.gob.ar)
- 2) Ingresar a la opción recategorización: Detallar el monto facturado en los últimos 12 meses.
- 3) Imprimir la nueva credencial de pago: Una vez realizada la recategorización, la nueva credencial de pago estará disponible para su impresión.
- 4) Pago de la nueva categoría: El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará el mes siguiente a la recategorización, no en el momento de realizarla.
